El artículo 4-403 (a) de la UCC establece que una firma no autorizada puede ser ratificada por el principal, y la Sección 3-406 dice que si la negligencia contribuyó a la alteración o falsificación de...El artículo 4-403 (a) de la UCC establece que una firma no autorizada puede ser ratificada por el principal, y la Sección 3-406 dice que si la negligencia contribuyó a la alteración o falsificación de un instrumento, la persona negligente no puede hacer valer falta de autoridad contra una HDC o una persona que de buena fe paga o toma el instrumento para el valor o para la recolección.