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5.4: Escuela Clásica

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    Leviatán (1651), Hobbes hizo algunas suposiciones sobre los seres humanos. [1] Supuso que los humanos estaban en conflicto entre sí, perseguían sus intereses propios y eran racionales. Además, la gente crearía figuras de autoridad por miedo a los demás, y la gente debería crear democráticamente reglas que todos los ciudadanos deben seguir. Hobbes quería un nuevo tipo de gobierno, uno que fuera gobernado por el pueblo y no por los monarcas. Creía que las personas tenían derechos naturales como la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad. Si concedemos la suposición de que las personas son racionales, asumiríamos que las personas tienen la capacidad de considerar las posibles consecuencias de sus acciones. Hobbes fue uno de los primeros pensadores de contratos sociales. Los pensadores de contratos sociales creían que la gente invertiría en las leyes de su sociedad si, y solo si, saben que el gobierno los protegía de quienes violan la ley. La gente renunciará a un poco de sus intereses propios siempre y cuando todos correspondan.

    El hedonismo es la suposición de que la gente verá el máximo placer y evitará el dolor (castigo). En consecuencia, si concedemos los supuestos de la teoría clásica, podemos responsabilizar al 100% a las personas de sus acciones porque fue una elección. Estos supuestos han sido la base del sistema de justicia penal estadounidense desde sus inicios. Si bien las teorías pueden haber cambiado el panorama de la comprensión del comportamiento delictivo y pueden haber cambiado las filosofías de los castigos a lo largo del tiempo, el sistema de justicia penal ha mantenido la suposición de que el delito es una elección. De ahí que podamos responsabilizar al 100% a los infractores de sus acciones.

    Un ensayo sobre crímenes y castigo (1764), que atacó el uso de malos tratos por parte de Europa. [2] Idealmente, quiso cambiar el castigo excesivo y cruel aplicando ideas racionalistas, de contrato social. En su momento, los jueces tenían un tremendo poder para determinar la culpabilidad y crear leyes basadas en sus decisiones. Los intelectuales recibieron bien su ensayo en su momento, pero la Iglesia Católica lo prohibió. Sus ideas eran excepcionalmente radicales en su momento, principalmente porque su escritura cuestionaba las estructuras de poder de la época.

    Cesare Bonesana di Beccaria (1738-1794)

    El ensayo fue muy influyente durante la Ilustración, y puede haber servido como modelo durante la creación del sistema estadounidense de Justicia Penal. Por ejemplo, Beccaria abogó por que los castigos deben ajustarse al delito y ser proporcionales al daño ocasionado, las leyes sólo deben ser determinadas por el Poder Legislativo, los jueces sólo deben determinar la culpabilidad, y toda persona debe ser tratada por igual bajo la ley. Afirmó que el único propósito de la ley era disuadir a la gente de cometer el delito. La disuasión se puede lograr si el castigo es seguro, rápido y severo. Estos pueden parecer de sentido común hoy en día, pero en su momento se consideraban ideas radicales.

    [3]

    Jeremy Bentham (1748-1832)

    1. Hobbes, T. (1651/1968). Leviatán. Baltimore, MD: Libros de pingüinos.
    2. Beccaria, C. (1963). Sobre delitos y castigos (H. Paolucci, Trans.). Indianápolis, EN: Bobbs-Merril. (Obra original publicada en 1764)
    3. Bentham, J. (1823). Introducción a los principios de moral y legislación. Oxford, Reino Unido: Oxford University Press.

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