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10.4: Secuestro y encarcelamiento falso

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    OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

    1. Definir el elemento de acto delictivo requerido para el secuestro.
    2. Definir el elemento de intención delictiva requerido para el secuestro.
    3. Definir el elemento de daño requerido para el secuestro.
    4. Definir el elemento circunstancia correspondiente requerido para el secuestro.
    5. Analizar la calificación de secuestro.
    6. Compara el encarcelamiento falso con el secuestro.
    7. Identificar dos posibles defensas ante el secuestro y el encarcelamiento falso.
    8. Identificar dos características especiales de interferencia con los estatutos de custodia.

    El secuestro y el encarcelamiento falso son delitos que implican restricción física e entorpecen los intereses de libertad de las víctimas. En la antigüedad, el secuestro se utilizaba para sacar del reino a miembros de la realeza para pedir rescate o para implementar el derrocamiento de la monarquía existente. En Estados Unidos, los casos de secuestro de alto perfil, como el secuestro de bebés Lindbergh en la década de 1930, y la frecuencia con la que el crimen organizado participó en el secuestro llevaron a muchos estados a imponer las penas más duras por este delito: la pena de muerte o cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional.

    En los tiempos modernos, el secuestro sigue siendo un delito grave, aunque la Suprema Corte de Estados Unidos ha sostenido que la pena capital por cualquier delito contra un individuo que no sea homicidio penal es inconstitucional. El encarcelamiento falso es generalmente un delito menor incluido de secuestro y se califica más bajo, como se discute en la Sección 10.4.2 “Falso Encarcelamiento”.

    Elementos de Secuestro

    En la mayoría de las jurisdicciones, el secuestro tiene los elementos de acto delictivo, intención delictiva, causalidad, daño y una circunstancia consiguiente.

    Ley de Secuestro

    El elemento de acto delictivo requerido para el secuestro es doble. Primero, el acusado deberá confinar a la víctima.720 ILCS § 5/10-1, http://law.onecle.com/illinois/720ilcs5/10-1.html. Segundo, en muchos estados, el acusado debe trasladar a la víctima, lo que se denomina asporte. Un tema común con el acto delictivo de secuestro es hasta qué punto se debe trasladar a la víctima. En la mayoría de los estados, el movimiento puede ser leve, siempre y cuando no sea incidental a la comisión de un delito separado. People v. Domínguez, 140 P.2d 866 (2006), consultado el 24 de febrero de 2011, http://scholar.google.com/scholar_case?case=3515612573668484000&q = people+v.+dominguez&hl=en&as_sdt=2,5. Otros estados no requieren la asportación cuando el secuestro es para rescate .N.R.S. § 200.310, consultado el 24 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/nevada/crimes/200.310.html. Algunos estados han eliminado por completo el requisito de asportación.N.C. Gen. Stat. § 14-39 (a), consultado el 24 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/north-carolina/14-criminal-law/14-39.html. El Código Penal Modelo exige que el movimiento sea desde la residencia de la víctima, lugar de negocios, o “a una distancia sustancial de las inmediaciones donde se encuentre” (Código Penal Modelo § 212.1). Ahora bien, cuando el secuestro sea por rescate, con el propósito de cometer un delito grave, para infligir lesiones corporales o aterrorizar a la víctima u otra, o para interferir en el desempeño de una función gubernamental o política, el Código Penal Modelo no requiere la asportación, aunque sí requiere confinamiento por “período sustancial en un lugar de aislamiento” (Código Penal Modelo § 212.1).

    Ejemplo de un caso carente de acto de secuestro

    Joseph irrumpe en la casa de Abby y ve a Abby sentada en el sofá. Un ventanal frente al sofá pone a Abby en plena vista de la calle y la acera. Para evitar ser detectados, Joseph agarra a Abby del sofá de la sala y la arrastra a la habitación para violarla. Joseph probablemente no ha cometido el elemento de acto delictivo requerido para el secuestro si el estatuto de secuestro en el estado de José requiere la asportación. Joseph confinó a la fuerza a Abby cuando la agarró. No obstante, su movimiento de Abby del sofá al dormitorio parece incidental al delito de violación, lo que no es suficiente para constituir una asportación de secuestro en la mayoría de las jurisdicciones.

    Intención de Secuestro

    El elemento de intención delictiva requerido para el secuestro en muchas jurisdicciones es la intención específica o intencionada de cometer el acto delictivo con el fin de perjudicar o lesionar a la víctima u otra persona, confinar o mantener en secreto a la víctima, N.R.S. § 200.310 (2), consultado el 24 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/nevada/crimes/200.310.html. recibir un rescate, cometer un delito separado, someter a la víctima a servidumbre involuntaria, o interferir con el propósito del gobierno o alguna función política.Ariz. Rev. Stat. § 13-1304, consultado el 24 de febrero de 2011, law.onecle.com/arizona/criminal-code/13-1304.html.

    Ejemplo de intención de secuestro

    Revise el ejemplo en la Sección 10 “Ejemplo de un caso que carezca de acto de secuestro” con Joseph y Abby. Cambia este ejemplo para que Joseph arrastre a Abby hasta su auto, la mete en el maletero, y luego conduzca quince millas hasta un campo desierto donde posteriormente la saca del maletero y la viola. Joseph probablemente tiene la intención criminal requerida para el secuestro en la mayoría de las jurisdicciones. Joseph cometió el acto delictivo de confinamiento forzoso y adsporte con el propósito de violar a Abby, que es la intención específica o intencional de “cometer un delito separado”. Por lo tanto, si los demás elementos del secuestro están presentes, lo más probable es que Joseph sea acusado y condenado por secuestro, junto con el delito de violación.

    Secuestro Causalidad

    En jurisdicciones que requieran daño por secuestro, el acto delictivo del imputado debe ser la causa fáctica y legal del daño, lo que se define en la Sección 10 “Daño por Secuestro”.

    Daño por Secuestro

    El elemento de daño requerido para el secuestro en la mayoría de las jurisdicciones es el confinamiento y la asportación. Como se indicó anteriormente, algunas jurisdicciones han sumido el requisito de la asportación o no requieren la asportación cuando el secuestro es para rescate.

    Circunstancia de Secuestro

    En muchas jurisdicciones, el elemento de circunstancia asociada requerido para el secuestro es que el confinamiento o la atribución ocurran en contra de la voluntad de la víctima o sin el consentimiento de la víctima .N.C. Gen. Stat. § 14-39, consultado el 24 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/north-carolina...law/14-39.html. Así, el consentimiento podría funcionar como una falta de prueba o defensa afirmativa al secuestro.

    Ejemplo de un Caso Carente de Circunstancia de Secuestro

    Thomas ve a Shawna haciendo autostop al costado de una concurrida autopista por la noche. Thomas se detiene, rueda por la ventana y le pregunta a Shawna si quiere que le lleven. Shawna dice, “seguro”, y se sube al vehículo de Thomas. Thomas se aleja con Shawna en el asiento delantero. Thomas no ha cometido secuestro en este caso. A pesar de que Thomas confinó y movió a Shawna en su vehículo, los hechos no indican que tenga la intención específica de hacerle daño, obtener un rescate, confinarla en secreto, o cometer un delito separado. Además, Shawna consintió en el encierro y la atribución. Por lo tanto, el elemento de circunstancia correspondiente al secuestro también está ausente y la conducta de Thomas puede ser perfectamente legal (a menos que dedicarse al autostop sea ilegal en el estado de Thomas).

    Ejemplo de Circunstancia de Secuestro

    Cambiar el ejemplo dado en la Sección 10 “Ejemplo de un Caso Carente de Circunstancia de Asistente de Secuestro” para que después de cincuenta millas de conducción, Shawna le pida a Thomas que se detenga y la deje salir. Thomas se niega, amenaza con dañar a Shawna si intenta escapar, y sigue conduciendo otras veinte millas con Shawna en el asiento delantero. Si Thomas actuó con la intención de secuestro adecuada, Thomas podría haber cometido secuestro en este caso. Si bien la entrada original de Shawna en el vehículo de Thomas y su atribución para las primeras cincuenta millas fue consensuada, una vez que Shawna solicitó que Thomas se detuviera y la dejara salir, el confinamiento o asporte fue en contra de la voluntad de Shawna y sin su consentimiento. Si el trier de hecho determina que veinte millas están lo suficientemente lejos como para constituir una apropiación suficiente para el secuestro, Thomas podría ser acusado o condenado por este delito.

    Clasificación de Secuestro

    Las jurisdicciones varían en cuanto a cómo califican el secuestro. El Código Penal Modelo califica el secuestro como delito grave de primer o segundo grado (Código Penal Modelo § 212.1). Muchos estados dividen el secuestro en grados o lo califican como simple y agravado.N.R.S. § 200.310, consultado el 24 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/nevada/crimes/200.310.html. El secuestro en primer grado o agravado generalmente se califica como un delito grave, y el secuestro de segundo grado o simple generalmente se califica como delito grave de nivel.N.R.S. § 200.310, consultado el 24 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/nevada/crimes/200.310.html. Un factor que podría mitigar o reducir la calificación es la liberación por parte del acusado de la víctima ilesa en un lugar seguro.Ariz. Rev. Stat. § 13-1304 (B), consultado el 24 de febrero de 2011, law.onecle.com/arizona/criminal-code/13-1304.html. Los factores que podrían mejorar la calificación son los jóvenes de la VictimaRIZ. Rev. Stat. § 13-1304, consultado el 24 de febrero de 2011, law.onecle.com/arizona/criminal-code/13-1304.html. o la imposición de lesiones corporales graves.N.C. Gen. Stat. § 14-39, consultado el 24 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/north-carolina/14-criminal-law/14-39.html. Cuando el secuestro lleva a una víctima a través de las líneas estatales, el acusado también puede ser procesado por el delito adicional de secuestro federal.18 U.S.C. § 1201, consultado el 27 de febrero de 2011, http://www.law.cornell.edu/uscode/18/usc_sec_18_00001201----000-.html.

    Encarcelamiento falso

    En muchas jurisdicciones, el encarcelamiento falso, también llamado coerción por delitos graves, es un delito menor incluido de secuestro. Esto quiere decir que al delito de falso encarcelamiento le falta uno o dos de los elementos secuestradores y se califica más bajo que el secuestro. A menudo, el encarcelamiento falso funciona como una defensa parcial al secuestro debido a las opciones de sentencia menos graves. En general, el encarcelamiento falso y la restricción por delitos graves bajo el Código Penal Modelo requieren el confinamiento pero no la atribución (Código Penal Modelo §212.2) .18 Pa. C. S. § 2903, consultado el 25 de febrero de 2011, law.onecle.com/pennsylvania/crimes-and-offenses/00.029.003.000.html. En algunas jurisdicciones, el encarcelamiento falso solo requiere intención general o a sabiendas de cometer el acto delictivo, en lugar de la intención específica o intencionalmente de cometer otros delitos, dañar a la víctima, o recibir un rescato.720 ILCS § 5/10-3, consultado el 25 de febrero, 2011, http://law.onecle.com/illinois/720ilcs5/10-3.html. El encarcelamiento falso no requiere movimiento y tiene un menor nivel de intención, por lo que generalmente se califica como un delito menor grave o un delito grave de bajo nivel.18 Pa. C. S. § 2903, consultado el 25 de febrero de 2011, law.onecle.com/pennsylvania/crimes-and-offenses/00.029.003.000.html. El Código Penal Modelo califica la restricción por delitos graves como delito grave de tercer grado (Código Penal Modelo § 212.2). Los factores que pueden agravar la calificación del encarcelamiento falso son los jóvenes de la víctima18 Pa. C. S. § 2903, consultado el 25 de febrero de 2011, law.onecle.com/pennsylvania/crimes-and-offenses/00.029.003.000.html. o el uso de la fuerza o violencia para llevar a cabo el acto delictivo.Cal. Código Penal § 237, consultado el 25 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/california/penal/237.html.

    Ejemplo de encarcelamiento falso

    Revisar el ejemplo de caso dado en la Sección 10 “Ejemplo de un Caso Carente de Circunstancia de Secuestro”. Cambia los hechos para que después de cincuenta millas de conducción, Shawna le pida a Thomas que se detenga y la deje salir. Thomas se detiene pero después cierra todas las puertas y se niega a dejar salir a Shawna durante veinte minutos, a pesar de que ella le rogó y suplicó que abriera las puertas. En este caso, Thomas podría haber cometido encarcelamiento falso. Si bien la entrada de Shawna al vehículo de Thomas fue consensuada, cuando Thomas confinó a Shawna a su vehículo cerrando las puertas, la privó de su libertad contra su voluntad. Thomas no movió a Shawna sin su consentimiento porque se detuvo y detuvo el vehículo a petición de ella. No obstante, no se requiere la asportación para el encarcelamiento falso. Si bien las acciones de Thomas no indican intención específica o intencionadamente de herir a Shawna, cometer un delito separado o buscar rescate, a menudo la intención general o a sabiendas de cometer el acto delictivo es suficiente para el encarcelamiento falso. De esta manera estos hechos indican el delito de menor nivel de prisión falsa en lugar de secuestro, y Thomas puede ser acusado y condenado por este delito.

    Potenciales defensas al secuestro y al encarcelamiento falso

    Como se indicó anteriormente, el consentimiento es una posible falta de prueba o defensa afirmativa al secuestro y encarcelamiento falso en algunas jurisdicciones. Otra posible defensa es la autoridad legal para ejecutar el secuestro o encarcelamiento falso. Por lo tanto, cuando un agente de la ley o un ciudadano arrestan legalmente a un acusado, no está cometiendo secuestro o encarcelamiento falso. De la misma manera, si una detención se ejecuta ilegalmente, podría ser secuestro, encarcelamiento falso u otro delito relacionado.N.C. Gen. Stat. § 14-43.1, consultado el 25 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/north-carolina/14-criminal-law/14-43.1.html.

    Figura 10.10 Diagrama de las defensas contra el secuestro y el encarcelamiento falso

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    Interferencia con la custodia

    Debido a un aumento dramático en el secuestro de niños por parte de sus padres separados y la injerencia de los padres en los acuerdos de custodia y visitación de los hijos, casi todos los estados han penalizado específicamente la injerencia en la custodia de los niños 18 Pa. C. S. § 2904, consultado el 25 de febrero de 2011, law.onecle.com/pennsylvania/crimes-and-offenses/00.029.004.000.html. o visita ilegal .720 ILCS § 5/10-5.5, consultado el 25 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/illinois/720ilcs5/10-5.5.html. Las características significativas de estos delitos modernos son su aplicabilidad específica a los padres como acusados y diversas defensas basadas en la creencia de buena fe de que el niño estaría en peligro sin la presunta conducta delictiva.18 Pa. C. S. § 2904, consultado el 25 de febrero de 2011, law.onecle.com/pennsylvania/crimes-and-offenses/00.029.004.000.html. La calificación de estos delitos varía, con algunos estados calificando la interferencia parental no forzada con la custodia como un delito menor720 ILCS § 5/10-5.5, consultado el 25 de febrero de 2011, http://law.onecle.com/illinois/720ilcs5/10-5.5.html. y otros como delito de bajo nivel.18 Pa. C. S. § 2904, consultado el 25 de febrero de 2011, law.onecle.com/pennsylvania/crimes-and-offenses/00.029.004.000.html.

    Cuadro 10.3 Comparación del Secuestro y el Encarcelamiento

    Crimen Acto Penal Intención Criminal Daño Circunferencia Gradaje
    Secuestro Confinamiento más asporte Específico o a propósito Confinamiento más asporte Falta de consentimiento Delito grave
    Falso encarcelamiento Confinamiento General o a sabiendas en algunas jurisdicciones Confinamiento Falta de consentimiento Delito menor grave o delito grave de bajo nivel

    Figura 10.11 Diagrama de Delitos contra la Persona

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    CLAVES PARA LLEVAR

    • El elemento de hecho delictivo requerido para el secuestro en muchas jurisdicciones es el confinamiento y la atribución de la víctima. Algunos estados no requieren de la asportación cuando el secuestro es para rescate, y otros han acabado con el requisito de la asportación por completo.
    • El elemento de intención delictiva requerido para el secuestro en muchas jurisdicciones es la intención específica o intencionada de cometer el acto delictivo con el fin de perjudicar o lesionar a la víctima u otra persona, confinar o mantener a la víctima en secreto, recibir rescate, cometer un delito separado, someter a la víctima a servidumbre involuntaria, o interferir con el propósito del gobierno o alguna función política.
    • El elemento de daño requerido para el secuestro en muchas jurisdicciones es el confinamiento y la atribución de la víctima.
    • El elemento de circunstancia concurrente requerido para el secuestro es la falta de consentimiento de la víctima.
    • El secuestro generalmente se califica como primer grado o agravado o como segundo grado o simple. El secuestro en primer grado o agravado suele ser un delito grave, mientras que el secuestro de segundo grado o simple suele ser un delito grave de bajo nivel. Un factor que podría mitigar o reducir la calificación es la liberación de la víctima ilesa en un lugar seguro. Los factores que podrían agravar la calificación son la juventud de la víctima o el infligir lesiones corporales graves.
    • El encarcelamiento falso suele ser un delito menor incluido de secuestro, falta del elemento de asporte, y que requiere intención general o conocimiento de la comisión del acto delictivo. El encarcelamiento falso también se califica más bajo que el secuestro, ya sea como un delito menor grave o un delito grave de bajo nivel.
    • Dos posibles defensas para el secuestro y el encarcelamiento falso son el consentimiento de la víctima y una detención legal por parte de un agente de la ley o ciudadano.
    • La injerencia en los estatutos de custodia incluye específicamente a los padres como acusados y permiten una defensa de buena fe de que un niño sufriría lesiones si no fuera por la conducta presuntamente delictiva.

    EJERCICIOS

    Contesta las siguientes preguntas. Verifique sus respuestas usando la clave de respuestas al final del capítulo.

    1. Coby está en proceso de robar un banco. Cuando un guardia de seguridad amenaza con disparar a Coby, agarra a un cliente en el banco y le sostiene un cuchillo en la garganta. Coby a partir de entonces exige un vehículo de huida y cincuenta mil dólares en efectivo a cambio de la liberación del rehén. ¿Coby ha cometido secuestro en este caso? ¿Por qué o por qué no?
    2. Leer Estado v. Salamán, 949 A.2d 1092 (2008). En Salamán, el acusado agarró a la víctima, la sujetó a las escaleras durante cinco minutos, la golpeó en la cara y le metió violentamente los dedos por la garganta. Posteriormente fue condenado por secuestro en segundo grado y apelado, alegando que su restricción de la víctima fue meramente incidental al delito de agresión. En Connecticut, estado donde ocurrió el delito, el acto delictivo de secuestro es moderación con la intención específica de impedir la liberación de la víctima. Connecticut también tenía precedente de caso sosteniendo que la restricción que es incidental a la comisión de un delito separado sigue siendo secuestro. ¿La Suprema Corte de Connecticut confirmó la condena del acusado? El caso está disponible en este enlace: http://scholar.google.com/scholar_case?case=13933358391504195031&q = secuestado&hl=es&as_sdt=2,5&as_ylo=2008.
    3. Leer Commonwealth v. Rivera, 828 A.2d 1094 (2003). En Rivera, el acusado, quien tenía una orden judicial privándolo de la custodia, sacó por la fuerza a su hija de su guardería y condujo con ella en su automóvil, llamando frecuentemente y aterrorizando a la madre del niño. La hija del acusado desapareció y posteriormente el acusado fue condenado por delito grave de asesinato, secuestro y otros delitos. El delito subyacente por el delito grave de asesinato fue el secuestro, y el acusado apeló alegando que no podía secuestrar legalmente a su propio hijo biológico. ¿Afirmó el Tribunal Superior de Pensilvania las condenas por asesinato por delito grave y secuestro del acusado? ¿Por qué o por qué no? El caso está disponible en este enlace: http://scholar.google.com/scholar_case?case=6955582630525573237&q = %22interferencia+con+la+custodia+de+niños%22&hl=es&as_sdt=2,5.

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