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8.2: Perspectivas generales sobre los contratos

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    Objetivos de aprendizaje

    1. Explicar las raíces culturales del derecho contractual: cómo ha evolucionado a medida que ha evolucionado el capitalismo.
    2. Entender que los contratos sirven para fines económicos esenciales.
    3. Definir contrato.
    4. Entender las cuestiones básicas del derecho contractual.

    El papel de los contratos en la sociedad moderna

    El contrato es probablemente el concepto jurídico más familiar en nuestra sociedad porque es tan central en la esencia de nuestra vida política, económica y social. En el lenguaje común, el contrato se usa indistintamente con acuerdo, ganga, compromiso o trato. Cualquiera que sea la palabra, el concepto que encarna es nuestra noción de libertad para perseguir nuestra propia vida junto con los demás. El contrato es central porque es el medio por el cual una sociedad libre ordena lo que de otro modo sería una anarquía empujadora, frenética.

    Tan común es el concepto de contrato —y nuestra libertad de hacer contratos entre ellos— que es difícil imaginar una época en la que los contratos eran raros, cuando las asociaciones cotidianas de las personas entre sí no se determinaban libremente. Sin embargo, en términos históricos, no fue hace tanto tiempo que los contratos eran raros, celebrados, si acaso, por muy pocos: que los asuntos debían ordenarse con base en el asentimiento mutuo era en su mayoría desconocido. En las sociedades primitivas y en la Europa feudal, las relaciones entre las personas estaban en gran parte fijas; las tradiciones deletreaban deberes que cada persona debía a la familia, tribu o señorío. Las personas nacieron en una posición adscrita, un estatus (no muy diferente del sistema de castas que aún existe en la India) y la movilidad social era limitada. Sir Henry Maine, historiador británico del siglo XIX, escribió que “el movimiento de las sociedades progresistas ha... sido un movimiento del estatus al contrato”. Sir Henry Maine, Ley Antigua (1869), 180-82. Este movimiento no fue casual, se desarrolló con el orden industrial emergente. Desde el siglo XV hasta el XIX, Inglaterra evolucionó hasta convertirse en una economía mercantil en auge, con un floreciente comercio, ciudades en crecimiento, un sistema monetario en expansión, la comercialización de la agricultura y la fabricación creciente. Con esta evolución, el derecho contractual se creó de necesidad.

    El derecho contractual no se desarrolló de acuerdo con un plan consciente, sin embargo. Fue una respuesta a las condiciones cambiantes, y los jueces que la crearon frecuentemente resistieron, prefiriendo la imaginada vida pastoral más tranquila de sus antepasados. No hasta el siglo XIX, tanto en Estados Unidos como en Inglaterra, surgió una ley de contratos en toda regla junto con, y ayudó a crear, el capitalismo moderno.

    El capitalismo moderno, en efecto, no sería posible sin el derecho contractual. Entonces es que en las economías planificadas, como las de la ex Unión Soviética y la China precapitalista, el contrato no determinó la naturaleza de una transacción económica. Dicha transacción fue establecida primero por las autoridades de planeación del estado; sólo a partir de entonces se fijaron las disposiciones predeterminadas en un contrato escrito. El capitalismo moderno ha exigido nuevos regímenes contractuales en Rusia y China; esta última adoptó su Ley de Contratos Revisada en 1999.

    El derecho contractual puede ser visto tanto económica como culturalmente. En An Economic Analysis of Law, el juez Richard A. Posner (ex profesor de derecho de la Universidad de Chicago) sugiere que el derecho contractual desempeña tres funciones económicas significativas. Primero, ayuda a mantener incentivos para que las personas intercambien bienes y servicios de manera eficiente. Segundo, reduce los costos de las transacciones económicas porque su propia existencia hace que las partes no tengan que tomarse la molestia de negociar una variedad de reglas y términos ya enunciados. Tercero, la ley de contratos alerta a las partes de los problemas que han surgido en el pasado, facilitando así planificar las transacciones de manera más inteligente y evitar posibles escollos. Richard A. Posner, Análisis económico del derecho (Nueva York: Aspen, 1973).

    La definición de contrato

    Como es habitual en la ley, la definición jurídica de contrato es formalista. La Reexpresión (Segunda) de los Contratos (Sección 1) dice: “Un contrato es una promesa o un conjunto de promesas por cuyo incumplimiento la ley da un recurso, o cuyo cumplimiento la ley de alguna manera reconoce como deber”. De igual manera, el Código Uniforme de Comercio dice: “" Contrato "significa la obligación legal total que resulta del acuerdo de las partes afectado por esta Ley y cualesquiera otras reglas de derecho aplicables”. Código Uniforme de Comercio, Sección 1-201 (11). Como definiciones operativas, estas dos son circulares; en efecto, un contrato se define como un acuerdo que la ley mantendrá a las partes.

    Lo más simple es que un contrato es una promesa legalmente exigible. Esto implica que no toda promesa o acuerdo crea un contrato vinculante; si cada promesa lo hiciera, la definición simple establecida en la frase anterior sería: “Un contrato es una promesa”. Pero —de nuevo— el contrato no es simplemente una promesa: es una promesa legalmente exigible. La ley toma en cuenta la forma en que se realizan los contratos, por quién se hacen, y para qué efectos se hacen. Por ejemplo, en muchos estados, una apuesta es inexigible, a pesar de que ambas partes “sacuden” en la apuesta. Exploraremos estos temas en los capítulos venideros.

    Resumen del Capítulo de Contratos

    Si bien el derecho contractual tiene muchas arrugas y matices, consta de cuatro indagaciones principales, cada una de las cuales se abordará en capítulos posteriores:

    1. ¿Crearon las partes un contrato válido? Cuatro elementos son necesarios para un contrato válido:
      1. Aentimiento mutuo (es decir, oferta y aceptación), Capítulo 9 “El Acuerdo”
      2. Aentimiento real (sin coacción, influencia indebida, tergiversación, error o incapacidad), Capítulo 10 “Aentimiento real”
      3. Consideración, Capítulo 11 “Consideración”
      4. Legalidad, Capítulo 12 “Legalidad”
    2. ¿Qué significa el contrato, y está en la forma adecuada para llevar a cabo este sentido? A veces los contratos tienen que ser por escrito (o evidenciados por alguna escritura), o no pueden ser ejecutados. A veces no está claro qué significa el contrato, y un tribunal tiene que averiguarlo. Estos problemas se retoman en el Capítulo 13 “Forma y Significado”.
    3. ¿Las personas que no sean las partes contratantes tienen derechos o deberes en virtud del contrato? ¿Se puede asignar el derecho a recibir un beneficio del contrato y se pueden delegar los deberes para que una nueva persona sea responsable? ¿Pueden las personas que no sean parte del contrato demandar para hacer cumplir sus términos? Estas preguntas se abordan en el Capítulo 14 “Derechos de Terceros”.
    4. ¿Cómo terminan los deberes contractuales y qué recursos hay disponibles si una parte ha incumplido el contrato? Estos temas se abordan en el Capítulo 15 “Cumplimiento de Obligaciones” y en el Capítulo 16 “Remedios”.

    En conjunto, las respuestas a estas cuatro indagaciones básicas determinan los derechos y obligaciones de las partes contratantes.

    Llave para llevar

    El derecho contractual se desarrolló cuando las restricciones del feudalismo se disiparon, cuando la posición de una persona en la sociedad llegó a ser determinada por elección personal (de mutuo acuerdo) y no por estatus (por cómo nació una persona). El capitalismo y el derecho contractual se han desarrollado juntos, porque tener opciones en la sociedad significa que las personas decidan y acuerden hacer las cosas con y entre sí, y esos acuerdos vinculan a las partes; los acuerdos deben ser ejecutables.

    Ejercicios

    1. ¿Por qué es necesario el derecho contractual en una sociedad donde el estatus de una persona no está predeterminado por nacimiento?
    2. El derecho contractual cumple algunas funciones económicas. ¿Qué son?

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