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3.8: III Glosario

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    Rendición de cuentas: Ser responsable ante uno mismo y los demás por sus propias elecciones, decisiones y acciones medidas contra un estándar.

    Asignación: Atención rutinaria, actividades y procedimientos que se encuentran dentro del alcance autorizado de la práctica del RN, LPN/VN, o funciones rutinarias del personal de asistencia.

    Personal de asistencia (AP): Cualquier personal de asistencia (anteriormente denominado personal de asistencia “sin licencia” [UAP]) capacitado para funcionar en un rol de apoyo, independientemente de su título, en quien se pueda delegar una responsabilidad de enfermería. Esto incluye, pero no se limita a, asistentes o asistentes de enfermería certificados (CNA), técnicos de atención al paciente (PCT), asistentes médicos certificados (CMA), asistentes de medicamentos certificados y asistentes de salud en el hogar. [1]

    Comunicación en bucle cerrado: Un proceso que permite a la persona que da las instrucciones escuchar lo que dijo reflejado de nuevo y confirmar que su mensaje fue, de hecho, recibido correctamente.

    Retroalimentación constructiva: Retroalimentación solidaria que ofrece soluciones a áreas de debilidad.

    Delegado: Un RN, LPN/VN o AP que es delegado una responsabilidad de enfermería por un APRN, RN o LPN/VN que es competente para realizar la tarea y acepta verbalmente la responsabilidad.

    Delegación: Permitir que un delegado realice una actividad, habilidad o procedimiento específico de enfermería que esté más allá del rol tradicional del delegado pero en el que haya recibido capacitación adicional.

    Delegador: Un APRN, RN o LPN/VN que solicita a un delegado especialmente capacitado para realizar una actividad, habilidad o procedimiento específico de enfermería que está más allá del rol tradicional del delegado.

    Cinco derechos de delegación: Tarea correcta, circunstancia correcta, persona adecuada, dirección correcta y comunicación, y supervisión y evaluación correctas.

    Miembros del equipo de enfermería: Enfermeras registradas de práctica avanzada (APRN), enfermeras registradas (RN), enfermeras practicales/vocacionales licenciadas (LPN/VN) y personal de asistencia (AP).

    Ámbito de práctica: Procedimientos, acciones y procesos que un profesional de la salud puede llevar a cabo de acuerdo con los términos de su licencia profesional.

    Supervisión: Seguimiento adecuado de la actividad delegada, evaluación de los resultados de los pacientes y seguimiento con el delegado al finalizar la actividad.

    Titulación: Hacer ajustes a la dosis del medicamento según un protocolo establecido para obtener el resultado terapéutico deseado.


    1. American Nurses Association y NCSBN. (2019). Lineamientos nacionales para delegación de enfermería. [1]https://www.ncsbn.org/NGND-PosPaper_06.pdf

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