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15.4: Responsabilidad frente a Terceros

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    Una relación de agencia afecta la responsabilidad frente a terceros. El alcance de la responsabilidad depende del tipo de principal involucrado, el tipo de autoridad involucrada y la naturaleza de la controversia.

    Responsabilidad Contractual

    Un principal siempre es responsable en un contrato si el agente tenía autoridad. No obstante, la responsabilidad del agente en un contrato depende de cuánto sepa el tercero sobre el principal. La divulgación, cuando lo permita el principal, es la mejor protección del agente contra la responsabilidad legal.

    Figura 15.4 Cuando los Agentes son Responsables de los Contratos

    Gráfico que muestra cuándo agente y agente son responsables de los contratos

    Un agente no es responsable de ningún contrato que haga con autoridad en nombre de un principal plenamente divulgado. Por lo tanto, si un tercero conoce la existencia e identidad del principal, entonces toda la responsabilidad legal recae en el principal. La única excepción a esto es cuando un agente excede su autoridad. En ese caso, el agente no ha actuado con autoridad y se hace personalmente responsable ante el tercero. Si el agente no tenía autoridad, pero el principal ratifica posteriormente el contrato, entonces el principal será responsable del contrato.

    Si se revela parcialmente un principal, entonces el tercero podrá recuperarse del principal o del agente. En esta situación, el principal y el agente son solidariamente responsables, y el tercero podrá demandar a uno o a ambos para recuperar el monto íntegro de los daños adeudados. No obstante, el tercero no puede solicitar “doble daño” y recuperar más del monto total adeudado por el incumplimiento contractual.

    En el caso de un principal no revelado, un tercero podrá recuperar del agente o del principal. El hecho de que la existencia o identidad de un principal se oculte a terceros no cambia la naturaleza de la relación agente-principal. Por lo tanto, los principales no revelados podrán hacerse responsables de los contratos celebrados por agentes que actúen con autoridad real. Un principal no revelado no tiene responsabilidad ante un agente o tercero cuando éste excede la autoridad real otorgada por el principal. Además, el tipo de contrato debe ser el tipo que pueda asignarse al principal no revelado. Si el contrato es por servicios personales, entonces la responsabilidad no puede asignarse al principal en caso de incumplimiento.

    Responsabilidad por agravio

    Los agentes, empleados y contratistas independientes son personalmente responsables de sus propios agravios. Este concepto está enraizado en la noción de que todo individuo que comete un agravio es personalmente responsable ante la parte perjudicada por el acto agravioso. La ley responsabiliza personalmente a los malhechores.

    Sin embargo, lo contrario no es cierto. Los agentes, empleados y contratistas independientes no son responsables de los agravios del director o empleador. Si un director o empleador se dedica a un comportamiento ilícito, su responsabilidad no puede ser transmitida a sus agentes y empleados.

    Figura 15.5 Cuando los directores tienen responsabilidad extracontractual para empleados y contratistas independientes

    Gráfico que muestra la responsabilidad extracontractual del director

    Un patrón es responsable de los agravios de un empleado si éste actúa dentro del ámbito del empleo. Esta doctrina se llama respondeat superior e impone responsabilidad vicaria a los patrones como cuestión de orden público. Incluso si el patrón no ordena a sus empleados que actúen negligentemente o intencionadamente, el empleador es responsable porque los empleadores suelen estar en mejores condiciones de pagar los daños que los empleados. También hay una fuerte consideración de política pública para no permitir que los empleadores hagan la vista gorda ante el mal comportamiento de un empleado. Al responsabilizar a un empleador de las acciones de un empleado, incentiva al empleador a abordar con prontitud situaciones que podrían derivar en una posible responsabilidad.

    Por el contrario, un principal no suele ser responsable de los agravios de un contratista independiente. Los contratistas independientes tienen la facultad de controlar los detalles de los trabajos que realizan y generalmente solo son responsables ante un director de los resultados de su trabajo. Por lo tanto, los contratistas independientes no son dirigidos y controlados por un director, ya que los empleados lo son por sus empleadores. En consecuencia, la doctrina de respondeat superior no se aplica a los contratistas independientes.

    Existen dos excepciones que pueden imponer responsabilidad a un principal por el trabajo de un contratista independiente. La primera excepción es donde la obra es intrínsecamente peligrosa. La política pública impide que los directores se aísle de los riesgos de responsabilidad al seleccionar un contratista independiente en lugar de un empleado para realizar el trabajo peligroso. La segunda excepción es donde el trabajo es ilegal. La política pública también impide que los directores contraten contratistas independientes para realizar una tarea que es ilegal.


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