La referencia en la Sección 9-609, inciso a), inciso 2), a “hacer inservible el equipo y enajenar garantías en los locales de un deudor” llega a situaciones que involucran “equipo pesado [cuando] la r...La referencia en la Sección 9-609, inciso a), inciso 2), a “hacer inservible el equipo y enajenar garantías en los locales de un deudor” llega a situaciones que involucran “equipo pesado [cuando] la remoción física de la planta del deudor y el almacenamiento de la garantía pendiente de enajenación pueden ser poco prácticas o indebidamente caras... De curso... todos los aspectos de la disposición deben ser comercialmente razonables.” Código Uniforme de Comercio, Sección 9-609 (a) (2), Comentario…