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4.5: Conclusiones

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    51581
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    La evidencia de la tenencia registrada en las fuentes legales equivale a una serie de contextos específicos, pantallazos estrechamente focalizados, que aparecen en forma extensa como resultado global de los proyectos de codificación llevados a cabo primero bajo Teodosio y luego bajo Justiniano. Estas compilaciones han producido textos legales que solo se asemejan vagamente a los edictos imperiales y rescriptos recopilados en ellos, y tal como fueron publicados originalmente. Fueron construidos en respuesta a circunstancias intelectuales y políticas específicas, y constituyen documentos tardo antiguos en tanto son textos legales.1 Creando el concepto historiográfico del “colonato”, los historiadores han sido hipnotizados por la ilusión de cohesión y coherencia que estos documentos buscaron producir. Sin embargo, las leyes individuales que en conjunto constituyen estas codificaciones ilustran la influencia de las circunstancias locales sobre las prácticas impositivas impuestas centralmente, tanto como ponen de manifiesto la forma que tomaron esas prácticas fiscales, y las motivaciones por las que fueron impulsadas. Los diversos significados de colonatus en las fuentes legales sugieren que los juristas romanos continuaron reconociendo la posible multiplicidad de acuerdos de arrendamiento. No emergió en los siglos IV y V un sistema articulado e internamente consistente de tenencia registrada.

    Las fuentes resaltan eventos o fenómenos particulares. Revelan una coincidencia entre la inscripción en las listas impositivas y la imposición de limitaciones a las libertades económicas de ciertos tenentes. También indican intentos de conceptualizar estas limitaciones usando como marco las restricciones legales impuestas a los esclavos. Igualmente importante, sin embargo, es que delatan contradicciones, desacuerdos y trayectorias diferenciales de evolución en el tiempo y el espacio. Los académicos han buscado combinar estas piezas dispares de información en sistemas coherentes. Pero, al hacerlo, se han concentrado sobre eventos y fenómenos específicos resaltados en las fuentes, y han hecho suposiciones acerca de la importancia relativa de textos particulares que son difíciles de sostener. El debate historiográfico ha pasado a concentrarse casi exclusivamente en un conjunto limitado de preguntas. ¿Qué y cuándo fueron los orígenes del “colonato”? ¿Cuándo, dónde y en qué circunstancias se volvió un estatus personal? ¿Cuándo surgió un sentido jurídico coherente del fenómeno? No fue la intención de este trabajo intentar responder a estas preguntas. Dada la naturaleza de la evidencia, no tienen respuesta. Más bien ha sido ir más allá de generalizar a partir de lo específico, y concentrarse en cambio sobre el contexto fiscal más amplio dentro del cual existió la tenencia registrada, en todas sus múltiples formas. Es verdad que la emergencia de los tenentes registrados en las fuentes legales del mundo romano tardío puede ser atribuida a cambios en el sistema fiscal. Pero esos cambios no fueron dirigidos hacia, ni limitados a la creación del “colonato del bajo imperio”. Consecuentemente, buscar una única teoría para este fenómeno es perseguir una quimera. Más bien, los académicos deberían dirigir su atención a la explicación de los objetivos y prácticas más generales del sistema fiscal del imperio romano tardío, y las implicaciones del empleo extensivo del principio de registro sobre una origo en particular.

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    1 Para los tratamientos generales del clima intelectual de la época, ver Cameron1999: 1-20. La compilación y codificación no estaba limitada a los textos legales, como las compilaciones médicas de Oribasio y el Opus Agriculturae de Paladio revelan.


    4.5: Conclusiones is shared under a CC BY-NC-SA 4.0 license and was authored, remixed, and/or curated by Cam Grey Traducción: Dr. Diego Santos.