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20.4: Casos

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    Papel al Portador

    (Nota: esta es la opinión de un tribunal de primera instancia.)

    Chung contra New York Racing Ass'n

    714 N.Y.s.2d 429 (N.Y. Dist. Ct. 2000)

    Gartner, J.

    Un artículo publicado recientemente informó que una investigación sobre un posible lavado de dinero que se realizaba a través de los hipódromos operados por el acusado New York Racing Association fue motivada por un caso de lavado de dinero a pequeña escala en el que un ladrón de bancos de Queens utilizó dinero robado para comprar apuestas vales y luego cambiaron los vales por efectivo limpio. [Citación] El presente caso no implica ninguna cuestión de irregularidades, pero sí plantea una cuestión jurídica novedosa en cuanto a la negociabilidad de esos mismos vales cuando su posesión es obtenida por un ladrón o buscador. El demandado reconoce que “no hay casos a punto”.

    El demandado es una sociedad anónima privada constituida y organizada en Nueva York como una asociación de carreras sin fines de lucro de conformidad con [la ley de Nueva York]. El acusado es dueño y opera los hipódromos de pura sangre más grandes de Nueva York, el hipódromo de Belmont Park, el hipódromo Aqueduct y el hipódromo de Saratoga, donde realiza carreras de caballos de pura sangre y realiza apuestas mutuas en ellos de conformidad con una franquicia otorgada al demandado por el Estado de Nueva York.

    El demandante era un jugador de caballos de Belmont Park Racetrack. Acudió a la pista y compró al demandado un comprobante para su uso en máquinas SAMS. Como se explica en [Cita]:

    Además de aceptar apuestas realizadas en las ventanas de las instalaciones de parimutuel atendidas por empleados de las instalaciones, [algunas] instalaciones utilizan SAMS. Las SAMS son máquinas automatizadas que permiten a un apostante ingresar su apuesta insertando dinero, vales o tarjetas de crédito en la máquina, lo que le permite seleccionar el número o combinación que desea comprar. Se emite un boleto que muestra esos números.Nota de los autores: Las apuestas Pari-mutuel (del pari mutuel francés, es decir, apuesta mutua) son un sistema de apuestas en el que todas las apuestas de un tipo particular se colocan juntas en un grupo; se eliminan los impuestos y una toma de casa, y las probabilidades de pago se calculan compartiendo el pool entre todas las apuestas ganadoras.

    Cuando se utiliza un vale con el propósito de realizar una apuesta en una máquina SAMS, la máquina SAMS, después de deducir el monto apostado por el jugador de caballos durante la transacción en particular, proporciona al jugador de caballos, además de su boleto (s) de apuesta, un nuevo vale que muestra el saldo restante restante en el comprobante.

    En el presente caso, el desafortunado jugador de caballos partió de la máquina SAMS con sus boletos de apuestas, pero sin su nuevo bono —mostrando miles de dólares en valor restante— que inadvertidamente dejó sentado en la máquina SAMS. A los pocos minutos se dio cuenta de su error y se apresuró a regresar a la máquina del SAMS, sólo para encontrar el comprobante desaparecido. De inmediato notificó a un guardia de seguridad. Posteriormente, el personal del demandado confirmó rápidamente al demandante como el comprador original del comprobante perdido. El demandado colocó un “alto” computarizado en el comprobante. No obstante, quien se había topado con el comprobante en la máquina SAMS y lo había tomado había actuado aún más rápido: el comprobante había sido llevado a una ventana de vía cercana y “cobrado” en un minuto más o menos de que la actora lo hubiera dejado erróneamente en la máquina SAMS.

    El demandante ahora demanda al demandado, alegando que el demandado debería ser responsable por no haber “brindado alguna protección mínima a sus clientes” al verificar la identidad y propiedad de los vales antes de permitir su “retiro de efectivo”. El demandado, en respuesta, sostiene que el comprobante consiste en “papel al portador”, negociable por cualquiera que tenga posesión, y que no está obligado a los compradores de comprobantes a proporcionar dichos cheques de identidad o propiedad.

    A diferencia de los instrumentos como los cheques ordinarios, que normalmente se hacen pagaderos a la orden de una persona específica y, por lo tanto, se conocen como “papel de orden”, el papel al portador es pagadero al “portador”, es decir, quien camina portando (o “portando”) el instrumento. De conformidad con [el UCC de Nueva York] “[un] n instrumento es pagadero al portador cuando por sus términos es pagadero a... (c) 'efectivo' o la orden de 'efectivo', o cualquier otra indicación que no pretenda designar a un beneficiario específico”.

    Cada cupón de la Asociación de Carreras de Nueva York está etiquetado como “Vale en efectivo”. Cada cupón contiene la leyenda “Apuesta contra el Valor o Cambio por Efectivo”. Cada cupón también está codificado con ciertos símbolos de computadora que son legibles por las máquinas SAMS. Los vales por sus términos constituyen “papel al portador”.

    No cabe duda de que en virtud del Código de Comercio Modelo Uniforme [Revisión de 1990] el demandado sería “titular en su momento” del comprobante, considerado que lo había sacado libre de todas las defensas que pudiera plantear la parte actora. Como se observa en 2 White & Summers, Código Uniforme de Comercio pp. 225—226, 152—153 (4th ed.1995):

    Considera el robo de instrumentos al portador... [L] el ladrón puede hacer de su cesionario un tenedor simplemente por transferencia a alguien que da valor de buena fe. Si el cesionario del ladrón cobra el cheque y así da valor de buena fe y sin previo aviso de defensa alguna, ese cesionario será titular en su momento bajo 3-302, libre de todas las reclamaciones al instrumento por parte... de cualquier persona y libre de todas las defensas personales de cualquier anterior. Por lo tanto, el titular en su momento no será responsable en la conversión al verdadero propietario. ... Por supuesto, el dueño del cheque tendrá una buena causa de acción contra el ladrón, pero ninguna otra causa de acción. ...

    Si un instrumento es pagadero al portador... el poseedor del instrumento será un tenedor y, si cumple con las otras pruebas, un tenedor en su momento. Esto es así a pesar de que el instrumento pudo haber pasado por manos de un ladrón; el titular en su momento es uno de los pocos compradores en la jurisprudencia anglosajona que puede derivar un buen título de una cadena de título que incluye a un ladrón en sus eslabones.

    Sin embargo, el Código Modelo Uniforme de Comercio en su forma actual no está vigente en Nueva York. Nota de los autores: A partir de 2010, Nueva York es el único estado que aún no ha adoptado las revisiones de 1990 a los artículos 3 y 4; entretuvo un proyecto de ley en 2007 y 2008 que habría promulgado las revisiones de 1990 enmendadas por las enmiendas de 2002. No obstante, ese proyecto de ley fracasó. Keith A. Rowley, UCC Update [American Bar Association, Business Law Committee], disponible en www.Abanet.org/buslaw/committees/cl190000pub/newsletter/200901/subcomites/developments.pdf. En 1990, la Conferencia Nacional de Comisionados de Leyes Uniformes del Estado y el American Law Institute aprobaron un artículo 3 revisado. Este artículo 3 revisado nunca ha sido promulgado en Nueva York. El Comentario 1 al § 3-201 del [1990] Código Uniforme de Comercio, al comentar la diferencia entre éste y su predecesor (que aún está vigente en Nueva York), establece:

    Una persona puede llegar a ser titular de un instrumento... como resultado de un suceso que ocurra después de su emisión. “Negociación” es el término utilizado en el artículo 3 para describir este evento posterior a la emisión. ... Al definir “negociación” la antigua Sección 3-202 (1) utilizó la palabra “transferencia”, un término indefinido, y “entrega”, definida en la Sección 1-201 (14) para referirse al cambio voluntario de posesión. En cambio, los subapartados a) y b) [ahora] utilizan el término “transferencia de posesión”, y el inciso a) establece que la negociación puede ocurrir por una transferencia involuntaria de la posesión. Por ejemplo, si un instrumento es pagadero al portador y es robado por Ladrón o es encontrado por Buscador, Ladrón o Buscador se convierte en el titular del instrumento cuando se obtiene la posesión. En este caso hay una transferencia involuntaria de posesión que resulta en negociación a Ladrón o Buscador.

    Así, inicialmente aparecería que bajo el Código de Comercio Modelo Uniforme anterior, aún vigente en Nueva York, un ladrón o buscador de papel portador, como receptor de una transferencia involuntaria, no podía convertirse en “titular”, y por lo tanto no podía pasar la condición de titular en curso, o bien título, a alguien en el posición del demandado.

    Esta conclusión, sin embargo, no es sin duda. Por ejemplo, en 2 Anderson, Código Uniforme de Comercio § 3-202:35 (2do ed.1971), se observó que:

    El Código establece que el papel al portador se negocia por “entrega”. Esto es probable que engañe porque uno no se inclina a pensar en la adquisición de papel por parte de un buscador o un ladrón como una “transferencia voluntaria de posesión”.

    Al afirmar que la terminología del Código era “engañosa”, el tratado parece dar a entender que a pesar de la importancia literal de las palabras, lo contrario era cierto; la negociación se podía lograr mediante transferencia involuntaria, es decir, pérdida o robo.

    En [Citación], la División de Apelaciones determinó que el Casino Tropicana en Nueva Jersey se convirtió en titular a su debido tiempo de cheques de caja firmados con designaciones de beneficiario en blanco que un ladrón le había robado al demandado y negociado en el casino por valor después de completar la designación de beneficiario con su hermano -nombre de la ley. La División de Apelaciones, asumiendo sin discusión que el ladrón era un “titular” de los instrumentos robados y por lo tanto capaz de transferir buen título, sostuvo al demandado obligado a realizar el pago de los cheques robados. Accord [Citación] (servicio de cobro de cheques que, sin saberlo, tomó por valor de un ladrón interviniente el cheque de la actora, que el demandante había avalado en blanco y convertido así en un instrumento al portador, era titular a su debido tiempo del cheque, habiendo recibido buen título del ladrón).

    Presumiblemente, estos resultados han ocurrido debido a que los tribunales de Nueva York han interpretado implícitamente el término indefinido “transferencia” tal como se utiliza en [la U.C.C. anterior a 1990] § 3-202 (1) en el sentido de que incluye la transferencia involuntaria de posesión, de manera que como cuestión práctica el antiguo Código (todavía vigente en Nueva York) tiene la mismo significado que el nuevo Modelo de Código Uniforme de Comercio, que representa una aclaración más que un cambio en la ley.

    Este resultado tiene sentido. Un resultado contrario requeriría que todos los cesionarios de papel al portador lleven a cabo extensos procedimientos de verificación. El problema de imponer un requisito de verificación de identidad o propiedad a la negociación del papel al portador es que tal requisito impediría la libre negociabilidad que es la esencia del papel al portador. Tal como se celebró en [Citation (1970)],

    [Cuando] el título encomendado a un mensajero o agente deshonesto fuera papel al portador libremente negociable... el banco librado [no puede] ser considerado responsable de realizar el pago a quien presente un título negociable en forma de portador que pueda presumirse propiamente como poseedor [se omiten las citas].

    ... Además, el demandante en el presente caso sabía que el comprobante podría ser “Cambio [d] por efectivo”. El demandante admitió en el juicio que (1) cuando él mismo utilizó el comprobante antes de su pérdida, nunca se realizó ningún control de identidad o propiedad; y 2) no obstante continuó utilizándolo. Por lo tanto, el demandante no pudo sostener que tenía alguna expectativa de que el demandado tuviera alguna salvaguardia contra el uso no gravado del comprobante, o que hubiera tomado alguna acción basándose en el mismo.

    Este Tribunal se ve obligado a dictar sentencia negando la demanda de la parte actora, y a favor del demandado.

    preguntas de casos

    1. ¿El instrumento en cuestión era una nota o un borrador?
    2. ¿Cómo determinó el tribunal que era papel al portador?
    3. ¿Qué tendría que haber hecho el hipódromo si quisiera que la máquina dispensara papel de pedido?
    4. ¿Qué confusión surgió del uso que hacía la UCC antes de 1990 de las palabras “traslado” y “entrega”, lo cual fue aclarado por el uso que hizo el artículo 3 revisado de la frase “transferencia de posesión”? ¿Esto ofrece alguna idea de por qué se realizó el cambio?
    5. ¿Cómo —lo han hecho— los tribunales neoyorquinos resolvieron la cuestión de si un ladrón podría ser poseedor cuando el instrumento fue adquirido involuntariamente de su dueño anterior?

    Firma de Cajón Forjado, Indorsos Forjados, Payee Ficticio y Negligencia Comparativa

    Victory Clothing Co., Inc. v. Wachovia Bank, N.A.

    2006 WL 773020 (Penn. [Juzgado de Primera Instancia] 2006)

    Abramson, J.

    Antecedentes

    Se trata de una acción de subrogación interpuesta por la compañía aseguradora para que la demandante Victory Clothing, Inc. (“Victory”), recupere los fondos pagados a Victory bajo una póliza de seguro. Este asunto surge de los robos de la cuenta corriente comercial de Victory por parte de su gerente de oficina y contadora, Jeanette Lunny (“Lunny”). Lunny estuvo empleada por Victory durante aproximadamente veinticuatro (24) años hasta que renunció en mayo de 2003. Desde agosto de 2001 hasta mayo de 2003, Lunny depositó aproximadamente doscientos (200) cheques tirados en la cuenta corporativa de Victory por un total de $188.273.00 en su cuenta corriente personal en la demandada Wachovia Bank (“Wachovia”). El esquema de Lunny pedía dedicarse a “falsificaciones dobles” (discutido más adelante). Lunny prepararía los cheques en el sistema informático de la compañía, y haría los cheques pagaderos a vendedores conocidos de Victory (por ejemplo, Adidas, Sean John), a quienes en realidad no se debía dinero. Los cheques eran por montos en dólares que eran consistentes con los cheques legítimos a esos proveedores. Luego falsificaría la firma del dueño de Victory, Mark Rosenfeld (“Rosenfeld”), en el frente del cheque, y luego falsificaría el indorsement del beneficiario no deseado (los diversos vendedores de Victory) en el reverso del cheque. Los cheques no autorizados se sacaron en la cuenta bancaria de Victory en Hudson Bank (el “banco librado” o “banco pagador”). Después de forjar el indorsement del beneficiario, Lunny o bien indorso el cheque con su nombre seguido de su número de cuenta, o hizo referencia a su número de cuenta después del indorsement falsificado. Luego depositó los fondos en su cuenta bancaria personal en Wachovia (el “banco depositario” o “banco recaudador”).

    Al momento del fraude por parte de Lunny, las políticas y regulaciones de Wachovia con respecto a la aceptación de cheques para depósito siempre que “los cheques pagaderos a un beneficiario no personal puedan depositarse SÓLO en una cuenta no personal con el mismo nombre”. [Énfasis en original]

    Rosenfeld revisó mensualmente los estados de cuenta bancarios del Hudson Bank. No obstante, entre otras irregularidades observables, no logró detectar que Lunny había falsificado su firma en aproximadamente doscientos (200) cheques. Tampoco contaba con un procedimiento para hacer coincidir los cheques con las facturas.

    En su Denuncia, Victory hizo valer una demanda contra Wachovia de conformidad con el Código de Comercio de Pensilvania, [3-405]... [ella] establece, en la parte pertinente:

    Responsabilidad del empleador por indorsement fraudulento por empleado

    b) DERECHOS Y PASIVOS. -Para efectos de determinar los derechos y responsabilidades de una persona que de buena fe pague un instrumento o lo tome por valor o para cobranza, si un patrón le confiara a un empleado la responsabilidad respecto del instrumento y el empleado o una persona que actúe en concierto con el empleado realiza un indentación fraudulenta del instrumento, el indorso surtirá efecto como el indorso de la persona a quien se le deba pagar el instrumento si se hace a nombre de esa persona. Si la persona que paga el instrumento o lo toma por valor o por cobranza no ejerce los cuidados ordinarios al pagar o tomar el instrumento y ese incumplimiento contribuye sustancialmente a la pérdida resultante del fraude, la persona que lleva la pérdida podrá recuperarse de la persona que no haya ejercido los cuidados ordinarios para la medida en que la falta de ejercicio de la atención ordinaria contribuyó a la pérdida.

    En esencia, Victory sostiene que las acciones de Wachovia al aceptar los cheques pagaderos a diversos negocios para su depósito en la cuenta personal de Lunny fueron comercialmente irrazonables, contrarias a las propias reglas y regulaciones internas de Wachovia, y exhibieron una falta de cuidado ordinario.

    Discusión

    I. Falsificaciones dobles

    Como se indicó anteriormente, este caso involucra una situación de doble falsificación. Este asunto plantea una cuestión de primera impresión en los tribunales estatales de Pensilvania, a saber, cómo debe asignarse la pérdida en situaciones de doble falsificación. Una doble falsificación ocurre cuando el título negociable contiene tanto la firma de un fabricante falsificado [el cliente bancario] como un indorsement falsificado. El Código Uniforme de Comercio (“UCC” o “Código”) aborda la asignación de responsabilidad en los casos en que o bien se falsifique la firma del hacedor o donde se falsifique el indorso del beneficiario o titular. [Cita] (“el Código otorga un tratamiento separado a las firmas de cajón falsificadas... y a los indorments falsificados”). No obstante, los redactores de la UCC no abordaron específicamente la asignación de responsabilidad en situaciones de doble falsificación. ... Consecuentemente, se ha dejado a los tribunales para determinar cómo debe asignarse la responsabilidad en un caso de doble falsificación. ...

    II. El efecto de las revisiones de la UCC

    En 1990 se implementaron nuevas revisiones a los artículos 3 y 4 de la UCC (las “revisiones”). ... Las nuevas revisiones hicieron un cambio importante en el área de las falsificaciones dobles. Antes de las revisiones, la jurisprudencia era uniforme al tratar un caso de doble falsificación como un caso de firma de cajón falsificado [solo], con la pérdida cayendo [solo] en el banco librado. Las revisiones, sin embargo, cambiaron esta regla al cambiar a un enfoque comparativo de fallas. Bajo la versión revisada de la UCC, la pérdida en casos de doble falsificación se asigna entre el depositario y los bancos librados con base en la medida en que cada uno contribuyó a la pérdida. ...

    Específicamente, revisado § 3-405 de la UCC, titulado “Responsabilidad del empleador por el Indorsement fraudulento por empleado”, introdujo el concepto de culpa comparativa como entre el patrón del empleado/malversador deshonesto y el banco o bancos. Esta es la sección bajo la cual Victory demandó a Wachovia. El artículo 3-405 (b) establece, en la parte pertinente:

    Si la persona que paga el instrumento o lo toma por valor o por cobranza no ejerce los cuidados ordinarios al pagar o tomar el instrumento y ese incumplimiento contribuye sustancialmente a la pérdida resultante del fraude, la persona que lleva la pérdida podrá recuperarse de la persona que no haya ejercido los cuidados ordinarios para la medida en que la falta de ejercicio de la atención ordinaria contribuyó a la pérdida.

    Wachovia sostiene que esta sección sólo es aplicable en casos de indorments falsificados, y no en situaciones de doble falsificación. No obstante, al menos un tribunal ha determinado que las nuevas revisiones han hecho que el artículo 3-405 se aplique a situaciones de doble falsificación. “Nada en el lenguaje estatutario [UCC revisado] indica que, donde se falsifica la firma del cajón... el cajón se le impide de otra manera buscar la recuperación de un banco depositario bajo estas secciones” [Citación]... El Tribunal considera persuasivo el razonamiento y sostiene que... La victoria puede mantener su causa de acción contra Wachovia.

    III. La regla ficticia del beneficiario

    Lunny realizó los cheques fraudulentos pagaderos a vendedores reales de Victory con la intención de que no se les pague a los vendedores. Por lo tanto, Wachovia sostiene que la acción de Victory en su contra debería ser excluida por la regla ficticia del beneficiario bajo el UCC 3-404 [que] establece, en parte relevante:

    b) El beneficiario ficticio. Si una persona...... no pretende que la persona identificada como beneficiario tenga interés alguno en el instrumento o la persona identificada como beneficiario de un instrumento sea una persona ficticia, se aplicarán las siguientes reglas hasta que el instrumento sea negociado por indentación especial:

    (1) Toda persona en posesión del instrumento es su titular.

    (2) El indorso de cualquier persona a nombre del beneficiario que figure en el instrumento surtirá efecto como el indorso del beneficiario a favor de una persona que, de buena fe, pague el instrumento o lo tome por valor o para cobranza. ...

    La teoría bajo la regla es que dado que el indorsement es “efectivo”, el banco librado se justificó al cargar la cuenta de la compañía. Por lo tanto, [Wachovia argumenta] la pérdida debería recaer en la empresa cuyo empleado cometió el fraude.

    ... [Sin embargo] bajo la revisión UCC §§ 3-404 y 3-405, la defensa ficticia del beneficiario desencadena principios de culpa comparativa, por lo que la propia negligencia de un banco depositario puede ser considerada por el trier de hecho. ... Por lo tanto, con base en las razones anteriores, la defensa ficticia del beneficiario no ayuda a Wachovia en este caso.

    IV. Asignación de Responsabilidad

    Como se indicó anteriormente, la negligencia comparativa se aplica en este caso por las revisiones en el Código. Para determinar la responsabilidad de las partes, la Corte ha considerado, entre otras cosas [entre otras cosas], los siguientes factores:

    • Al momento del fraude por parte de Lunny, las políticas y regulaciones de Wachovia con respecto a la aceptación de cheques para depósito siempre que “los cheques pagaderos a un beneficiario no personal puedan depositarse SÓLO en una cuenta no personal con el mismo nombre”. [Énfasis en original]
    • Aproximadamente doscientos (200) cheques tirados en la cuenta corporativa de Victory se depositaron en la cuenta personal de Lunny en Wachovia.
    • Los primeros veintitrés (23) cheques fraudulentos se hicieron pagaderos a entidades que no eran fácilmente distinguibles como negocios, como “Sean John”. El cheque fechado el 17 de diciembre de 2001 fue el primer cheque fraudulento que se hizo pagadero a un beneficiario que claramente era un negocio, específicamente “Beverly Hills Shoes, Inc.”
    • En 2001, Victory tenía aproximadamente diecisiete (17) empleados, entre ellos Lunny.
    • Lunny había sido contadora de Victory desde aproximadamente 1982 hasta que renunció en mayo de 2003. Rosenfeld nunca tuvo problemas con la contabilidad de Lunny antes de renunciar.
    • Lunny ejerció el control primario sobre las cuentas bancarias de Victory.
    • Entre 2001 y 2003, los cheques que se generaron para realizar pagos a los vendedores de Victory fueron todos cheques computarizados generados por Lunny. Ningún otro empleado de Victory, que no fuera Lunny, supo generar los cheques computarizados, entre ellos Rosenfeld.
    • Los cheques fraudulentos se hicieron pagaderos a vendedores conocidos de Victory en cantidades que eran consistentes con cheques legítimos anteriores a esos proveedores.
    • Después de forjar el indorsement del beneficiario, Lunny o bien indorso el cheque con su nombre seguido de su número de cuenta, o hizo referencia a su número de cuenta después del indorsement falsificado.
    • Alrededor de diez (10) de aproximadamente trescientos (300) cheques mensuales fueron forjados por Lunny y depositados en su cuenta personal.
    • Rosenfeld revisó mensualmente sus extractos bancarios del Hudson Bank.
    • Rosenfeld recibió copias de los cheques cancelados de Victory del Hudson Bank mensualmente. No obstante, las copias de los cheques cancelados no estaban en su tamaño normal; en cambio, eran más pequeñas, con seis cheques (anverso y reverso) en cada página.
    • Los indorments falsificados se escribieron en banda larga, es decir, la propia letra de Lunny, en lugar de una firma corporativa estampada.
    • Victory no igualó sus facturas por cada cheque al final de cada mes.
    • Una firma de contabilidad externa realizó revisiones trimestrales de los registros contables de Victory, y luego se reunió con Rosenfeld. Esta revisión no fue diseñada para recoger fraude o apropiación indebida.

    Con base en lo anterior, la Corte determina que Victory y Wachovia son comparativamente negligentes.

    Con respecto a la negligencia de Wachovia, es claro que Wachovia fue negligente al violar sus propias reglas al depositar repetidamente cheques corporativos en la cuenta personal de Lunny en Wachovia. Los procedimientos estándar del banco comercial dictan que un cheque a pagar a una empresa sea aceptado únicamente en una cuenta corriente comercial con el mismo título que el negocio. Si un solo cajero en Wachovia hubiera seguido las reglas de Wachovia, el fraude se habría detectado ya el 17 de diciembre de 2001, cuando se presentó el primer cheque de beneficiario no personal creado fraudulentamente para su depósito en la cuenta de cheques personal de Lunny's. En cambio, Wachovia permitió que se depositaran otros ciento setenta y seis (176) cheques en la cuenta de Lunny's después del 17 de diciembre de 2001. El Tribunal determina que Wachovia no ejerció el cuidado ordinario, y ese fracaso contribuyó sustancialmente a la pérdida de Victory resultante del fraude. Por lo tanto, la Corte concluye que Wachovia es el setenta (70) por ciento responsable de la pérdida de Victory.

    Victoria, en cambio, también fue negligente en su supervisión de Lunny, y por no descubrir el fraude por casi un periodo de dos años. Rosenfeld recibió copias de los cheques cancelados, aunque de menor tamaño, mensualmente de Hudson Bank. Las copias de los cheques mostraban tanto el anverso como el reverso de los cheques. Rosenfeld fue negligente al no reconocer su propia firma falsificada en el frente de los cheques, además de no detectar el nombre y/o número de cuenta de su propio contable en el reverso de los cheques (que aparecieron demasiadas veces y en varios cheques de “beneficiarios” para ser visto como regulares por un negocio no negligente propietario).

    Además, hubo controles y saldos inadecuados en el proceso de mantenimiento de registros de Victory. Por ejemplo, Victory pudo haber asegurado que tuviera una adecuada segregación de deberes, es decir, que más de una persona estaría involucrada en cualquier actividad de control. Aquí, Lunny ejerció el control primario sobre las cuentas bancarias de Victory. Otro empleado de Victory, o el propio Rosenfeld, podría haber revisado el trabajo de Lunny. Además, Victory podría haber incrementado la cantidad de autorización que se necesitaba para realizar ciertas transacciones. Por ejemplo, cualquier cheque que estuviera por encima de un monto monetario umbral tendría que ser autorizado por más de un individuo. Esto garantizaría un control adicional sobre los cheques que fueran mayores en cantidades. Además, Victory no igualó sus facturas por cada cheque al final de cada mes. Cuando cualquier cheque fue creado por el sistema informático de Victory, el valor del cheque se asignó automáticamente a una cuenta de contabilidad general antes de que se pudiera imprimir el cheque. Los valores de la cuenta del libro mayor podrían haberse conciliado al final de cada mes con los cheques y facturas reales. Esto no habría sido demasiado oneroso ni costoso porque Victory ya contaba con el sistema informático que podía hacer esto en su lugar. Con base en lo anterior, la Corte concluye que Victory es también treinta (30) por ciento responsable de la pérdida.

    Conclusión

    Por todas las razones anteriores, la Corte determina que Wachovia es 70% responsable y Victory es 30% responsable de la pérdida de $188,273.00. Por lo tanto, Victory Clothing Company, Inc. recibe $131,791.10.

    preguntas de casos

    1. ¿Cómo funciona la estafa de doble falsificación?
    2. ¿Qué argumento hizo Wachovia sobre por qué no debería ser responsable de las dobles falsificaciones?
    3. ¿Qué argumento hizo Wachovia sobre por qué no debería ser responsable bajo la regla ficticia del beneficiario?
    4. ¿Qué cambio en el UCC revisado (de la versión anterior a 1990) invalidó los argumentos de Wachovia, a juicio del tribunal?
    5. ¿Qué factores parecen haber provocado que la corte decidiera que Wachovia era más del doble de responsable de la malversación de fondos que Victory?

    Participantes conjuntos e ingresos condicionales y restrictivos

    Wisner Elevator Company, Inc. v. Richland State Bank

    862 SO.2d 1112 (La. App. 2003)

    Gaskins, J.

    Wisner Elevator Company, Inc. [demandante] (“Wisner”), apelaciones de una sentencia sumaria a favor del demandado, Richland State Bank. En cuestión está el depósito de un cheque con un estado mecanografiado en el reverso que indique que una parte de los fondos se pague a un tercero. Afirmamos la sentencia del tribunal de primera instancia.

    Hechos

    El 13 de julio de 2001, la Tesorería de Estados Unidos, a través de la Agencia de Servicios Agrícolas, emitió un cheque por la cantidad de $17,420.00, hecho pagadero a Chad E. Gill. En la parte posterior del cheque se mecanografió lo siguiente:

    PAGAR A LA ORDEN DE RICHLAND STATE BANK PARA LA EMISIÓN DE UN CHEQUE DE CAJA PAGADERO A WISNER ELEVATOR POR LA CANTIDAD DE $13,200.50 Y PAGAR EL SALDO A CHAD GILL POR LA CANTIDAD DE $4,219.50.

    El 23 de julio de 2001, el cheque fue depositado en la cuenta corriente de Gill en Richland State Bank. La firma de Gill se encuentra en la parte posterior del cheque debajo del párrafo mecanografiado. No se emitió ningún cheque de caja a Wisner Elevator; en cambio, el monto total se depositó en la cuenta corriente de Gill según el boleto de depósito de Gill.

    ... El 28 de mayo de 2002, Wisner interpuso demanda contra el banco, alegando que su falta de aplicación de los fondos según el indorso restrictivo constituyó una conversión de la porción del cheque adeudado a Wisner bajo UCC 3-206 (c) (2) [que un banco depositario convierte un instrumento si paga con un indorsement “indicando el propósito de que el instrumento se recaude para el indorser o para una cuenta determinada”].

    [El banco] aseveró que el indorso al dorso del cheque era un indorso condicional e ineficaz bajo 3-206 (b), [que establece:]

    Un indorso que establezca una condición al derecho del indorsee a recibir el pago no afecta el derecho del indorsee a hacer valer el instrumento. Una persona que pague el instrumento o lo tome por valor o cobranza podrá desconocer la condición, y los derechos y pasivos de esa persona no se ven afectados por que se haya cumplido la condición.

    ... [T] el banco afirma la culpa del Tesoro de Estados Unidos..., al no hacer el cheque pagadero tanto a Gill como a Wisner. En la medida en que el indorso era condicional, el banco sostiene que era inaplicable; en la medida en que era restrictivo, sostiene que las restricciones fueron renunciadas por el indorser cuando depositó el monto íntegro del cheque en su propia cuenta corriente.

    Wisner... [declaró que] se le debía 13.200.50 dólares de Gill por semillas, productos químicos, suministros de cultivos y tarifas de tecnología de semillas agrícolas. [Señaló además que Gill nunca pagó los 13.200.50 dólares que debía y que Wisner no recibió un cheque de caja emitido en esa cantidad por Richland State Bank. ... De acuerdo con [el cajero bancario], Gill pidió depositar la totalidad del monto en su cuenta. Afirmó además que el banco desconocía que el indorsement fue escrito por alguien que no fuera Gill.

    ... El tribunal determinó que el indorsement mecanografiado colocado en el cheque era el indorsement del fabricante, no Gill. No obstante, cuando Gill firmó por debajo del indorsement, lo hizo su propio indorsement. El tribunal concluyó que Gill tenía la facultad y autoridad legales para instruir verbalmente que todo el producto se depositara en su cuenta. El tribunal declaró que mientras el indorso sea suyo, ya sea restrictivo o condicional, Gill tenía la facultad de ignorarlo, tacharlo o dar instrucciones contrarias. El tribunal concluyó además que el banco actuó correctamente cuando siguió las instrucciones verbales dadas por Gill al cajero y las instrucciones escritas en su boleta de depósito para depositar la totalidad del producto en la cuenta de Gill. En consecuencia, el tribunal dictó sentencia sumaria a favor del banco. Apelaciones Wisner. ...

    Discusión

    Wisner sostiene que el tribunal de primera instancia se equivocó al sostener que el banco podría hacer caso omiso de lo que Wisner caracteriza como un indorso especial y restrictivo en la parte posterior del cheque. Afirma que con arreglo al UCC 3-206, el monto pagado por el banco tuvo que ser “aplicado de manera consistente con” el indorso y que el incumplimiento del banco en el indorso lo hizo responsable ante Wisner. Según Wisner, Gill no tenía derecho a depositar el monto adeudado a Wisner en virtud de su propio indorsement especial y el banco convirtió el cheque por debajo del 3-420 acreditando el monto total en la cuenta de Gill.

    El banco argumenta que el indorsement era condicional y por lo tanto podría ignorarse de conformidad con el 3-206 (b). También afirma que nada en el cheque indicaba que el indorso fue escrito por alguien que no fuera Gill. Dado que el cheque se hizo pagadero a Gill, el indorso no era necesario a su título y podía ser ignorado, tachado o simplemente renunciado. El banco también afirma que Wisner no tenía ningún interés de propiedad en el cheque, no recibió la entrega del cheque y no tuvo reclamo de conversión bajo 3-420.

    Estamos de acuerdo con el banco en que el verdadero problema en este caso es el hecho de que el gobierno no haya emitido el cheque conjuntamente a Gill y Wisner como copagadores. Si el gobierno lo hubiera hecho, no habría duda del derecho de Wisner a una parte de los ingresos del cheque.

    Si bien la escritura en el dorso del cheque es referida como un indorsement, observamos que, de manera independiente, no se ajusta verdaderamente a la definición que se encuentra en 3-204 (a) [que establece]:

    “Indorsement” significa una firma, distinta de la de un firmante como hacedor, cajón o aceptador, que sola o acompañada de otras palabras se haga en un instrumento con el propósito de (i) negociar el instrumento, (ii) restringir el pago del instrumento, o (iii) incurrir en responsabilidad del indorser sobre el instrumento, pero independientemente de la intención del firmante, una firma y sus palabras acompañantes es un indorsement a menos que las palabras acompañantes, términos del instrumento, lugar de la firma u otras circunstancias indiquen inequívocamente que la firma se realizó con un fin distinto al indorsement.

    Este párrafo fue colocado en el dorso del cheque por el gobierno como el fabricante o cajón del cheque. En consecuencia, el banco argumenta que Gill como único beneficiario podría renunciar, ignorar o tachar el lenguaje.

    Si bien la jurisprudencia de Luisiana no contiene ningún caso similar que se refiera al Código Uniforme de Comercio, podemos buscar orientación en otras jurisdicciones... En [Citation, a New Jersey case] (1975), el cajón de un cheque colocó instrucciones en el dorso de varios cheques... de que los instrumentos no sean depositados hasta un fecha futura específica. No obstante, el beneficiario presentó algunos de los cheques anteriores a la fecha señalada en el reverso. El tribunal determinó que el cajón no tenía la capacidad de indorsar los instrumentos; en consecuencia las instrucciones mecanografiadas en los dorsos de los cheques no podían ser indorments. En cambio, eran “meramente peticiones a demandante que puede o no cumplir a su gusto. Las instrucciones no son vinculantes para el demandante ni para los titulares subsiguientes.” Es decir, el beneficiario podría ignorar las instrucciones.

    En el presente caso, el beneficiario hizo precisamente eso. Gill ignoró la escritura en el reverso del cheque e instruyó al cajero del banco demandado para que hiciera lo mismo a través de instrucciones verbales y escritas.

    Wisner sostiene que al colocar su firma debajo de la escritura en la parte posterior del cheque, Gill lo hizo su propio indorsement. Además, asevera que se trató de un indorso restrictivo, no condicional que podría ser desatendido conforme al 3-206. Wisner se basa en las disposiciones del 3-206 para la proposición de que el cheque tenía un indorsement restrictivo y que el banco convirtió el cheque porque no aplicó el monto que pagó de manera consistente con el indorsement. No obstante, el Comentario 3 al 3-206 establece, en parte pertinente:

    Este artículo no desplaza la ley de renuncia ya que puede aplicarse a los indorsos restrictivos. No se determinan en este artículo las circunstancias en las que podrá renunciar a un indorso restrictivo por quien lo realizó.

    No todas las jurisdicciones reconocen una doctrina de renuncia a los indorements restrictivos. [Citando casos de diversas jurisdicciones en los que un cliente bancario efectivamente solicitó al banco que hiciera caso omiso de un indorsement restrictivo; algunos casos afirmaron el concepto de que la restricción podía ser renunciada (ignorada), otros no. ]...

    En dos casos que surgieron bajo la ley pre-UCC, Louisiana reconoció que los indorments podían ser ignorados o tachados. En [Citación] (1925), la Corte Suprema de Luisiana sostuvo que el titular de un cheque podía borrar o tachar un indorsement restrictivo sobre un cheque que no fuera necesario para el título del titular. En [Citación] (1967), el tribunal declaró que una indentación errónea podría ser ignorada e incluso tachada por innecesaria para el título de la parte actora.

    Al igual que el tribunal de primera instancia, encontramos que cuando Gill colocó su firma bajo la escritura en la parte posterior del cheque, la hizo su propio indorsement. Encontramos además que el indorsement fue restrictivo, no condicional. Como indorso restrictivo propio de Gill, podría renunciar a ello y ordenar que el cheque, sobre el que fue designado como único beneficiario, se depositara en su cuenta en su totalidad.

    Afirmados.

    preguntas de casos

    1. Observe que el cheque se hizo pagadero a Chad Gill—él era el beneficiario designado en la parte frontal del cheque. Para evitar los problemas aquí, si el cajón (el gobierno de Estados Unidos) quería controlar los usos a los que se podría poner el cheque, ¿cómo debería haber nombrado al beneficiario?
    2. El tribunal sostuvo que cuando Gill “colocó su firma bajo el escrito en el reverso del cheque, la hizo su propio indicio”. Pero, ¿por qué no fue el indorso del cajón, el gobierno de Estados Unidos?
    3. Si el lenguaje del dorso se consideraba su propio indorso condicional (el instrumento no era válido a menos que se cumplieran las condiciones señaladas), ¿cómo podría desestimarse la condición por parte del banco?
    4. Si era su propio indorso restrictivo, ¿cómo podría ser ignorado por el banco?
    5. ¿Qué recurso tiene Wisner ahora?

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