El artículo 2-401 (1) de la UCC dice que, en general, “la titularidad de las mercancías pasa del vendedor al comprador de cualquier manera y en cualesquiera condiciones pactadas explícitamente por las...El artículo 2-401 (1) de la UCC dice que, en general, “la titularidad de las mercancías pasa del vendedor al comprador de cualquier manera y en cualesquiera condiciones pactadas explícitamente por las partes”. Muchas empresas especifican en sus acuerdos escritos en qué momento pasará el título; aquí, por ejemplo, hay una cláusula que aparece en los contratos de venta de Dow Chemical Company: “El título y el riesgo de pérdida en todos los bienes vendidos a continuación pasarán al Comprador al mo…