Ahora, en el caso aquí, después del accidente automovilístico, la peticionaria “subsiste” en los pagos por incapacidad del Seguro Social, y tiene casi 150 mil dólares en deuda, sin embargo, el tribuna...Ahora, en el caso aquí, después del accidente automovilístico, la peticionaria “subsiste” en los pagos por incapacidad del Seguro Social, y tiene casi 150 mil dólares en deuda, sin embargo, el tribunal le prohibió reclamar una descarga por dificultades de los préstamos estudiantiles. ¿Realmente tiene sentido este resultado? ¿Está bien fundada la preocupación del tribunal de que permitir este alivio posterior a la baja significaría “que una baja concursal es una licencia perpetua para dar de baj…