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20.6: Reforma Agraria

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    OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

    1. Vea por qué se aboga por la reforma extracontractual, por qué se opone y qué intereses toman cada lado.
    2. Entender algunas de las importantes reformas estatales en las últimas dos décadas.
    3. Conoce qué reformas federales se han instituido.

    El grito de reforma

    En 1988, The Conference Board publicó un estudio que resultó de una encuesta realizada a más de 500 directores ejecutivos de grandes y pequeñas empresas respecto a los efectos de la responsabilidad por productos en sus firmas. El estudio concluyó que las empresas estadounidenses son menos competitivas en los negocios internacionales debido a estos efectos y que las leyes de responsabilidad de productos deben ser reformadas. El esfuerzo de reforma ha estado en marcha desde entonces, con diversos grados de alarmas y señalamiento con el dedo sobre quién tiene la culpa de la “crisis de agravio”, si incluso la hay. Grupos empresariales y profesionales golpean la batería por la reforma de agravios como un medio para garantizar la “equidad” en los tribunales, así como impulsar la competitividad económica de Estados Unidos en un mercado global, mientras que los abogados de los demandantes y defensores del consumidor afirman que las empresas simplemente quieren externalizar costos negando la recuperación a víctimas de avaricia y descuido.

    Cada lado vilipendia al otro en un lenguaje muy indecoroso: los defensores de los pronegocios llaman a los estados orientados al consumidor “agujeros infernales judiciales” y se quejan de “campaña [s] bien orquestada [s] de los cabilderos y aliados de abogados agravios para deshacer años de reforma extracontractual a nivel estatal”, se accede al sitio web de la American Tort Reform Association 1 de marzo de 2011, http://www.atra.org. mientras que los intereses pro-demandante afirman que hay “escasas pruebas” de algún abuso extracontractual. http://www.shragerlaw.com/html/legal_rights.html. Sería más divertido si no fuera tan estridente y partidista. Quizás lo más que se pueda decir con certeza es que la percepción de la realidad de las personas está muy coloreada por su propio interés. En todo caso, ha habido reformas (o, como dicen los detractores, “se deforma”).

    Reformas del Estado

    Presionadas por el astuto cabildeo de las organizaciones manufactureras y otras asociaciones comerciales empresariales, las legislaturas estatales respondieron a los gritos de los fabricantes sobre las penurias que la transformación judicial de la demanda de responsabilidad por productos aparentemente les funcionó. La mayoría de las legislaturas estatales han promulgado al menos una de las tres docenas de propuestas de “reforma” que se les han presionado en las últimas dos décadas. Algunas de estas medidas hacen poco más que afirmar y aclarar la jurisprudencia. Entre los más que han pasado en varios estados se describen en las siguientes secciones.

    Estatutos de Reposo

    Quizás nada asusta tanto al fabricante como los reportes ocasionales de casos que involucran productos que tenían cincuenta o sesenta años o más en el momento en que lesionaron a la actora. Muchos estados han abordado este problema promulgando el llamado estatuto de reposo. Este estatuto establece un periodo de tiempo, generalmente que va de seis a doce años; el fabricante no se hace responsable de las lesiones causadas por el producto una vez transcurrido este tiempo.

    Defensa de vanguardia

    Varios estados han promulgado leyes que impiden que los avances en la tecnología sean retenidos contra el fabricante. El temor es que un demandante convenza a un jurado de que un producto era defectuoso porque no utilizó tecnología que posteriormente estuvo disponible. Los fabricantes a menudo no han logrado adoptar nuevos avances en tecnología por temor a que el cambio se lleve a cabo en su contra en una demanda por responsabilidad de productos. Estos nuevos estatutos declaran que un fabricante tiene una defensa válida si hubiera sido tecnológicamente imposible haber utilizado la nueva y más segura tecnología en el momento en que se fabricó el producto.

    No advertir

    Dado que a menudo es más fácil probar que resultó una lesión porque el fabricante no advirtió contra cierto uso que demostrar que una lesión fue causada por un diseño defectuoso, los fabricantes están sujetos a un grado considerable de retrospectiva. Algunos de los estatutos estatales limitan el grado en que se puede utilizar la falta de advertencia para conectar el producto y la lesión. Por ejemplo, el fabricante tiene una defensa válida si hubiera sido imposible prever que el consumidor pudiera hacer un mal uso del producto de cierta manera.

    Falla comparativa por uso indebido del consumidor

    La negligencia contributiva generalmente no es una defensa en una acción de responsabilidad estricta, mientras que la asunción de riesgo lo es. En los estados que han promulgado los llamados estatutos comparativos de fallas, los daños del usuario están vinculados al porcentaje de responsabilidad por la lesión que lleva el demandado. De esta manera, si el mal uso del producto por parte del consumidor es evaluado como el 20 por ciento responsable del accidente (o por la extensión de las lesiones), el consumidor tiene derecho a sólo el 80 por ciento de los daños, monto por el que es responsable el fabricante demandado.

    Sanciones Penales

    No toda la reforma estatal es favorable a los fabricantes. Bajo la Ley de Responsabilidad Penal Corporativa de California, que entró en vigor hace veinte años, las empresas y gerentes deben notificar a una agencia reguladora estatal si saben que un producto que están vendiendo en California tiene un defecto de seguridad, y la misma regla se aplica bajo ciertas normas federales, como ejecutivos de Toyota fueron informados por sus abogados tras las alarmas sobre aceleración repentina en algunos automóviles Toyota. La falta de notificación puede dar lugar a responsabilidad penal corporativa e individual.

    Reforma Federal

    La reforma fragmentaria de la ley de responsabilidad por productos en cada estado ha contribuido a la falta básica de uniformidad de estado a estado, dándole un efecto de colcha loca. En el siglo XIX, esto pudo haber hecho poca diferencia, pero hoy en día la mayoría de los fabricantes venden en el mercado nacional y están sujetos a los diversos requisitos de la ley en cada estado. Desde hace años se ha hablado dentro y fuera del Congreso de promulgar una ley federal de responsabilidad por productos que incluiría reformas adoptadas en muchos estados, como se discutió anteriormente. Hasta el momento, estos esfuerzos han sido sin mucho éxito.

    La legislación de agravios del Congreso no es la única acción federal posible para hacer frente a las lesiones relacionadas con productos. En 1972, el Congreso creó la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo (CPSC) y le dio a la comisión un amplio poder para actuar para prevenir productos de consumo inseguros. La CPSC puede emitir normas de seguridad obligatorias que rigen el diseño, construcción, contenido, desempeño, empaque y etiquetado de más de 10,000 productos de consumo. Puede recordar productos inseguros, recuperar costos en nombre de los consumidores lesionados, procesar a quienes violen las normas y exigir a los fabricantes que emitan advertencias sobre productos peligrosos. También regula cuatro leyes federales que anteriormente administraban otras dependencias: la Ley de Tejidos Inflamables, la Ley de Sustancias Peligrosas, la Ley de Empaque para Prevención de Envenenos y la Ley de Seguridad en Refrigeradores En sus primeros años, la CPSC emitió estándares para bicicletas, cortadoras eléctricas, televisores, vidrios arquitectónicos, cables de extensión, cerillas de libros, toboganes de alberca y calentadores. Pero la lista de productos es larga, y el récord de la CPSC es mixto: ha sido criticado por estar corto de regulación y por demorar demasiado en promulgar los relativamente pocos estándares de seguridad que ha emitido en una década.

    Llave para llevar

    Los defensores de las empresas afirman que el sistema estadounidense de agravios —incluida la ley de responsabilidad por productos— se rompe y corrompe al agarrar a los abogados de los demandantes; los abogados de los demandantes dicen que los negocios son codiciosos y descuidados y necesitan ser golpeados en el reconocimiento de sus responsabilidades para ser más cuidadosos. El debate continúa, década tras década. Pero ha habido algunas reformas a nivel estatal, y a nivel federal la Ley de Seguridad de Productos de Consumo establece normas para productos seguros y requiere retiros para los defectuosos. Regularmente se castiga por (1) ser oficioso e entrometido o (2) ser demasiado tímido.

    Ejercicios

    1. ¿Por qué es tan difícil determinar si realmente hay una “crisis de agravios” en Estados Unidos?
    2. ¿Qué reformas se han realizado a la ley estatal de agravios?
    3. ¿Qué legislación federal afecta la seguridad del consumidor?

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