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10.4: Error

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    Objetivos de aprendizaje

    1. Reconocer bajo qué circunstancias una persona puede ser relevada de un error unilateral.
    2. Reconocer cuándo un error mutuo será motivo de alivio, y los tipos de errores mutuos

    Al discutir el fraude, hemos considerado las formas en que el engaño de la otra parte hace que un contrato sea nulo o anulable. Ahora examinamos las formas en que las partes podrían “engañarse” a sí mismas haciendo suposiciones que las llevan erróneamente a creer que han accedido a algo que no tienen. Un error es “una creencia sobre un hecho que no está de acuerdo con la verdad”. Reformulación (Segunda) de Contratos, Sección 151.

    Error de una sola parte

    Error Unilateral

    Donde una parte comete un error, es un error unilateral. La regla: normalmente, un contrato no es anulable porque una de las partes ha cometido un error sobre el tema (por ejemplo, el camión no es lo suficientemente potente como para transportar el remolque; el vestido no le queda bien).

    Excepciones

    Si un lado sabe o debe saber que el otro ha cometido un error, es posible que no lo aproveche. Una persona que comete el error de no leer un documento escrito generalmente no obtendrá ningún alivio, ni se otorgará alivio a alguien cuyo error sea causado por negligencia (un contratista se olvida de agregar en el costo del aislamiento) a menos que la parte negligente sufriera dificultades desmesuradas si el error no fuera corregida. Los tribunales permitirán corregir los errores de redacción de un contrato (“reforma”) para que el contrato refleje la intención de las partes. Sikora v. Vanderploeg, 212 S.w.3d 277 (Tenn. Ct. App. 2006).

    Error Mutuo

    En caso de error mutuo —ambas partes se equivocan sobre el tema del contrato— se podrá otorgar el alivio.

    La Reformulación establece tres requisitos para argumentar con éxito el error mutuo.Reformulación (Segunda) de Contratos, Sección 152. La parte que pretenda evitar el contrato deberá acreditar que

    1. el error se refiere a un “supuesto básico sobre el que se hizo el contrato”,
    2. el error tiene un efecto material en el intercambio convenido de actuaciones,
    3. la parte que busca el alivio no corre el riesgo del error.

    La suposición básica es probablemente lo suficientemente clara. En el famoso “caso de las vacas”, el demandado vendió al demandante una vaca —Rosa de Abalone— que ambos consideraban estéril y, por lo tanto, de menor valor que una vaca fértil (una prometedora vaca lechera joven en 2010 podría venderse por $1,800). Sherwood v. Walker, 33 N.W. 919 (1887). Justo antes de que la actora tomara a Rose del granero del acusado, la demandada descubrió que ella era “grande con ternero”; se negó a continuar con el contrato. El tribunal sostuvo que esto era un error mutuo de hecho— “una vaca estéril es sustancialmente una criatura diferente a una cría” y falló a favor del acusado. Que ella era infértil era “una suposición básica”, pero —por ejemplo— que el heno estaría fácilmente disponible para alimentarla a bajo costo no lo era, y si el heno hubiera sido caro, eso no habría viciado el contrato.

    Efecto Material en el Intercambio Acordado de Desempeño

    “Efecto material en el intercambio convenido de desempeño” significa que por el error mutuo, existe una diferencia significativa entre el valor que las partes pensaban que estaban intercambiando en comparación con lo que intercambiarían si se cumpliera el contrato, dados los hechos permanentes. Nuevamente, en el caso de las vacas, si se le hubiera exigido al vendedor pasar por el trato, habría renunciado mucho más de lo que esperaba, y el comprador habría recibido una inesperada inesperada no acordada.

    Partido que busca alivio no soporta el riesgo del error

    Supongamos que un navegador de fin de semana ve una pintura sentada en el piso de una tienda de antigüedades. El dueño dice: “¿Esa cosa vieja? Puedes tenerlo por $100”. El navegador lo lleva a casa, lo desempolva y lo cuelga en la pared. Un año después un visitante, experto en historia del arte, reconoce al ahorcamiento como un famoso El Greco perdido por un valor de 1 millón de dólares. La historia está encabezada; el anticuario está disgustado y afirma que el contrato de venta debe ser anulado porque ambas partes pensaban erróneamente que estaban peleando por una pintura “vieja, sin valor”. El contrato es válido. Se dice que el dueño corre el riesgo de equivocarse porque contrajo con conciencia consciente de su ignorancia: sabía que no sabía cuál podría ser el valor posible de la pintura, pero no sintió que mereciera la pena que se le tasara. Jugó que no valía mucho, y perdió.

    Llave para llevar

    Un error puede ser unilateral, en cuyo caso no se concederá ninguna reparación a menos que la otra parte sepa del error y se aproveche de ello. Un error puede ser mutuo, en cuyo caso se podrá otorgar desagravio si se trata de una suposición básica sobre la que se realizó el contrato, si el error tiene un efecto material en el intercambio pactado, y si la persona afectada negativamente no soportó el riesgo del error.

    Ejercicios

    1. ¿Por qué generalmente no se concede el alivio por errores unilaterales? ¿Cuándo se concede el alivio para ellos?
    2. Si hay un error mutuo, ¿qué tiene que mostrar la parte que busca el alivio para evitar el contrato?

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