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7.8: Jugadores de Juzgados- Jueces y Personal de la Corte

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    Justicia por delitos graves: Un análisis organizacional de los tribunales penales, James Eisenstein y Herbert Jacob, acuñaron el término “grupo de trabajo de sala de audiencias”. [1] Se refirieron específicamente a la relación de trabajo cooperativo entre fiscales, abogados defensores y jueces en el trabajo conjunto (a diferencia de una relación contradictoria que el público podría esperar) para resolver de manera eficiente la mayoría de los casos en los tribunales penales. Este capítulo utiliza de manera más general el término para incluir a todas las personas que trabajan en los tribunales penales: jueces, abogados y la variedad del personal de la corte.

    la fase acusatoria (la fase previa al juicio) y la fase de adjudicación (la fase de juicio) del proceso de justicia penal incluyen a los individuos que regularmente trabajan juntos en los juzgados de primera instancia. El fiscal archiva el instrumento acusatorio denominado ya sea información o acusación, y representa al estado en negociación de alegaciones, con mociones previas al juicio, durante el juicio, y en la fase de sentencia. El abogado defensor representa al acusado después de que se hayan presentado los cargos, a través del proceso previo al juicio, en un juicio, y durante la sentencia, y tal vez también en la apelación. Jueces, con la ayuda de varios funcionarios judiciales, realizan las audiencias previas al juicio, juicio y sentencia. Los fiscales, los abogados defensores y los jueces desempeñan diferentes funciones, pero todos se preocupan por el proceso judicial y la interpretación de la ley. Estos profesionales del derecho son egresados de facultades de derecho y han aprobado el examen de la barra estableciendo su conocimiento del derecho y su capacidad para hacer análisis jurídicos. Como personas admitidas por los colegios de abogados estatales o federales al ejercicio del derecho, están sujetas a los mismos códigos legales de responsabilidad profesional, reglas disciplinarias, y reglas éticas y opiniones para los abogados. Si bien se dice que el sistema de justicia penal estadounidense representa el modelo contradictorio, la realidad es que fiscales, abogados defensores, jueces y personal judicial trabajan con cooperación y consenso más que con conflictos. Esto es comprensible al considerar el objetivo común de un procesamiento eficiente y de expedicion de casos y reglas prescritas y acordadas para lograr esos objetivos.

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    Secretario Judicial, Secretario Jurídico y Asistentes Judiciales

    jurar en los testigos, o administrar el juramento al testigo, tomar notas catalogando las grabaciones, etc. En algunas jurisdicciones, los secretarios legales son abogados que acaban de terminar la facultad de derecho y pueden haber aprobado ya el examen de barra. En otras jurisdicciones, los secretarios legales no están capacitados legalmente sino que pueden tener formación especializada en paralegales o formación de asistente legal.

    Administradores de Juzgados Locales y Estatales

    Oficiales de verificación de indigencia

    Alguaciles

    Clerk Jurado

    Los secretarios y el personal de la corte

    Oficiales de Asistencia para la Liberación

    Empleado de Programación

    tomado bajo asesoramiento. (Tenga en cuenta que los jueces de primera instancia pueden decidir “desde el banquillo”, es decir, se pronunciarán inmediatamente sobre los temas que se les presenten durante la audiencia, o después de tomar el caso bajo asesoría, es decir, dictaminarán a través de una carta escrita de decisión/opinión después de haber pasado tiempo investigando la ley, revisando la partes escritos alegatos, y considerando los argumentos orales).


    1. Eisentstein, J., & Jacob, H. (1977). Justicia por delitos graves: Un análisis organizacional de los tribunales penales. Boston, MA: Little Brown y compañía.
    2. Spohn, C. & Hemmens, C. (2012) Tribunales: Un texto/lector (2a ed.). Los Ángeles, CA: SAGE Publications, Inc.
    3. Berkson, L.C. (2005). Selección J udicial en Estados Unidos: Un reporte especial. En E.E. Slotnick (Ed.) Política Judicial: Lecturas desde la Judicatura (3d ed., pp. 50). Washington, DC: Prensa CQ
    4. Atkins B.M. & Glick, H.R. (1974). Reclutamiento formal judicial y resoluciones del Tribunal Supremo del Estado. Política Americana Trimestral, 2, 427-449
    5. Dubois, P.L. (1986), Rendición de cuentas, independencia y selección de jueces estatales: El papel de las elecciones judiciales populares. Revista de Derecho del Sudoeste, 40, 31-52
    6. Nagel, S. (1975). Mejorando el proceso legal. Lexington, MA: Libros de Lexington.

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