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9.1: Homicidio

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    OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

    1. Definir homicidio.
    2. Reconocer que todos los homicidios no son criminales.
    3. Identificar los componentes del corpus delicti en un homicidio penal.
    4. Comparar la definición de feto en los estatutos de homicidio penal y feticidio.
    5. Compara el feticidio y el suicidio de hecho con las vistas modernas.
    6. Determinar si es constitucional tipificar como delito el suicidio asistido.

    En esta sección, se aprende la definición de homicidio y el significado del ser humano, los cuales varían de un estado a otro. También se aprende que el suicidio no es criminal, pero el suicidio asistido podría serlo, dependiendo de la jurisdicción.

    Sinopsis de la Historia del Homicidio

    Homicidio es el asesinato de un ser humano por otro. El homicidio no siempre es criminal. Por ejemplo, una ejecución legal conforme a la pena de muerte es homicidio, pero no es homicidio penal.

    El derecho de homicidios en Estados Unidos tiene su origen en el common law inglés. El profesor de Oxford, Sir William Blackstone, definió el homicidio como justificable, excusable o delito grave. Los homicidios justificables no fueron penales porque no incluían el concepto de culpabilidad. Los homicidios excusables no fueron penales porque incluían culpabilidad mínima. Los homicidios por delitos graves eran penales y se consideraban los delitos más atroces conocidos por el hombre.

    Inicialmente en el common law, todo homicidio grave o criminal fue castigado con la muerte. Poco a poco, a medida que evolucionaba la ley, los homicidios ilegales se dividieron en homicidio y homicidio involuntario con base en la intención criminal del acusado. El asesinato tenía el elemento de intención criminal de prepensamiento maligno y seguía siendo un delito capital. El homicidio involuntario fue un homicidio ilegal sin malicia y fue castigado con encarcelamiento.

    En los tiempos modernos, la mayoría de los estados definen el homicidio penal y sus elementos en los estatutos, que a menudo son interpretados por la jurisprudencia. Muchas jurisdicciones continúan siguiendo la filosofía de Blackstone y la división de derecho común entre asesinato y homicidio involuntario, como se discute en este capítulo.

    Corpus Delicti en Homicidio Penal

    Un componente esencial de toda causa penal, incluido el homicidio penal, es el corpus delicti. El corpus delicti es el fondo del delito de que se trata. La fiscalía deberá acreditar el corpus delicti más allá de toda duda razonable, con pruebas distintas de la confesión del imputado. People v. Ochoa, 966 P.2d 442 (1998), consultado el 13 de febrero de 2011, http://scholar.google.com/scholar_case?case=13299597995178567741&q = corpus+delicti+criminal+homicide&hl=es&as_sdt=2,5. Si bien una discusión detallada del corpus delicti está fuera del alcance de este texto, el corpus delicti en un caso de homicidio penal consiste en la muerte de una víctima, causada por el acusado, de manera ilícita.

    Muchas veces nunca se descubre el cuerpo de la víctima, lo que podría dificultar más a la fiscalía probar corpus delicti pero no imposible. Si hay suficientes pruebas circunstanciales o directas, como manchas de sangre, imágenes de vigilancia o testimonio de testigos, la fiscalía puede probar corpus delicti sin el cuerpo de la víctima y puede condenar al acusado de homicidio penal.

    Feticida

    El feticida es la destrucción intencional de un feto. En el common law, un ser humano no puede ser víctima de homicidio penal a menos que nazca vivo. Keeler v. Tribunal Superior, 2 Cal.3d 619 (1970), consultado el 10 de julio de 2010, http://scholar.google.com/scholar_case?case=2140632244672927312&hl=en&as_sdt=2&as_vis=1&oi=scholarr. El Código Penal Modelo adopta este enfoque y define al ser humano como “una persona que ha nacido y está viva” (Código Penal Modelo § 210.0 (1)). La tendencia moderna en muchas jurisdicciones es incluir al feto como víctima en un estatuto penal de homicidio o feticidio, exceptuando el aborto. La definición de feto se establece en el estatuto penal de homicidio o feticidio o se crea por jurisprudencia. Muchos estados y el gobierno federal consideran a un embrión un feto desde el momento de la concepción.Ala. Código § 13A-6-1, consultado el 13 de febrero de 2010, www.Legislure.state.al.us/codeofalabama/1975/13A-6-1.htm. Otros estados determinan que un feto se forma cuando el niño se ha “avivado”, o es capaz de moverse dentro del útero, aproximadamente de cuatro a cinco meses después de la concepción.FLA. Stat. § 782.09, consultado el 10 de julio de 2010, http://www.lawserver.com/law/state/florida/statutes/florida_statutes_782-09. Algunos estados no consideran al feto víctima de homicidio criminal o feticidio hasta que sea viable y pueda sobrevivir fuera del útero.Ind. Código §35-42-1-1 (4), consultado el 10 de julio de 2010, http://www.in.gov/legislative/ic/code/title35/ar42/ch1.html.

    Figura 9.1 Descifrando el código

    000a1c0120c41ed4991a3d06e3ab1f9c.jpg

    Suicidio

    En el common law, el suicidio era un delito. El castigo fue la confiscación de las tierras propiedad del occiso. En los tiempos modernos, la mayoría de los estados no penalizan el suicidio. No obstante, casi todas las jurisdicciones tipifican como delito asistir a un suicidio, y la Corte Suprema de Estados Unidos ha considerado constitucionales estos estatutos. Washington v. Glucksberg, 521 U.S. 702 (1997), consultado el 10 de julio de 2010, http://scholar.google.com/scholar_case?case=17920279791882194984&q = Washington+v.+glucksberg&hl=en&as_sdt=2,5. Varios estados cuentan con estatutos especiales que castigan específicamente el suicidio asistido con menor severidad que su asesinato en primer o segundo grado statutes.Tex. Código Penal § 22.08, consultado el 10 de julio de 2010, law.onecle.com/texas/penal/22.08.00.html. Una minoría de estados permite que los enfermos terminales terminen su vida con la asistencia de un médico.O. Rev. Stat. § 127.800 et seq., consultado el 10 de julio de 2010, http://law.onecle.com/oregon/127-powers-of-attorney-advance-directives/index.html. El Código Penal Modelo establece que “[una] persona que intencionalmente ayude o pida a otra para suicidarse es culpable de un delito grave de segundo grado si su conducta causa dicho suicidio o un intento de suicidio” (Código Penal Modelo § 210.5 (2)).

    PUNTOS CLAVE

    • Homicidio es el asesinato de un ser humano por otro.
    • El homicidio no siempre es criminal. Por ejemplo, una ejecución legal conforme a la pena de muerte es homicidio, pero no es homicidio penal.
    • Los componentes del corpus delicti en un homicidio penal son la muerte de la víctima, causada por el demandado, de manera ilícita.
    • Los estados que criminalizan el feticidio consideran a un embrión un feto en el momento de la concepción, cuando se vivifica en el útero, o cuando es viable y puede sobrevivir fuera del útero.
    • En los tiempos modernos, en muchas jurisdicciones el feticidio es un delito (exceptuando el aborto), y el suicidio no lo es. En el common law, se aplicaba lo siguiente:
      • El feticidio no era un delito; sólo una persona “nacida viva” podría ser víctima de homicidio penal.
      • El suicidio fue un delito; el castigo fue la confiscación de tierras del difunto.
    • La Corte Suprema de Estados Unidos ha sostenido que es constitucional tipificar como delito el suicidio asistido, y la mayoría de los estados sí lo hacen. Una minoría de estados permite que un médico ponga fin legalmente a la vida de un paciente terminal.

    EJERCICIOS

    Contesta las siguientes preguntas. Verifique sus respuestas usando la clave de respuestas al final del capítulo.

    1. ¿Cuál es la diferencia fundamental entre homicidio y suicidio?
    2. Leer Washington v. Glucksberg, 521 U.S. 702 (1997). ¿Qué parte de la Constitución analizó la Suprema Corte de Estados Unidos cuando sostuvo que es constitucional tipificar como delito el suicidio asistido? El estuche está disponible en este enlace: http://scholar.google.com/scholar_case?case=17920279791882194984&q = Washington+V.+glucksberg&hl=en&as_sdt=2,5.

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