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16.5: Remedios equitativos

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    Objetivos de aprendizaje

    1. Saber cuándo se permitirán recursos equitativos (en contraposición a los legales).
    2. Comprender los diferentes tipos de recursos equitativos: cumplimiento específico, mandamiento judicial y restitución.

    Visión general

    Realmente la única explicación de las diferencias entre derecho y equidad se encuentra en la historia y la política de Inglaterra que data del siglo XII, pero en términos prácticos, las distinciones son notables. En primer lugar, los jurados no son utilizados en casos equitativos. En segundo lugar, la equidad se basa menos en el precedente y más en el sentido de que se debe servir a la justicia. Tercero, y de lo más significativo, donde lo que busca la parte no incumpliente no es el dinero —es decir, donde no existe un remedio jurídico adecuado— la equidad puede permitir el alivio. En equidad, una persona puede hacer que un juez ordene a la parte infractora que entregue algunos bienes reales, o que deje de hacer algo que no deba hacer, o que devuelva la contraprestación otorgada por la parte no infractora para devolver a las partes al estado previo al contrato (cumplimiento específico, mandato judicial y restitución, respectivamente).

    Tipos de Remedios en Equidad

    Existen tres tipos de recursos equitativos: cumplimiento específico, mandamiento judicial y restitución.

    Desempeño Específico

    El cumplimiento específico es una orden judicial al promisor de que emprenda la ejecución a la que se obligó en un contrato. El desempeño específico es un recurso alternativo a los daños y perjuicios y puede ser dictado a discreción del tribunal, sujeto a una serie de excepciones. Emily firma un contrato para vender a Charlotte un samovar dorado, una antigüedad rusa de gran valor sentimental porque alguna vez perteneció a la madre de Charlotte. Emily luego repudia el contrato mientras sigue siendo ejecutoria. Un tribunal puede otorgar adecuadamente a Charlotte una orden de desempeño específico contra Emily.

    Una vez que los estudiantes entienden la idea básica del desempeño específico, a menudo quieren abalanzarse sobre ella como la solución a casi cualquier incumplimiento de contrato. Parece razonable que la parte no incumplidora pueda pedirle a un tribunal que simplemente exija a la promisora que haga lo que ella prometió que haría. Pero el desempeño específico es un remedio muy limitado: solo está disponible por incumplimiento de contrato para vender un artículo único, es decir, un artículo único de propiedad personal (el samovar), o una parcela de bienes raíces (todos los inmuebles son únicos). Pero si el artículo no es único, para que la parte no incumplible pueda salir y comprar otro, entonces el recurso legal de daños monetarios resolverá el problema. Y el desempeño específico nunca se utilizará para obligar a una persona a realizar servicios en contra de su voluntad, lo que sería servidumbre involuntaria. Una persona puede verse obligada a dejar de hacer lo que no debe hacer (mandamiento), pero no obligada a hacer lo que no va a hacer.

    Mandamiento

    Una medida cautelar es el segundo tipo de recurso equitativo disponible en el contrato (también está disponible en agravio). Se trata de una orden judicial que ordena a una persona que deje de hacer lo que no debe hacer. Por ejemplo, si un empleador tiene un contrato válido de no competencia con un empleado, y el empleado, en incumplimiento de dicho contrato, sin embargo, se compromete a competir con su antiguo empleador, un tribunal puede ordenar (emitir una orden de requerimiento), ordenando al ex empleado que detenga dicha competencia. Una promesa de una persona de no hacer algo —en este ejemplo, no competir— se llama pacto negativo (un pacto es una promesa en un contrato, en sí mismo un contrato). O si el Vendedor promete darle al Comprador el derecho de primera negativa sobre un paquete de bienes raíces o una obra de arte única, pero el Vendedor, en incumplimiento de una promesa escrita, ofrece la cosa a un tercero, un tribunal podrá ordenar al Vendedor venderlo al tercero. Si una persona viola una medida cautelar, puede ser detenida por desacato a la corte y encarcelada por un tiempo. Madison Square Garden v. Carnera Corporation, Sección 16.6.3 “Órganos cautelares y convenios negativos”, es un caso clásico que involucra mandamientos por incumplimiento de contrato.

    Restitución

    El tercer tipo de alivio equitativo es la restitución. La restitución es un recurso aplicable a varios tipos diferentes de casos: aquellos en los que el contrato fue resuelto por incapacidad o tergiversación, aquellos en los que la otra parte incumplió, y aquellos en los que la parte que solicita la restitución incumplió. Como la palabra implica, la restitución es una restauración a una parte de lo que le dio a la otra. Por lo tanto, sólo en la medida en que el agraviado otorgue un beneficio a la otra parte, podrá otorgarse restitución al agraviado. El punto es que una persona que incumple un contrato no debe sufrir un castigo, y la parte no incumplidora no debe enriquecerse injustamente.

    Incumplimiento total por parte infractora

    El no incumplidor tendrá siempre derecho a la restitución en caso de incumplimiento total por incumplimiento o repudio, a menos que ambas partes hayan desempeñado todas las funciones salvo el pago por la otra parte de una suma definitiva de dinero por el desempeño del agraviado.Redistribución (Segunda) de Contratos, Sección 373. Calhoun, contratista, acepta construir vallas por valor de $3,000 por solo $2,000 y completa la construcción. Arlene, la terrateniente, se niega a pagar. El único derecho de Calhoun es obtener los $2,000; no tiene derecho de restitución a $2,500, el precio de mercado de sus servicios (o $3,000, el monto por el cual su propiedad aumentó en valor); tiene derecho, en cambio, sólo a $2,000, el precio de su contrato. Si Arlene hubiera repudiado antes de su finalización, sin embargo, Calhoun habría tenido entonces derecho a una restitución basada ya sea en el precio de mercado de la obra o en la cantidad por la que mejoró su propiedad. Si una de las partes incumple, la parte no incumplidora generalmente tiene derecho a la restitución de bienes que puedan ser devueltos. Arlene le da a Calhoun un valioso jarrón Ming a cambio de su promesa de construir las vallas. Tras la violación de Calhoun, Arlene tiene derecho a una restitución específica del jarrón.

    Medir el interés de restitución puede ser problemático. Los tribunales tienen considerable discrecionalidad para adjudicar ya sea lo que hubiera costado contratar a otra persona para que hiciera el trabajo que la parte no incumpliente realizaba (generalmente, el precio de mercado del servicio) o el valor que se agregó a los bienes de la parte en violación en virtud del desempeño del reclamante. Calhoun, el contratista, acepta construir diez cercas alrededor de la superficie de Arlene al precio de mercado de $25,000. Después de erigir tres, Calhoun ha realizado servicios que costarían $7,500, valor de mercado. Supongamos que ha aumentado el valor de los terrenos de Arlene en $8,000. Si Arlene repudió, hay dos medidas de interés de restitución de Calhoun: $8,000, el valor por el que se mejoró el inmueble, o $7,500, la cantidad que le habría costado a Arlene contratar a otra persona para hacer el trabajo. Qué medida utilizar depende de quién repudió el contrato y por qué motivo. En algunos casos, la mejora de la propiedad o la medición del patrimonio podría llevar a que un premio supere enormemente el precio de mercado del servicio. En tales casos, se utiliza la medida menor. Para un médico que realiza operaciones de salvamento a un paciente, la restitución solo recuperaría el valor de mercado de los servicios del médico, no el valor monetario de la vida del paciente.

    Desempeño de la pieza y luego incumplimiento

    Una parte que haya cumplido sustancialmente y luego incumplido tiene derecho a la restitución de un beneficio conferido al agraviado, si el agraviado se ha negado (aunque justificadamente) a completar su propio desempeño por incumplimiento del otro. Dado que la parte infractora es responsable ante el agraviado de los daños y perjuicios por pérdida, esta regla entra en juego sólo cuando el beneficio conferido es mayor a la cantidad que ha perdido la parte no incumpliente. Arlene acepta vender su propiedad a Calhoun por 120,000 dólares, y Calhoun hace un pago parcial de 30,000 dólares. Luego repudia. Arlene se da la vuelta y vende la propiedad a un tercero por 110 mil dólares. Calhoun —el partido infractor— puede recuperar su dinero, menos los daños que Arlene sufrió como consecuencia de su incumplimiento. Obtiene 30,000 dólares menos la pérdida de 10,000 dólares en la que Arlene incurrió. Obtiene 20 mil dólares en restitución. De lo contrario, Arlene se enriquecería con la violación de Calhoun: obtendría $140,000 en total por bienes raíces por valor de 120,000 dólares. Pero si recibe 20 mil dólares de sus 30 mil dólares de vuelta, ella recibe 110 mil dólares del tercero y 10 mil dólares de Calhoun, por lo que obtiene un total de 120 mil dólares (más, esperamos, daños incidentales, al menos).

    Restitución en otros casos

    Al repudiar un contrato oral regido por el Estatuto de Fraudes, la parte no incumpliente no tiene derecho a sus intereses esperados, pero puede recuperar en restitución a menos que se frustre el propósito del estatuto. Cuando una de las partes evita un contrato por falta de capacidad, error, tergiversación, coacción, o similares, tiene derecho a la restitución por beneficio conferido a la otra parte. También se dispone de restitución si se cumple un deber contractual o nunca surge porque (1) el cumplimiento fue impracticable, (2) se frustró el propósito del contrato, (3) no se produjo una condición, o (4) un beneficiario desestimó su beneficio.

    Llave para llevar

    Los recursos equitativos por incumplimiento de contrato están disponibles cuando los recursos legales no completan a la parte no incumplidora. Los recursos equitativos son el cumplimiento específico (una orden que ordena a una persona entregar al comprador lo único que el vendedor contrató para vender), una orden judicial (una orden que ordena a una persona que deje de hacer lo que no debería hacer), y la restitución (la devolución por una de las partes del beneficio que se le confirió cuando no se cumpla el contrato, en la medida necesaria para evitar imponer una sanción a la parte infractora).

    Ejercicios

    1. El comprador contrata para comprar un Cadillac convertible 1941 de cuatro puertas a Vendedor por $75,000. Vendedor, habiendo encontrado a un Tercero que pagará 85,000 dólares por el auto, se niega a vender al Comprador. ¿Cuál es el remedio del Comprador?
    2. Supongamos que Tercero había pagado los $85,000 y el Vendedor recibió la orden de vender al Comprador. ¿Cuál es el recurso de Terceros?
    3. El profesor Smith contrata la docencia de derecho empresarial en la Universidad Estatal durante el año académico. Una vez terminado el primer mandato, ella renuncia. ¿Puede la Universidad Estatal obtener una orden de desempeño específico o una orden judicial que requiera que el profesor Smith regrese para el segundo trimestre?
    4. Ahora supongamos que la razón por la que la profesora Smith dejó de trabajar en la Universidad Estatal es porque consiguió un mejor trabajo en la Universidad Central, a quince kilómetros de distancia. ¿Puede la Universidad Estatal obtener una orden judicial que le prohíba enseñar en la Universidad Central?

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