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25.4: El velo corporativo - La corporación como entidad jurídica

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    Objetivos de aprendizaje

    1. Conocer qué derechos tienen en común una “persona” corporativa y una persona física.
    2. Reconocer cuando se traspasa un “velo” corporativo y se impone la responsabilidad de los accionistas.
    3. Identificar otras instancias en las que un accionista será considerado personalmente responsable.

    Al comparar sociedades y corporaciones, hay un factor adicional que normalmente inclina la balanza a favor de la incorporación: la corporación es una entidad jurídica por derecho propio, una que puede proporcionar un “velo” que proteja a sus accionistas de la responsabilidad personal.

    Figura 25.1 El velo corporativo

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    Este factor crucial explica el desarrollo de gran parte del derecho corporativo. A diferencia del actor individual en el ordenamiento jurídico, la corporación es difícil de tratar en términos jurídicos convencionales. El negocio del propietario único y de la propia propietaria única son uno y lo mismo. Cuando una única propietaria toma una decisión, arriesga su propio capital. Cuando los directivos de una corporación toman una acción corporativa, están arriesgando el capital de otros, los accionistas. Por lo tanto, la rendición de cuentas es un tema importante en el sistema de derecho construido para hacer frente a personas jurídicas distintas a las personas físicas.

    Los Derechos Básicos de la “Persona” Corporativa

    Decir que una corporación es una “persona” no describe automáticamente cuáles son sus derechos, pues los tribunales no le han otorgado a la corporación todos los derechos garantizados a una persona física. Sin embargo, la Suprema Corte afirmó recientemente en Citizens United v. Comisión Federal Electoral (2010) que el gobierno no puede suprimir el derecho de expresión política de la Primera Enmienda porque el orador es una corporación y no una persona física. Según la Corte, “Ningún interés gubernamental suficiente justifica límites al discurso político de las corporaciones sin fines de lucro o con fines de lucro”. Citizens United v. Comisión Federal Electoral, 558 U.S. ___ (2010).

    Los tribunales también han llegado a la conclusión de que las corporaciones tienen derecho a los amparos constitucionales esenciales del debido proceso y la protección igualitaria. También tienen derecho a la protección de la Cuarta Enmienda contra registros e incautaciones irrazonables; es decir, la policía debe contar con una orden de cateo para ingresar a los locales corporativos y revisar los expedientes. Sin embargo, no se requieren órdenes para industrias altamente reguladas, como las que involucran licores o armas de fuego. La Cláusula de Doble Enjuiciamiento se aplica a los procesos penales de las sociedades: una absolución no puede ser apelada ni se puede volver a juzgar el caso. Para efectos de la jurisdicción de diversidad de los tribunales federales, se considera que una corporación es ciudadana tanto del estado en el que está constituida como del estado en el que tiene su sede principal de negocios (a menudo, la “sede” corporativa).

    Hasta hace relativamente poco, pocos casos habían puesto a prueba el poder del Estado para limitar el derecho de las corporaciones a gastar sus propios fondos para hablar la “mente corporativa”. La mayoría de los casos relacionados con la libertad de expresión corporativa abordan la publicidad, y pocos estados han promulgado leyes que inciden directamente en la libertad de publicidad de las empresas. Pero aquellos estados que lo han hecho generalmente han buscado limitar la capacidad de las corporaciones para influenciar a los votantes en referendos públicos. En 1978, la Corte Suprema finalmente enfrentó el tema de frente en First National Bank of Boston v. Bellotti (Sección 25.7.1 “Limitar los derechos de la Primera Enmienda de una Corporación”). El fallo en Bellotti fue reafirmado por la Suprema Corte en Citizens United v. Comisión Federal de Elecciones. En Citizens United, la Corte anuló la parte de la Ley de McCain-FeingOld ActLa Ley de Reforma de Campaña Bipartidista de 2002 (BCRA, McCain—FeingOld Act, Pub.L. 107-155, 116 Stat. 81, promulgada el 27 de marzo de 2002, H.R. 2356). que prohibía a todas las corporaciones, tanto con fines de lucro como sin fines de lucro, y sindicatos difusión de “comunicaciones electorales”.

    Ausencia de Derechos

    Las corporaciones carecen de ciertos derechos que poseen las personas físicas. Por ejemplo, las corporaciones no tienen el privilegio contra la autoincriminación garantizada para las personas físicas por las Enmiendas Quinta y Decimocuarta. En cualquier procedimiento legal, los tribunales pueden obligar a una corporación a entregar documentos incriminatorios, aunque también incriminen a funcionarios o empleados de la corporación. Como exploramos en el Capítulo 29 “Expansión Corporativa, Regulación Estatal y Federal de Sociedades Extranjeras, y Disolución Corporativa”, las corporaciones no son ciudadanas bajo la Cláusula de Privilegios e Inmunidades de la Constitución, para que los estados puedan discriminar entre nacionales y extranjeros corporaciones. Y la corporación no tiene derecho a revisión federal de condenas penales estatales, como lo son muchos individuos.

    Perforando el Velo Corporativo

    Dada la importancia de la entidad corporativa como velo que limita la responsabilidad de los accionistas, es importante señalar que en determinadas circunstancias, los tribunales pueden llegar más allá del muro de protección que divide a una corporación de las personas o entidades que existen detrás de ella. Esto se conoce como perforar el velo corporativo, y ocurrirá en dos instancias: (1) cuando la corporación es utilizada para cometer un fraude o una injusticia y (2) cuando la corporación no actúa como si fuera una.

    Fraude

    La Compañía Felsenthal quemó hasta los cimientos. Su presidente, uno de los mayores acreedores de la compañía y también prácticamente su único propietario, instigó el incendio. La corporación demandó a la aseguradora para recuperar la cantidad por la que estaba asegurada. De acuerdo con el tribunal en el caso Felsenthal, “La regla general de derecho es que la quema intencional de bienes por parte de un accionista en una corporación no es una defensa contra el cobro del seguro por parte de la corporación, y... no se puede impedir a la corporación cobrar el seguro porque sus agentes prendió fuego intencionalmente a los bienes sin la participación o autoridad de la corporación o de todos los accionistas de la corporación”. D. I. Felsenthal Co. v. Northern Assurance Co., Ltd., 284 Ill. 343, 120 N.E. 268 (1918). Pero debido a que el incendio fue causado por el beneficiario efectivo de “prácticamente toda” la acción, quien también “tiene la gestión absoluta de los asuntos [de la corporación] y sus bienes, y es su presidente”, el tribunal se negó a permitir que la empresa recuperara el dinero del seguro; permitir que la empresa se recuperara recompensaría fraude. Felsenthal Co. v. Northern Assurance Co., Ltd., 120 N.E. 268 (Ill. 1918).

    Incumplimiento de Actuar como Corporación

    En otras circunstancias limitadas, los accionistas individuales también pueden ser considerados personalmente responsables. El incumplimiento de las formalidades corporativas, por ejemplo, puede someter a los accionistas a responsabilidad personal. Este es un riesgo especial que corren las corporaciones pequeñas, especialmente de una sola persona. Los factores particulares que ponen en juego esta regla incluyen la capitalización inadecuada, la omisión de las reuniones ordinarias, la falta de registro de actas de las reuniones, la falta de presentación de informes anuales y la mezcla de bienes corporativos y personales. Donde existan estos factores, los tribunales pueden mirar a través del velo corporativo y arrancar al accionista o accionistas individuales para que respondan por un agravio, incumplimiento de contrato o similares. El caso clásico es el operador de taxis que incorpora varios de sus taxis por separado y los presta servicios a través de otra corporación más. Si uno de los taxistas causa un accidente, la corporación suele ser “prueba de juicio” porque la corporación tendrá pocos activos (taxi prácticamente sin valor, seguro mínimo). Con frecuencia, los tribunales permiten a los demandantes proceder en contra del propietario común con el argumento de que la corporación en particular no estaba suficientemente financiada.

    Figura 25.2 La Filial como Velo Corporativo

    Screen Shot 2020-03-30 at 10.32.07 AM.png

    Cuando una corporación es propietaria de una sociedad subsidiaria, con frecuencia surge la cuestión de si la subsidiaria actúa como entidad independiente (ver Figura 25.2 “La Filial como velo corporativo”). El Tribunal Supremo abordó esta cuestión de responsabilidad derivada versus directa de la matriz societaria frente a su subsidiaria en United States v. Bestfoods, (véase la Sección 25.7.2 “Perforando el velo corporativo”).

    Otros tipos de responsabilidad personal

    Incluso cuando una corporación se forma con un propósito adecuado y se opera como una corporación, hay casos en los que los accionistas individuales serán personalmente responsables. Por ejemplo, si un accionista involucrado en la gestión de la empresa comete un agravio o celebra un contrato a título personal, seguirá siendo personalmente responsable de las consecuencias de sus acciones. En algunos estados, los estatutos otorgan a los empleados derechos especiales contra los accionistas. Por ejemplo, un estatuto de Nueva York permite a los empleados recuperar los salarios, salarios y deudas que les adeuda la compañía de los diez mayores accionistas de la corporación. (Quedan exentos los accionistas de las sociedades públicas cuyas acciones se cotizan en una bolsa nacional o en el mostrador). De igual manera, la ley federal permite al IRS recuperar de las “personas responsables” cualquier retención de impuestos recaudada por una corporación pero que en realidad no se haya pagado al Tesoro de Estados Unidos.

    Llave para llevar

    Las corporaciones tienen algunos de los derechos legales de una persona física. Tienen derecho a las protecciones constitucionales de debido proceso e igualdad de protección, protección de la Cuarta Enmienda contra búsqueda e incautación irrazonables, y protección de la Primera Enmienda a la libertad de expresión y expresión. Para efectos de la jurisdicción de diversidad de los tribunales federales, se considera que una corporación es ciudadana tanto del estado en el que está constituida como del estado en el que tiene su sede principal de negocios. Ahora bien, las corporaciones no tienen el privilegio contra la autoincriminación garantizada para las personas físicas por las Enmiendas Quinta y Decimocuarta. Además, las corporaciones no están exentas de responsabilidad. Los tribunales perforarán el velo corporativo y responsabilizarán a una corporación cuando la corporación sea utilizada para perpetrar fraude o cuando no actúe como corporación.

    Ejercicios

    1. ¿Cree que las corporaciones deberían tener derechos similares a los de las personas físicas? ¿Debería restringirse alguno de estos derechos?
    2. ¿Cuál es un ejemplo de hablar la “mente corporativa”?
    3. Si el presidente de Corporation BCD y accionista mayoritario vende secretamente todas sus acciones antes de renunciar unos días después, y el cambio inesperado de la corporación en la propiedad mayoritaria hace que el precio de las acciones caiga en picado, ¿los accionistas corporativos tienen causa de acción? Si es así, ¿bajo qué teoría?

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