15.1: Miranda - Cuando el cumplimiento es obligatorio
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Suena bastante simple: Los oficiales deben obtener una renuncia y cumplir con las demás reglas de Miranda solo si quieren “interrogar” a alguien que está “bajo custodia”. 2 Como lo expresó la Suprema Corte de California, “Ausente del interrogatorio de custodia, Miranda simplemente no entra en juego”. 3
La claridad de esta regla es, sin embargo, ilusoria. De hecho, la mayoría de los oficiales han aprendido por experiencia que determinar si Miranda aplica puede ser un juego de azar. Esto se debe principalmente a que los tribunales han escrito cientos de opiniones en las que han definido, redefinido e interpretado los términos “custodia” e “interrogatorio” para despojarlos de sus significados cotidianos. Por ejemplo, un sospechoso que está siendo interrogado en la comodidad de su domicilio puede estar bajo custodia, mientras que la mayoría de los delincuentes condenados que están encerrados en cárceles estatales no lo están. Esta situación es especialmente problemática porque los oficiales necesitan saber exactamente cuándo necesitan una renuncia Miranda y, igual de importante, cuándo no.
Hay, por supuesto, una manera fácil para que los oficiales eviten este problema: Mirandizar a cada sospechoso que cuestionen. En efecto, así lo hacen en muchos programas de televisión. Pero los actores-policías pueden estar seguros de que los actores-delincuentes confesarán si está en el guión, mientras que los oficiales reales saben que Mirandizar a los verdaderos delincuentes a menudo hace que se vuelvan más cautelosos y menos propensos a derramar los frijoles. Después de todo, esas palabras ominosas — “Cualquier cosa que digas puede ser usada en tu contra en la corte”, no pretendían hacer que los sospechosos se sintieran conversadores. 4
En consecuencia, los oficiales a menudo se encuentran en un dilema: Si proporcionan una advertencia Miranda innecesaria, el sospechoso puede almejar. Pero si no dan ninguna advertencia o una tardísima, cualquier cosa que diga puede ser suprimido.
Afortunadamente, la situación ha mejorado últimamente ya que los tribunales han dejado claro que los oficiales deben cumplir con Miranda sólo si las circunstancias aledañas generaron el grado de intimidación que el procedimiento Miranda fue diseñado para paliar. Como resultado, los oficiales pueden ahora determinar cuándo se requiere el cumplimiento si están familiarizados con algunas reglas y conceptos que cubriremos en este artículo. Comenzaremos con los dos tipos de custodia: real y de facto. Después discutiremos el “interrogatorio” y las situaciones de custodia que están exentas de Miranda.
Custodia real
Siempre ha sido fácil determinar cuándo un sospechoso se encontraba en custodia real porque ocurre automáticamente en el momento en que los agentes le notifican que se encuentra bajo arresto. Como observó el Tribunal de Apelación, “ordinariamente asociamos el concepto de estar 'en custodia' con la noción de que uno ha sido formalmente detenido”. 5 Así, en Berkemer v. McCarty, la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó sumariamente que el acusado estaba bajo custodia “al menos desde el momento en que fue formalmente puesto bajo arresto”. 6
S USPECT EN CUSTODIA POR OTRO DELITO: Si el sospechoso fue detenido por un delito, se encuentra bajo custodia aunque los oficiales quisieran interrogarlo sobre un delito por el que aún no había sido detenido. 7 Esto es porque es la custodia —no el tema de la entrevista— lo que genera presión sobre un sospechoso que está siendo interrogado. Así, si un sospechoso hubiera sido detenido por robar una gasolinera, y si los oficiales quisieran interrogarlo sobre un robo a un banco, necesitarían una exención.
S USPECT LIBERADO: Un sospechoso detenido ya no se encuentra bajo custodia después de que fue puesto en libertad, ya sea por agentes de conformidad con el artículo 849 (b) del Código Penal, o después de pagar la fianza u obtener un quirófano. “Una vez liberado”, explicó el Tribunal de Apelación, “el sospechoso ya no se encuentra bajo las presiones intrínsecamente apremiantes de la custodia continua donde existe una posibilidad razonable de desgastar al sospechoso acosando tácticas policiales”. 8
Custodia de facto
A diferencia de la custodia real, la custodia de facto es un concepto bastante ambiguo porque ocurre siempre que las circunstancias circundantes se combinan para crear el “equivalente funcional” de una detención. 9 Para ser un poco más específicos, un sospechoso se encuentra bajo custodia de facto si su libertad hubiera sido restringida al “grado asociado a una detención formal”. 10 De esta manera, el Tribunal de Apelación señaló que el término custodia de facto es “un término del arte que describe cuando un ciudadano ha sido objeto de suficiente moderación por parte de la policía para exigir la entrega de advertencias Miranda”. 11
Reglas y principios
Si bien la custodia de facto es una situación oscura, generalmente es posible que los oficiales determinen si un sospechoso se encuentra en tal aprieto si siguen las reglas y principios en mente.
T HE PRUEBA DE PERSONAS RAZONABLES: Para determinar si un sospechoso estaba bajo custodia de facto, los tribunales aplican la prueba de “persona razonable”, es decir, buscan ver si una persona razonable en la posición del sospechoso habría creído que estaba bajo arresto. 12 Si es así, está bajo custodia. De lo contrario, no lo es. “[L] la única indagación relevante”, dijo la Suprema Corte, “es cómo un hombre razonable en la posición del sospechoso habría entendido su situación”. 13
Si bien la “persona razonable” es un fantasma, los tribunales le han equipado con dos peculiaridades significativas de la personalidad:
- EL OBJETIVO: Al determinar si se encuentra bajo custodia, la persona razonable considerará únicamente las circunstancias objetivas; es decir, las cosas que realmente vio y escuchó. 14
- ES INOCENTE: Al ser una persona razonable, no estuvo ni remotamente involucrado en la planeación o comisión del delito investigado. 15 Esto es significativo porque significa que “no tiene un estado mental culpable” 16 y por lo tanto verá las circunstancias mucho menos ominosamente que el perpetrador.
EL ESTADO DE MENTE DE LOS OFICIALES
Debido a que la persona razonable sólo considerará lo que vio o escuchó, es irrelevante que, sin que él lo supiera, los oficiales creyeran que era culpable, o que pensaban que tenían causa probable para detenerlo, o incluso que pretendían detenerlo al concluir la entrevista. 17
Por ejemplo, en Berkemer v. McCarty 18 un automovilista que había sido detenido por DUI sostuvo que estaba bajo custodia desde el momento en que el oficial lo vio tropezar de su automóvil. Eso se debió a que el oficial había testificado que, basado en el tropiezo y la mala conducción del sospechoso, había decidido detenerlo. Pero la Suprema Corte dictaminó que el plan de acción del oficial era irrelevante porque nunca lo comunicó al chofer.
De igual manera, en People v. Blouin 19 un agente acudió a la casa de Blouin para detenerlo por poseer un automóvil robado. Pero antes de ponerlo bajo arresto, el oficial le hizo algunas preguntas sobre el automóvil, y Blouin respondió haciendo una declaración incriminatoria. En apelación, Blouin argumentó que se encontraba detenido cuando fue interrogado porque el agente tenía la intención de detenerlo. Pero el tribunal dictaminó que no importaba lo que pretendiera hacer el oficial porque su “intención de detener o detener, si tal existiera de hecho, no había sido comunicada al acusado”.
T Restricciones Emporarias
Un sospechoso no está detenido simplemente porque sabía o creía razonablemente que no era libre de alejarse o moverse. Esto se debe a que una restricción temporal no es tan coercitiva o intimidante como las restricciones impuestas a los detenidos que serán transportados a la cárcel. Como señaló recientemente la Suprema Corte:
No todas las restricciones a la libertad de circulación equivalen a custodia para efectos de Miranda. Hemos declinado otorgar poder talismánico a la investigación sobre la libertad de movimiento, y en su lugar hemos hecho la pregunta adicional de si el entorno relevante presenta las mismas presiones inherentemente coercitivas que el tipo de cuestionamiento de la estación en cuestión en Miranda. 20
Así, el tribunal en People v. Pilster señaló que el tema “no es si una persona razonable creería que es libre de irse, sino más bien si esa persona creería que estaba bajo custodia policial del grado asociado con detención formal.” 21 De igual manera, en People v. Brown el tribunal dijo: “Incluso si hacemos la suposición de que el acusado consideró que no era libre de irse, desde luego no estaríamos justificados al asumir que sentía que estaba detenido”. 22 Esto no quiere decir que la libertad para salir sea irrelevante. Por el contrario, si una persona razonable en la posición del sospechoso hubiera creído que era, de hecho, libre de irse, el sospechoso necesariamente no estaría detenido. Así, el Segundo Circuito observó: “Tiene sentido comenzar cualquier análisis de custodia preguntando si una persona razonable habría pensado que era libre de abandonar el encuentro policial en cuestión. Si la respuesta es sí, la indagación Miranda está a su fin”. 23
Es importante no confundir la custodia Miranda con la custodia de la Cuarta Enmienda ya que están sujetos a diferentes pruebas. Específicamente, una persona se encuentra bajo custodia para efectos de la Cuarta Enmienda (es decir, “incautada”) si creía razonablemente que no era libre de irse. 24 Pero, como se señaló, tal restricción no constituye la custodia Miranda a menos que fuera tan severa que equivalía a una detención. Por ejemplo, si los oficiales interrogan a un sospechoso en la calle, y si esa persona creyó razonablemente que no era libre de irse, se le considera “detenido”. Pero, como se señaló, la custodia Miranda requiere más que una restricción temporal a la libertad. Así, al rechazar el argumento de que un detenido se encontraba bajo custodia Miranda, el tribunal en Estados Unidos v. Luna-Encinas señaló que, “[e] al aceptar que Luna-Encinas había sido 'incautado'. estamos convencidos de que una persona razonable en su posición no habría entendido que su libertad de acción se había visto restringida en un grado asociado con la detención formal.” 25
P OESTIONACIÓN DE NIÑOS: En 2011, la Suprema Corte dictaminó en J.D.B. v. Carolina del Norte que los oficiales que interroguen a menores sospechosos deben tomar la edad del sospechoso en cuenta para determinar si habría creído razonablemente que su libertad había sido restringida en la medida asociada a una detención. 26 El Tribunal observó que “un niño razonable sometido a interrogatorio policial a veces se sentirá presionado para presentarse cuando un adulto razonable se sienta libre de ir”.
Si bien es demasiado pronto para decir cómo interpretarán los tribunales a J.D.B., hay razones para creer que la edad de un menor tendrá poco o ningún significado cuando, como suele ser el caso, el menor tenía por lo menos 16 años. 27 Eso se debe a que, como observó el juez Alito en su opinión inconforme (que fue citada con aparente aprobación por la mayoría), “La mayoría de los menores que son sometidos a interrogatorios policiales son adolescentes que se acercan a la mayoría de edad. Es poco probable que las reacciones de estos acusados a la presión policial sean muy diferentes de la reacción de un típico joven de 18 años en circunstancias similares”. 28 Aún así, los agentes que están interrogando a menores no detenidos deben considerar informarles que son libres de irse. Ver “Cuestionamiento en comisarías” (“Eres libre de irte”), a continuación.
T LA TOTALIDAD DE LAS CIRCUNSTANCIAS: En esencia, sólo hay dos circunstancias que automáticamente harán que un sospechoso esté bajo custodia: (1) apuntarle con un arma de fuego, y (2) obligarlo a acudir a la comisaría para ser interrogado. Aparte de eso, dependerá de la totalidad de las circunstancias. 29 Como lo expresó el Tribunal de Apelación, “miramos la interacción y el efecto combinado de todas las circunstancias para determinar si en equilibrio crearon una atmósfera coercitiva tal que una persona razonable hubiera experimentado una restricción equivalente a una detención”. 30
Las circunstancias que probablemente encuentren los oficiales dependerán generalmente del escenario en el que se interrogó al sospechoso. Por ejemplo, si bien el esposado suele ser una circunstancia significativa cuando el sospechoso fue detenido en la calle, rara vez es un factor cuando el interrogatorio ocurrió en una comisaría. Por lo tanto, examinaremos las diversas situaciones en las que los oficiales interrogan a los sospechosos y, para cada uno, las circunstancias que comúnmente existen.
Cuestionamiento en comisarías
Comenzamos por el lugar en el que se obtienen más declaraciones incriminatorias: la comisaría. Si bien la mayoría de estas declaraciones son hechas por sospechosos que han sido detenidos (y que por lo tanto se encuentran claramente detenidos), los agentes suelen hacer arreglos para interrogar a los sospechosos no detenidos en las comisarías, generalmente porque es conveniente y puede dar a los oficiales una ventaja táctica.
Si bien una entrevista con un sospechoso no detenido no es privativa de libertad simplemente porque ocurrió en una comisaría 31, es una circunstancia relevante porque las personas que están visitando comisarías para discutir su culpabilidad o inocencia son más propensas a ser intimidadas por el entorno, que suele ser “policial- dominado” y tal vez incluso “frío” y “hostil”. 32 Por ello, los oficiales no sólo deben estar alerta por la coercitividad, deben tomar medidas afirmativas para reducirla.
V APARIENCIA OLUNTARIA: Como se señaló, es fundamental que el sospechoso consintiera voluntariamente ser interrogado en la estación. No importa si acompañó a oficiales en un carro de policía o si tomó el autobús, lo que cuenta es que lo hizo libremente. Como señaló la Suprema Corte de California, “Una persona razonable a la que se le pregunte si vendría a la comisaría a responder preguntas, y a quien se le ofrezca la opción de encontrar su propio transporte o aceptar un viaje de la policía, no sentiría que había sido detenido”. 33 De igual manera, el Noveno Circuito señaló: “Donde hemos encontrado un interrogatorio no privativo de libertad, hemos enfatizado que el acusado accedió a acompañar a los agentes a la comisaría o a una sala de interrogatorios”. 34
Por ejemplo, al dictaminar que los sospechosos no detenidos no estaban detenidos al ser interrogados en las comisarías, los tribunales han señalado lo siguiente:
- “Beheler accedió voluntariamente a acompañar a la policía a la casa de la estación”. 35
- “La policía no transportó a Alvarado a la estación ni requirió que compareciera en un momento determinado”. 36
- “[Los oficiales] solicitaron que viniera a la estación para una entrevista pero no exigieron que los acompañara”. 37
- “[El oficial] pidió al acusado que lo acompañara a su oficina para una entrevista y dijo 'si en algún momento necesitaba regresar, lo llevaríamos de regreso, para no preocuparnos por un aventón'”. 38
Pero aunque el sospechoso haya consentido técnicamente, su presencia en una comisaría se considerará involuntaria si se obtuvo por medio de coerción. Por ejemplo en Estados Unidos v. Slaight 39 nueve oficiales llegaron a la casa de Slaight para ejecutar una orden de cateo. Después de irrumpir “con pistolas y rifles de asalto listos”, le preguntaron a Slaight si “estaría dispuesto” a seguirlos hasta la comisaría para una entrevista. Estuvo de acuerdo y, en el transcurso de una entrevista unificada, hizo una declaración incriminatoria. El Séptimo Circuito dictaminó, sin embargo, que la declaración se obtuvo en violación a Miranda porque los oficiales “hicieron una demostración de fuerza al llegar a la casa de Slaight en masa”, y es “innegable” que la “presencia de fuerza armada abrumadora en la casita no pudo haber no logró intimidar a los ocupantes”.
“Y OU 'RE LIBRE PARA SALIR”: Si bien técnicamente no es un requisito absoluto, 40 oficiales que entrevistan a sospechosos no detenidos en las comisarías deberían comenzar por notificarles que son libres de irse. 41 Eso se debe a que tal consejo —comúnmente conocido como amonestación de Beheler 42 — se considera “prueba poderosa” de que el sospechoso no estaba detenido. 43
Hay, sin embargo, cuatro cosas sobre las admoniciones de Beheler que deben tenerse en cuenta. Primero, carecen de valor si parecía que, a pesar de lo que dijeron los oficiales, el sospechoso no era libre de irse. Como observó el Cuarto Circuito, “Efectivamente, no hay precedente para el argumento de que un agente de la ley simplemente declararle a un sospechoso que 'no está bajo arresto' es suficiente para poner fin a la investigación sobre si el sospechoso estaba 'en custodia' durante un interrogatorio”. 44
En consecuencia, los tribunales han dictaminado que, a pesar de las amonestaciones de Beheler, los sospechosos se encontraban detenidos cuando existían las siguientes circunstancias:
- Estaba esposado. 45
- Se le mantuvo bajo resguardo. 46
- Un oficial le dijo que sólo podía irse después de que les dijera la verdad. 47
- Al preguntar si estaba detenido, el oficial “evadió” la pregunta. 48
Obsérvese, sin embargo, que si bien las precauciones de seguridad vigentes en las comisarías (como escoltas y puertas que se cierran automáticamente) harían imposible que la mayoría de los sospechosos se marcharan a voluntad, estas no son circunstancias inusuales y, por lo tanto, no son un fuerte indicio de custodia. 49
Segundo, a pesar de que al sospechoso le dijeron que era libre de irse, es probable que se le considere detenido en el momento en que confesó o de otra manera razonablemente creyó que los agentes tenían causa probable para detenerlo y por lo tanto “no podría haber creído que en realidad lo dejarían ir”. 50 (Este tema también se discute en la sección “Tono de la entrevista”, a continuación.)
Tercero, puede ser necesario proporcionar múltiples asesorías de Beheler si la entrevista se había vuelto larga, sobre todo si también fue acusatoria. Como dijo el tribunal en People v. Aguilera, “[W] aquí, como aquí, un sospechoso niega reiteradamente la responsabilidad penal y la policía rechaza sus negaciones, confronta al sospechoso con pruebas incriminatorias, y continuamente presiona por la 'verdad', [a La amonestación de Beheler] sería un indicio significativo de que el interrogatorio seguía sin custodia”. 51
Cuarto, lo mejor es decirle al sospechoso que es libre de irse, en lugar de decir que no está detenido. 52 Esto se debe a que un sospechoso al que se le dice que es libre de irse necesariamente entenderá que no está bajo arresto, mientras que un sospechoso al que se le dice que no está bajo arresto no necesariamente entenderá que es libre de irse. De esta manera, el Octavo Circuito dijo que decirle a una sospechosa que es libre de irse “pesa mucho a favor de la no custodia. No obstante, cuando los oficiales informan a una sospechosa únicamente que no está detenida, [esta circunstancia] es menos determinante a favor de la no custodia”. 53
Q UBICACIÓN EN SALAS DE ENTREVISTAS: Oficiales que
interrogar a los sospechosos no detenidos en las comisarías suelen hacerlo en una sala de entrevistas. Esto se debe a que la mayoría de las salas de entrevistas son tranquilas y libres de distracciones, y también porque muchas están equipadas con micrófonos y cámaras ocultas.
Sin embargo, las salas de entrevistas se consideran un “ambiente inherentemente coercitivo” 54 porque el sospechoso está “cortado del mundo exterior” 55 y porque está en un lugar que casi siempre es crudo, sin ventanas y confinado. 56 De hecho, la Suprema Corte en Miranda v. Arizona dijo “es obvio que ese ambiente de interrogatorio no se crea con otro propósito que el de subyugar al individuo a la voluntad de su examinador”. 57
Por estas razones, el hecho de que el sospechoso haya sido interrogado en una sala de entrevistas es una circunstancia relevante para determinar si estaba detenido. 58 No es, sin embargo, una circunstancia significativa, sobre todo si al sospechoso le dijeron que era libre de irse y no había indicios contrarios. Así, en Verde v. Tribunal Superior el tribunal señaló: “A pesar de la cerradura en la puerta de la sala de entrevistas, las pruebas no obligan a concluir que el acusado no pudo haber salido siempre que hubiera querido durante la entrevista.” 59
También hay que señalar que los oficiales podrían ser capaces de reducir el carácter coercitivo de una sala de entrevistas, por ejemplo, explicándole al sospechoso que allí estaba siendo interrogado por estar callado o, como hicieron los oficiales en People v. Moore, colocando un objeto al lado de la puerta “para evitar que se cierre y cierre”. 60
T HE TONO DE LA ENTREVISTA: El comportamiento de los oficiales y el ambiente general de la entrevista son especialmente importantes porque una entrevista agresiva o confrontacional puede enviar el mensaje de que los oficiales tienen causa probable de detención. Por otra parte, el hecho de que los oficiales parecían estar simplemente buscando información del sospechoso es congruente con la noción de que era libre de irse. Por ejemplo, al dictaminar que los sospechosos no estaban detenidos, los tribunales han señalado lo siguiente:
- “En lugar de presionar a Alvarado con la amenaza de arresto y enjuiciamiento, [el oficial] apeló a su interés en decir la verdad y ser útil”. 61
- “Estas preguntas no eran acusatorias, y al acusado se le permitió en gran medida contar sus observaciones y acciones a través de la narrativa”. 62
- “Las preguntas se centraron en la información que el acusado había indicado que poseía más que en la posible responsabilidad del acusado por los delitos”. 63
- “[T] el tono de los oficiales a lo largo de la entrevista fue cortés y educado” y no le informaron que “lo consideraban culpable, o que contaban con las pruebas para acreditar su culpabilidad ante los tribunales”. 64
- El oficial “realizó su indagación en tono conversacional, y no hay pruebas de que planteara preguntas confrontacionales o presionara de ninguna manera al acusado”. 65
Esto no quiere decir que las entrevistas a la estación pasarán a ser custodiadas si los oficiales informaron al sospechoso que se había convertido en el “foco” de su investigación, o porque le contaron sobre las pruebas incriminatorias que habían obtenido hasta la fecha. Como observó la Suprema Corte, “Incluso una declaración clara de un oficial de que la persona interrogada es un sospechoso principal no es, en sí misma, dispositiva del tema de la custodia, pues algunos sospechosos son libres de ir y venir”. 66
Como discutiremos más adelante, informar a un sospechoso de las pruebas que tienden a incriminarlo normalmente no constituye “interrogatorio”. Y no es probable que lo ponga bajo custodia si se hizo de manera informativa-no acusatoria-. Así, en In re Kenneth S. 67 el tribunal dijo: “El hecho de que el detective Carranza dijera al demandado que contaba con información de que el demandado estuvo involucrado en el robo fue insuficiente por sí solo para constituir custodia y para contrarrestar estos otros factores”. De igual manera, los tribunales han dictaminado que una entrevista no fue puesta bajo custodia por el mero hecho de que oficiales le dijeron al sospechoso que contaban con información de que estaba involucrado en el robo investigado, 68 que sus huellas dactilares fueron encontradas en el lugar de un robo, 69 o que su sospechoso cómplice lo había nombrado como el perpetrador. 70
Si bien el mero hecho de informar al sospechoso de las pruebas de su culpabilidad no es apto para hacer una entrevista privativa de libertad, decir o dar a entender que esta evidencia constituye motivo de una detención inmediata probablemente lo hará. Por ejemplo, en People v. Boyer 71 el acusado acompañó a los agentes a la comisaría de Fullerton para hablar de un doble asesinato que se sospechaba de haber cometido. En el transcurso del interrogatorio, que el tribunal calificó de “intenso”, los oficiales le dijeron a Boyer que el hijo de las víctimas lo había identificado como el asesino, que los oficiales podían probar que lo hizo y que iba a “caer”. Boyer preguntó varias veces si estaba detenido, pero los oficiales “evadieron las preguntas” con la esperanza de “prolongar la entrevista”. Posteriormente confesó, pero el tribunal dictaminó que su confesión se obtuvo en violación a Miranda porque, “en un intenso interrogatorio que abarcó casi dos horas, llevaron al acusado a creer.. tenían las pruebas para demostrar su culpabilidad ante los tribunales. [Una] persona razonable en tales circunstancias sólo se habría considerado bajo arresto práctico”.
De igual manera, en People v. Aguilera 72 policías de San José recibieron una denuncia de que Aguilera estaba involucrada en un tiroteo relacionado con pandillas. Por lo que acudieron a su casa y obtuvieron su consentimiento para acompañarlos a la estación a hablar de ello. Al principio, Aguilera aseguró que no estaba involucrado en el tiroteo, momento en el que los oficiales lo llamaron mentiroso, dijeron que su historia era “tontería”, lo acusaron de “fabricar una coartada”, y le dijeron que sus huellas dactilares habían sido encontradas en uno de los autos utilizados por los tiradores. Después de que la entrevista avanzara de esta manera por un tiempo, Aguilera abandonó su historia y confesó. Pero el tribunal dictaminó que su confesión debió haber sido suprimida porque estaba bajo custodia. Entre otras cosas, el tribunal señaló que el interrogatorio “fue intenso, persistente, agresivo, confrontativo, acusatorio y, en ocasiones, amenazante e intimidante”. El tribunal agregó: “Aunque las tácticas y técnicas de los oficiales no parecen inusuales o irrazonables, las asociamos con el interrogatorio en toda regla de un detenido”.
L DURACIÓN DE LA ENTREVISTA: Aunque los tribunales suelen señalar la duración de la entrevista, este rara vez es un factor significativo a menos que su duración o intensidad fueran excesivas. Así, en People v. Morris, la Corte Suprema de California señaló que “[t] la entrevista fue bastante larga —una hora y 45 minutos— pero no, en su conjunto, particularmente intensa o confrontacional”. 73 De igual manera, en Estados Unidos v. Bassignani el Noveno Circuito señaló que, si bien un interrogatorio de dos horas y media estaba “en el extremo más alto” de situaciones que habían sido consideradas no privativas de libertad, “esto no era un maratón sesión diseñada para forzar una confesión, y por lo tanto concedemos menos peso a este factor”. 74
Cuestionando a detenidos
Otro escenario en el que los oficiales cuestionan frecuentemente a los sospechosos es la calle. Y si, como suele ocurrir, el sospechoso había sido detenido, los oficiales necesitarán saber si se requiere una renuncia Miranda. Aquí, la regla es directa: Aunque los detenidos son conscientes de que no son libres de irse o moverse, no están bajo custodia para fines Miranda si la restricción de su libertad fue aparentemente temporal y “comparativamente no amenazante”. 75 Como lo expresó el Tribunal de Apelación, “La detención temporal sólo se asemeja ligeramente a la custodia [Miranda], 'ya que la niebla se asemeja a la lluvia'”. 76 Una detención, sin embargo, pasará a ser privativa de libertad si el detenido fue “sometido a un trato que lo hizo 'en custodia' con fines prácticos”. 77 Esto ocurre normalmente si el interrogatorio había “dejado de ser breve y casual” y se había vuelto “sostenido y coercitivo”, 78 o si la libertad del detenido había sido “restringida en un grado asociado con la detención formal”. 79
H ANDPUÑOS: Cuando los oficiales detienen a un sospechoso, una de las primeras cosas que suelen hacer es esposarlo. Y debido a que esposar es una “característica distintiva” 80 o “sello” 81 de una detención, se ha argumentado que esposar a un detenido necesariamente lo pone en custodia para fines Miranda.
Sin embargo, los tribunales han rechazado sistemáticamente estos argumentos aduciendo que, debido a que la custodia depende de un examen de la totalidad de las circunstancias, puede haber circunstancias compensatorias que habrían comunicado al detenido que, a pesar de las esposas, no se encontraba detenido. Como explicó el Tribunal de Apelación, “los policías podrán atenuar suficientemente una exhibición inicial de fuerza, utilizada para efectuar una parada investigativa, de manera que no se requieran advertencias Miranda”. 82
Si bien no existen circunstancias requeridas, los casos parecen indicar que deben existir todos los siguientes:
- “NO ESTÁS ARRESTO”: Al momento o cerca del momento en que esposaron al detenido, los oficiales le dijeron que no estaba bajo arresto.
- EXPLICANDO LAS ESPOSAS: Los oficiales también explicaron por qué lo estaban esposando; e.g., se trataba simplemente de una medida temporal mientras realizaban una investigación adicional; por ejemplo, registraron un vehículo, ejecutaron una verificación de orden judicial, entrevistaron a testigos u otros sospechosos. Como señaló el Tribunal de Apelación, “[B] esposar a un detenido se vería menos como una detención formal si el agente entrevistador informara al detenido que las esposas son temporales y únicamente por motivos de seguridad”. 83.
- DURACIÓN DEL ESPOSADO: El detenido no fue esposado por un largo periodo de tiempo.
- NO HAY CIRCUNSTANCIAS SUPERIORES: No hubo otras circunstancias que hubieran indicado razonablemente que, a pesar de las seguridades del agente en sentido contrario, el sospechoso se encontraba detenido. Por ejemplo, en Estados Unidos v. Henley el tribunal dictaminó que un detenido estaba bajo custodia para fines Miranda porque estaba esposado y colocado en el asiento trasero de un carro patrulla. 84
D ARMA DE FUEGO RAWN: Un detenido que es interrogado a punta de pistola se encuentra claramente bajo custodia. 85 Un arma extraída, sin embargo, no tendría ningún efecto coercitivo si el detenido no la viera. 86 Además, aunque se exhibiera un arma antes de que el detenido fuera interrogado, se le podrá considerar no detenido si (1) el agente estaba justificado para sacar el arma de fuego, (2) el arma fue realojada antes de que el agente interrogara al detenido, y (3) no hubo otras circunstancias que indicó razonablemente que el detenido se encontraba bajo arresto. 87 Los oficiales pueden reducir aún más el efecto coercitivo de un arma de fuego extraída si, antes de cuestionar al detenido, explicaron por qué se había exhibido el arma.
K EEP MANOS A LA VISTA: Comandar a un detenido para que mantenga sus manos a la vista no es algo que se asocie a una detención (porque los detenidos suelen ser esposados), y por lo tanto no es una circunstancia significativa. 88
L DURACIÓN DE LA DETENCIÓN: Debido a que la mayoría de las detenciones son bastante breves, esta circunstancia rara vez es notable. 89
A FTER PAT BÚSQUEDA: Un detenido no se encuentra bajo custodia por el mero hecho de que los agentes lo registraron, aunque es una circunstancia relevante. 90
N UMBRE DE OFICIALES: El interrogatorio se considera más coercitivo —y por lo tanto es más indicativo de custodia— si el detenido fue confrontado por varios oficiales, sobre todo si varios agentes lo interrogaron. 91 Por el contrario, el Tribunal de Apelación observó recientemente: “Lógicamente, cuanto menor sea el número de oficiales que rodeen a un sospechoso, menos probable es que el sospechoso se vea afectado por las presiones de custodia”. 92
Por ejemplo, en People v. López el Tribunal de Apelación señaló lo siguiente al dictaminar que un detenido no estaba detenido: “Si bien había cuatro oficiales presentes, no se congregaban alrededor del acusado sino que estaban dispersos entre los tres sospechosos. Un solo agente se acercó y cuestionó al acusado”. 93 De igual manera, otros tribunales que han abordado este tema han señalado que “sólo dos de [los oficiales] participaron en el interrogatorio; los demás permanecieron separados”, 94 y aunque la sospechosa “sí se encontró con múltiples agentes”, ella “no fue confrontada por ellos simultáneamente”. 95
T UNO DE LA ENTREVISTA: Los oficiales que están cuestionando a un detenido suelen adoptar un tono amistoso porque buscan su cooperación voluntaria. En consecuencia, el tono de la mayoría de esas entrevistas rara vez es coercitivo. Si, sin embargo, sus preguntas se volvieran acusatorias, esto sería muy relevante. 96 Véase también “Cuestionamiento en comisarías” (Tono de la entrevista), arriba.
P OESTIONACIÓN EN AUTOS POLICIALES: Por diversas razones, los agentes a veces interrogan a los detenidos en carros de policía; por ejemplo, afuera hacía frío, oscuro, ventoso o lluvioso. 97 Si bien esto no hará que la entrevista sea privativa, 98 es una circunstancia relevante si se requirió que el detenido se sentara en el asiento trasero enjaulado, a diferencia del asiento del pasajero delantero o un asiento trasero que no estaba enjaulado. 99 Además, un detenido que sea interrogado detrás de una jaula casi siempre será considerado bajo custodia si fue esposado. 100
“Y OU 'RE LIBRE PARA SALIR”: Los oficiales generalmente podrán eliminar cualquier coacción resultante de una detención informando al sospechoso en términos no inciertos que la detención ha concluido y que ahora es libre de irse. Después de determinar que entiende esto, los oficiales podrán recabar su consentimiento para responder preguntas adicionales; y si acepta hacerlo, es probable que el encuentro se considere no privativo de libertad. Este tema se aborda en la sección “Cuestionamientos en comisarías” (“Eres libre de irte”), arriba.
Cuestionamiento en el domicilio del sospechoso
El escenario menos coercitivo en el que los oficiales interrogarán a un sospechoso es la casa del sospechoso. 101 Como observó el Sexto Circuito en Estados Unidos v. Panak, el hogar de una persona “es el único lugar donde los individuos se sentirán más desenfrenados”. 102 Por esta razón, una renuncia Miranda rara vez es necesaria a menos que, como discutiremos ahora, los oficiales dijeran o hicieran algo que cambiara drásticamente el ambiente.
H ANDESPOSAR, CONDUCTA AUTORIZANTE: El cuestionamiento que se produzca en el domicilio del sospechoso se considerará custodial si los oficiales esposaron al sospechoso o se condujeron de otra manera, no como visitantes que buscan información, sino como ocupantes de la locales. Como explicó el Sexto Circuito:
Incluso cuando un interrogatorio se lleva a cabo en el entorno familiar de un hogar, éste aún puede pasar a ser custodial sin que el oficial tenga que ponerle esposas al individuo. El número de oficiales, la muestra de autoridad, la conspicua exhibición de armas extraídas, la naturaleza del cuestionamiento pueden transformar el castillo en una celda de interrogación, convirtiendo un ambiente intrínsecamente cómodo y familiar en uno que una persona razonable percibiría como indebidamente hostil, coercitivo y que restringan la libertad. 103
Eso fue exactamente lo que sucedió en Orozco v. Texas 104 cuando cuatro policías de Dallas acudieron a la casa de Orozco a las 4 de la mañana para interrogarlo sobre un asesinato ocurrido unas horas antes. Fueron ingresados a la casa por una mujer que dijo que Orozco dormía en su habitación, donde sobre los cuatro oficiales entraron a la habitación, despertaron a Orozco, y lo interrogaron en su cama sobre el asesinato. Finalmente obtuvieron una declaración incriminatoria, pero la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó que la declaración se obtuvo en violación a Miranda porque, aunque Orozco fue “interrogado en su propia cama, en un entorno familiar”, la situación total, especialmente la autoritaria de los oficiales conducta— demostró que se encontraba bajo custodia.
De igual manera, en People v. Benally 105 dos oficiales en Sunnyvale acudieron a la habitación del hotel Benally para interrogarlo sobre una violación que había ocurrido esa tarde. Uno de los oficiales sacó su pistola, abrió la puerta con una llave de paso y ordenó a Benally que levantara la mano. Después de determinar que Benally no estaba armado, el oficial enfundió su arma. Entonces, sin obtener una renuncia Miranda, lo cuestionó y obtuvo alguna información incriminatoria. Pero el tribunal dictaminó sumariamente que la información se obtuvo en violación a Miranda porque la conducta de los oficiales hizo que el encuentro fuera custodial.
E XECUTING WARRANTS DE BÚSQUEDA: Es especialmente probable que el hogar de un sospechoso sea considerado como custodio si los oficiales han hecho una entrada no consensuada para ejecutar una orden de registro o realizar una búsqueda de libertad condicional o libertad condicional. Esto se debe principalmente a que los oficiales generalmente habrán tomado el control completo del hogar —y de todos los que están en él— para fines de seguridad de oficiales. Por ejemplo, al dictaminar que el interrogatorio a domicilio de un sospechoso no detenido fue de custodia luego de que agentes ingresaran para ejecutar órdenes de cateo, los tribunales han señalado lo siguiente:
- “[N] ine oficiales condujeron hasta la casa, irrumpieron con un ariete golpeador, entraron con pistolas y fusiles de asalto listos, y cuando encontraron a [el sospechoso] desnudo en su cama le ordenaron en tono autoritario y pistolas le apuntaron, que levantara las manos”. 106
- “La casa de Craighead se había convertido en un ambiente dominado por la policía. Escoltado a un trastero en su propia casa, sentado en una caja y observando a un guardia armado junto a la puerta, Craighead creía razonablemente que simplemente no había ningún lugar a donde ir”. 107
- La casa del sospechoso “fue inundada” con más de 23 agentes del FBI, y el sospechoso “fue despertado a punta de pistola y custodiado en todo momento”. 108
- En contraste, los tribunales han señalado lo siguiente al dictaminar que el interrogatorio por parte de los oficiales durante la ejecución de las órdenes de cateo no fue privativo:
- Un agente del FBI le dijo al sospechoso que “no estaba detenido y que era libre de irse” y que no había circunstancias contradictorias. 109
- “[T] a los oficiales informaron específicamente a Sutera que no estaba detenido, que no tenía que responder a sus preguntas, y que era libre de moverse por el departamento o irse en cualquier momento que quisiera”. 110
- “[T] aquí no hay nada que sugiera que los oficiales actuaran de manera hostil o coercitiva”. 111
Cuestionamiento en cárceles
Los oficiales a veces querrán interrogar a los internos de prisiones estatales sobre delitos que ocurrieron antes de ser encarcelados; y los oficiales correccionales a menudo querrán interrogarlos sobre delitos que ocurrieron dentro de las instalaciones, como agresión a otro recluso o posesión de drogas u otro contrabando. A primera vista, podría parecer que cualquiera que esté encerrado en prisión estaría automáticamente bajo custodia. Pero tras un examen más detenido, se hace evidente que no lo son.
El motivo es que un recluso que es interrogado por oficiales no es tan vulnerable a la presión como una persona que recientemente había sufrido el “agudo y siniestro” 112 cambio de circunstancias que resulta de una detención. Como explicó recientemente la Suprema Corte en Howes v. Fields, “[L] las restricciones ordinarias de la vida carcelaria, aunque sin duda desagradables, son esperadas y familiares y por lo tanto no implican las mismas presiones inherentemente apremiantes” que las que resultan cuando “una persona es detenida en su domicilio o en la calle y trasladada a una comisaría para ser interrogada”. 113 Además, la Corte señaló que, a diferencia de los detenidos, los internos saben que, independientemente de lo que digan a los agentes que los interrogan, no estarán saliendo por las puertas del penal cuando termine la entrevista y, así, es “poco probable que sean atraídos a hablar por un anhelo de pronta liberación”.
Por estas razones, la Corte dictaminó que los internos de la prisión están detenidos sólo si fueron interrogados en circunstancias que presentaban “las mismas presiones inherentemente coercitivas que el tipo de interrogatorio de comisaría en cuestión en Miranda”. 114 Es decir, los internos serán considerados bajo custodia únicamente si fueron sometidos a presiones y restricciones a su libertad por encima y más allá de las que son inherentes a la instalación. O, como explicó el Noveno Circuito en un caso que anticipaba Campos:
En la situación carcelaria [Miranda “custodia”] implica necesariamente un cambio en el entorno del preso lo que se traduce en una imposición añadida a su libertad de circulación. Así, la restricción es un concepto relativo, no determinado exclusivamente por la falta de libertad para salir. Más bien, miramos a algún acto que ponga más limitaciones al preso. 115
En consecuencia, las entrevistas a los internos se han considerado no privativas de libertad cuando existieron todas las siguientes circunstancias:
- “PUEDES REGRESAR A TU CELULAR”: Al interno le dijeron que podía salir de la habitación o regresar a su celda cuando quisiera. Esta es la circunstancia “más importante”. 116
- NO ESPOSAS: El recluso fue colocado esposado.
- TONO DE LA ENTREVISTA: La entrevista no fue larga ni muy acusatoria.
- UBICACIÓN DE ENTREVISTA: La entrevista se realizó en un entorno familiar o cómodo, como una sala de conferencias o biblioteca. 117
Por ejemplo, en Estados Unidos v. Menzer el tribunal dictaminó que un recluso que fue interrogado por agentes del FBI sobre acusaciones de abuso de menores no estaba bajo custodia porque:
[T] el acusado compareció voluntariamente en las entrevistas, no fue retenido de ninguna manera, la habitación estaba bien iluminada, había dos ventanas que exponían la sala de entrevistas al área de la oficina administrativa del penal, se desbloqueó la puerta de la sala de entrevistas y [un agente del FBI] le dijo al acusado que estaba libre para salir en cualquier momento. 118
Cuestionamiento en cárceles
A diferencia de los presos estatales, muchos internos de la cárcel no han sido encarcelados el tiempo suficiente para que las “restricciones ordinarias” se hayan vuelto “esperadas y familiares”. 119 Así, para determinar si un recluso de la cárcel se encuentra bajo custodia para fines Miranda, los oficiales deben considerar primero si fue un cronometrador o detenido en prisión preventiva.
T IME - SERVIDORES: Debido a que los internos que están cumpliendo una sentencia en la cárcel han sido normalmente encarcelados a lo largo del tiempo que fue necesario para resolver sus casos (generalmente varios meses o incluso años), la mayoría de ellos no se encuentran automáticamente en custodia, lo que significa que su estatus dependerá de las circunstancias relativas a las entrevistas en los centros penitenciarios; por ejemplo, si se les dijo que podían regresar a sus celdas cuando quisieran.
U NPENDENADOS: Es más difícil determinar el estado de custodia de los detenidos no sentenciados porque la duración de su encarcelamiento puede variar de unas horas a varios años. En consecuencia, los oficiales deberán considerar las siguientes circunstancias:
DURACIÓN DEL ENCARCAMIENTO: La duración del encarcelamiento del recluso es una circunstancia significativa porque cuanto más larga sea la estancia, más se habrían vuelto esperadas y familiares las restricciones de la cárcel. De ello se deduce que si el recluso hubiera sido registrado recientemente o de otra manera aún no se hubiera establecido en una rutina, probablemente se le consideraría bajo custodia independientemente de las circunstancias circundantes. En cuanto a los detenidos que llevan meses o años en espera de juicio, parecería que no se encuentran automáticamente en custodia, y que su situación de custodia, por lo tanto, dependería de un análisis de las circunstancias que se tratan en el apartado de entrevistas penitenciarias.
Existe, de hecho, un caso pre- Fields California— People v Macklem— en el que el Tribunal de Apelación dictaminó que un detenido no sentenciado no estaba “bajo custodia” para fines Miranda cuando estaba cuestionado sobre un asalto a la prisión. 120 El análisis del tribunal en Macklem fue casi idéntico al del Tribunal en Fields, incluyendo la observación del tribunal Macklem de que el acusado no estaba esposado y “se le dio la oportunidad de salir de la habitación si solicitaba hacer así.”
ENCARCELACIONES PREVIAS: Es discutible que la condición de un recluso no sentenciado también dependería de si había sido previamente encarcelado en la instalación y, de ser así, la cantidad de tiempo que había pasado allí. Eso se debe a que los viajeros frecuentes pueden ver su cárcel local como un hogar lejos del hogar.
DELITO MISMO O DIFERENTE: El hecho de que el recluso fuera cuestionado sobre un delito no relacionado con aquel por el que había sido encarcelado es relevante porque una persona razonable en su cargo sabría que los oficiales que lo estaban cuestionando no tenían la facultad de liberarlo; es decir, él “es poco probable que se vea atraído a hablar por un anhelo de pronta liberación”. 121
Cuestionamiento en otros lugares
El cuestionamiento que ocurre en los siguientes lugares no es inherentemente coercitivo y, por lo tanto, no es apto para hacer que una entrevista sea privativa de libertad:
lugares públicos, 122 ambulancias, 123 hospitales, 124 oficinas de libertad condicional y libertad condicional, 125 el lugar de trabajo del sospechoso. 126
En cuanto a las salas de audiencia, un acusado o testigo que sea interrogado en audiencia pública no se encuentra bajo custodia para fines Miranda aunque en ese momento estuviera encarcelado. Como observó el Noveno Circuito, “el contrainterrogatorio por parte de un fiscal, realizado en público y en presencia tanto de juez como de jurado, no equivale a un interrogatorio privativo por parte de la policía”. 127
Por último, cabe señalar que, independientemente de dónde se ubicara el sospechoso cuando fue interrogado, no estará detenido si el agente le platicaba por teléfono. Esto se debe a que el sospechoso puede terminar la conversación simplemente colgando. Como observó la Corte Suprema de California en People v. Mayfield, “[Un] n oficial que está hablando con un sospechoso en estas condiciones no está físicamente en presencia del sospechoso y por lo tanto carece de control inmediato sobre el sospechoso, quien conserva un título de libertad de acción inconsistente con una detención formal.” 128
“Interrogatorio”
Aun cuando un sospechoso estuviera bajo custodia, no se requiere una renuncia Miranda a menos que los oficiales planearan “interrogarlo” de inmediato. “Es claro”, dijo la Suprema Corte, “que se requieren las garantías procesales especiales señaladas en Miranda no cuando un sospechoso es simplemente detenido, sino donde un sospechoso bajo custodia es sometido a interrogatorio”. 129 ¿Qué es entonces el “interrogatorio”?
En realidad, hay dos tipos: directo e indirecto. El interrogatorio directo es simplemente cualquier solicitud de información sobre el delito que están investigando los oficiales; por ejemplo, “¿Qué hizo con todo el dinero, señor Madoff?” 130 En contraste, el interrogatorio indirecto, también conocido como el “equivalente funcional” del interrogatorio, se define en términos generales como cualquier “práctica que la policía debe conocer es razonablemente probable que provoque una respuesta incriminatoria”. 131 No es sorprendente que casi todos los litigios en esta materia se refieran a interrogatorios indirectos.
Principios generales
Para determinar si los oficiales que realizan interrogatorios indirectos, los tribunales aplican los siguientes principios:
R EASONABLEMENTE PROBABLE: El interrogatorio indirecto no resulta simplemente porque había una “posibilidad” de que las palabras del oficial hubieran llevado al sospechoso a hacer una declaración incriminatoria, o porque el oficial esperaba que lo hicieran. En cambio, solo resulta si el oficial sabía o debió haber sabido que una respuesta incriminatoria era razonablemente probable. Como lo expresó la Suprema Corte de California:
No toda pregunta dirigida por un oficial a una persona detenida equivale a un “interrogatorio” que requiere advertencias Miranda. El estándar es si bajo todas las circunstancias involucradas en un caso dado, es razonablemente probable que las preguntas susciten una respuesta incriminatoria del sospechoso. 132
L TINTA ENTRE LA PREGUNTA Y EL DELITO: Una pregunta no es apta para constituir interrogatorio a menos que haya algún vínculo fáctico entre ésta y el delito investigado. 133
LA INTENCIÓN DE LOS OFICIALES: Si los oficiales pretendían obtener una declaración incriminatoria, sus palabras probablemente serían consideradas interrogantes porque habrían sabido que una respuesta incriminatoria era razonablemente probable. 134 Por otra parte, el hecho de que los oficiales no tuvieran tal intención es irrelevante si una respuesta incriminatoria era razonablemente probable. 135
UTILIZANDO TÁCTICAS DE INTERROGACIÓN: Utilizar tácticas de interrogatorio como “policía bueno-policía malo” probablemente constituiría interrogatorio porque el objetivo es obtener una información incriminatoria y, por lo tanto, una incriminación la respuesta hubiera sido razonablemente previsible. 136
E XPLOITING VIOLIDADES: Es probable que explotar las debilidades, temores u otras vulnerabilidades de un sospechoso para obtener una declaración, especialmente las vulnerabilidades extremas, haga que una entrevista sea custodiada porque una respuesta incriminatoria es razonablemente probable. En palabras de la Suprema Corte, “Cualquier conocimiento que pueda haber tenido la policía sobre la inusual susceptibilidad de un acusado a una determinada forma de persuasión podría ser un factor importante para determinar si la policía debió haber sabido que sus palabras o acciones eran razonablemente probables de provocar una respuesta incriminatoria”. 137
En la discusión que sigue, mostraremos cómo los tribunales aplican estos principios para determinar si las palabras o conducta de un funcionario constituyeron interrogatorio.
Acusaciones
Acusar a un sospechoso de haber cometido el delito investigado casi siempre constituirá interrogatorio por la probabilidad de que responda diciendo algo incriminatorio. Eso fue lo que pasó en In re Albert R. cuando un oficial, habiendo detenido a Albert por robo de auto, dijo “[t] sombrero era una cosa fría que le hiciste a [tu amigo], vendiéndole ese auto caliente”. Albert respondió: “Sí, pero gané el dinero al final”. No en vano, el tribunal suprimió la admisión alegando que las palabras del oficial constituían interrogatorio. 138
También resultará el interrogatorio si los oficiales dispusieron que alguien más hiciera la acusación en su presencia. Por ejemplo, en People v. Stewart 139 un oficial trajo a dos sospechosos de robo, Clements y Stewart, a una sala de entrevistas e instruyó a Clements a leer en voz alta su confesión escrita en la que también implicó a Stewart. En el juicio de Stewart, se permitió a los fiscales presentar pruebas de que Stewart no negó la alegación de Clements, pero el tribunal dictaminó que esto violó a Miranda porque Clements hizo la acusación mientras actuaba como interrogador sustituto.
Enfrentando con pruebas
A diferencia de las acusaciones, el mero hecho de informar al sospechoso de las pruebas de su culpabilidad no constituirá interrogatorio si se hizo de manera breve, fáctica y desapasionada. 140 Como observó el Noveno Circuito en Estados Unidos v. Hsu:
[O] las presentaciones subjetivas y sin distorsiones por parte de la policía de las pruebas contra un sospechoso son menos constitucionalmente sospechosas que el interrogatorio continuo porque el riesgo de coerción disminuye cuando no se obtiene información directamente. 141
Por ejemplo, en People v. Gray un oficial que acababa de detener a Gray por asesinato, le contó “pruebas considerables que apuntan a su participación en la muerte”. Al dictaminar que esto no constituía interrogatorio, el tribunal señaló que “la transcripción refleja que la recitación [del oficial] de los hechos fue exacta, desapasionada y no remotamente amenazante”. 142
De igual manera, en Shedelbower v. Estelle oficiales estaban a punto de salir de una sala de entrevistas después de que el acusado, sospechoso de una violación y asesinato, hubiera invocado su derecho Miranda a ser abogado. Al reunir sus papeles, uno de ellos informó a Shedelbower que su cómplice también había sido detenido, y que una de sus víctimas había identificado su foto como uno de los hombres que la violaron y asesinaron a su amiga. Al dictaminar las palabras del oficial no constituyeron interrogatorio, el Noveno Circuito señaló que “no llamaron ni provocaron una respuesta incriminatoria. No eran el tipo de comentarios que alentarían a Shedelbower a hacer alguna observación incriminatoria espontánea”. 143
Por último, en Estados Unidos v. Da v es 144 agentes del FBI detuvieron al acusado por robar un banco. Durante el interrogatorio, Davis invocó su derecho a guardar silencio, momento en el que un agente le mostró una foto de vigilancia del robo. Mientras Davis estudiaba la foto y se percataba de la notable similitud entre su rostro y el del ladrón, el agente preguntó: “¿Estás seguro de que no quieres reconsiderarlo?” Davis respondió: “Bueno, supongo que me tienes”. Después renunció a sus derechos y confesó. En apelación, el Noveno Circuito dictaminó que el acto del agente de mostrar a Davis la foto no constituía un interrogatorio continuado porque “se limitó a preguntarle a Davis si quería reconsiderar su decisión de guardar silencio, a la vista de la imagen; el cuestionamiento no se reanudó hasta que Davis hubiera acordado voluntariamente que debería.” En un caso posterior en el que el tribunal discutió su decisión en Davis, señaló que la “distinción clave entre interrogar al sospechoso y presentar las pruebas disponibles en su contra” era “central” para la decisión. 145
Sin embargo, el interrogatorio puede resultar si el agente presentó las pruebas al sospechoso de manera incisiva, provocativa o acusatoria. Por ejemplo, en People v. Sims un oficial que estaba interrogando a un sospechoso de asesinato describió la escena del crimen “incluyendo la condición de la víctima, atada, amordazada y sumergida en la bañera, y dijo al acusado que la víctima ' no tuvo que morir de esta manera y podrían haber sido dejados ahí amarrados y amordazados de la manera en que lo encontraron. '” El Tribunal Supremo de California dictaminó que la declaración del oficial constituía interrogatorio. 146
Incluso un breve comentario podría constituir interrogatorio si se trataba de incitación. Por ejemplo, en People v. Davis 147 el acusado fue detenido por asesinar a dos personas con un Uzi. En la comisaría, Davis invocó su derecho a guardar silencio y fue colocado en una celda de retención. Ese mismo día, un detective ingresó a la celda y se produjo lo siguiente:
Oficial: ¿Recuerdas que Uzi?
Davis: Sí.
Oficial: Piensa en esa pequeña huella dactilar en ella. Ya nos vemos. (Se cierra la puerta de la cárcel.)
Al dictaminar que el comentario del detective constituía interrogatorio, el tribunal explicó que sus palabras de despedida— “Piensa en esa pequeña huella dactilar en [el Uzi] —implicaban que “la huella dactilar del acusado había sido encontrada en el Uzi, y así indirectamente acusó al acusado de disparar personalmente a las víctimas”.
Otras declaraciones de hecho
Proporcionar al sospechoso otro tipo de información rara vez constituirá interrogatorio si la información fue fáctica y se presentó de manera empresarial. Por ejemplo, se han considerado no interrogatorios los siguientes:
“ESTÁS ARRESTO POR..”: Informar a un sospechoso que está bajo arresto por un determinado delito o que sería reservado por un determinado delito. 148
EXPLICANDO SUJETO DE ENTREVISTA: Informar a un sospechoso de la naturaleza de las preguntas que los oficiales quisieron hacer. 149
EXPLICANDO EL PROCEDIMIENTO POST-ARRESTO: Informar a un sospechoso del procedimiento posterior a la detención; es decir, qué va a pasar después 150
LECTURA DE REGISTRO: Leyendo al sospechoso el contenido de una orden para registrar su domicilio. 151 Señalar también que el Sexto Circuito dictaminó recientemente que un oficial no interrogó a un sospechoso informándole a él y a los demás pasajeros de un vehículo que, debido a que todos negaron que el contrabando en el vehículo les pertenecía, todos serían detenidos y acusados. 152
Preguntas neutrales
Una pregunta “neutral” es una indagación que claramente no requirió información sobre el delito investigado. Así, una cuestión neutral no constituirá interrogatorio aunque haya producido una confesión o admisión. Aquí hay algunos ejemplos:
B OOKING PREGUNTAS: Las preguntas que se hacen como cuestión de rutina en conjunto con el proceso de reserva no son interrogatorios. Este tema se aborda a continuación en el apartado sobre excepciones Miranda.
S RECIBIR CONSENTIMIENTO PARA BÚSQUEDA: Solicitar consentimiento para buscar pruebas relativas al delito investigado no constituye interrogatorio porque esencialmente requiere una respuesta de sí o no. 153
P DESESTIONAR A UN TESTIGO: Cuando los oficiales interrogan a una persona detenida sobre un delito del que se cree que es sólo testigo, sus preguntas no constituirán interrogatorio porque hay pocas probabilidades de que provoquen una respuesta incriminatoria. 154
Varios
LECTURAS: La conferencia de un oficial a un sospechoso u otro monólogo en su presencia puede constituir interrogatorio, especialmente si fue largo, provocativo o incisivo. 155
C CONVERSACIÓN ASUAL: La conversación casual o la charla trivial no es apta para ser considerada interrogación, sobre todo si no fue un pretexto para obtener información incriminatoria. 156
PREGUNTAS DE UN SOSPEJADO DE NSWERING: Responder a las preguntas de un sospechoso sobre la sentencia u otros asuntos no es probable que constituya interrogatorio si la respuesta del oficial fue breve y al grano. 157
R EQUIVANDO ACLARACIÓN: Si un sospechoso hace una declaración espontánea o hace una pregunta, no es interrogatorio simplemente solicitar que aclare algo, o hacer los tipos de preguntas abiertas que simplemente tienden a mostrar interés; e.g., ¿Repetiría eso? 158
C LLENOS DE ONVERSIÓN: Usar un relleno de conversación cuando un sospechoso está haciendo una declaración no constituye interrogatorio; por ejemplo, “Sí”, “Puedo entender eso”, te escucho”, “¿Repetirías eso? 159
P PREGUNTAS SOBRE SALUD O LESIONES: Preguntar a un sospechoso sobre una lesión o alguna otra dolencia física no es apto para ser considerado interrogatorio a menos que sea un pretexto para obtener información incriminatoria 160
R CONVERSACIÓN ENTRE SUSPECTIVOS:
Juntar a los sospechosos y grabar en secreto su conversación no constituye interrogatorio. Así, Estados Unidos v. Hernández-Mendoza el Octavo Circuito dictaminó que el “acto de un oficial de dejar solos a los recurrentes en su vehículo, con un dispositivo de grabación activado, no era el equivalente funcional del interrogatorio expreso”. 161
Excepciones Miranda
Hay tres excepciones a la regla de que los oficiales deben obtener una exención Miranda antes de participar en el interrogatorio de custodia: (1) la excepción de la pregunta de reserva de rutina, (2) la excepción de seguridad pública y (3) la excepción de agente encubierto.
Preguntas de reserva de rutina
Cuando una persona es detenida, hay ciertas preguntas que los oficiales o el personal de la cárcel harán de forma rutinaria, generalmente en conjunto con el proceso de reservación. Tales preguntas rara vez constituirán interrogatorios porque rara vez es previsible una respuesta incriminatoria. Pero aunque fuera previsible (por ejemplo, la dirección del sospechoso sería incriminatoria si allí se hubieran encontrado drogas), la respuesta no se suprimirá si la pregunta era “normalmente asociada a la detención y custodia”. 162 Como ahora explicaremos, hay dos tipos de preguntas rutinarias de reserva: (1) cuestionamiento que busca información básica de identificación, y (2) preguntas que buscan información administrativa.
B INFORMACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DEL ASIC: No se requiere una exención Miranda antes de buscar datos de identificación básicos o información biográfica que se necesite para completar el proceso de reserva o servicios previos al juicio; por ejemplo, el sospechoso nombre, nombre de pandilla, dirección, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, número de teléfono, ocupación, número de seguro social, historial laboral, registro de arrestos, nombres de los padres, nombre del cónyuge. 163
B INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA ASIC: Una pregunta también puede ser cubierta bajo la excepción de reserva de rutina si existieran las siguientes circunstancias:
- FINALIDAD ADMINISTRATIVA LEGÍTIMA: La pregunta buscaba información necesaria para una finalidad administrativa carcelaria
- NO UN PRETEXTO: La pregunta no era un pretexto para obtener información incriminatoria. 164
Por ejemplo, funcionarios de la cárcel pueden preguntarle a un recluso sobre su afiliación a pandillas para mantenerlo separado de miembros de bandas rivales. 165 Pero tales preguntas no serían cubiertas si su objetivo era obtener inteligencia sobre las actividades de pandillas en su barrio. 166 Tampoco se aplicaría la excepción a las preguntas de por qué el detenido poseía tarjetas de crédito de diversos nombres, 167 o cómo el detenido había llegado a la casa en la que fue detenido. 168
Hay que señalar otras dos cosas. En primer lugar, una pregunta relacionada con la reserva puede considerarse pretextual si no se hizo en conjunto con el proceso de reserva. 169 Segundo, aunque algunos tribunales han dictaminado que la excepción rutinaria de la cuestión de reserva no se aplica si la pregunta era razonablemente probable que suscitara una respuesta incriminatoria, 170 esto es ilógico. Después de todo, si la excepción se aplicara únicamente a preguntas que no eran razonablemente probables de suscitar una respuesta incriminatoria, la excepción sería superflua porque la cuestión no constituiría interrogatorio y, por lo tanto, Miranda ni siquiera aplicaría.
La excepción de seguridad pública
Bajo la excepción de seguridad pública de Miranda, los oficiales pueden interrogar a un sospechoso que se encuentra bajo custodia sin obtener una renuncia (o después de que invocó su derecho a guardar silencio o derecho a un abogado) si creyeron razonablemente que poseía información que ayudaría a salvar una vida, prevenir lesiones graves, o difundir una amenaza grave a la propiedad. 171 La justificación de esta excepción es bastante sencilla: Cuando una amenaza sustancial a personas o bienes podría reducirse o eliminarse mediante la obtención de información de un sospechoso que se encontraba bajo custodia, no es de interés público exigir que los oficiales comiencen la entrevista advirtiéndole (esencialmente) que estaría mejor si se negaba a asistirlos. Como vamos a explicar ahora, la excepción de seguridad pública se aplicará sólo si existieran las dos circunstancias siguientes:
- AMENAZA EXISTIÓ: Los oficiales deben haber creído razonablemente que existía una amenaza para la seguridad pública
- PREGUNTAS RAZONABILMENTE NECESARIAS: Las preguntas de los oficiales deben haber sido dirigidas a obtener información razonablemente necesaria para eliminar la amenaza.
T HREAT EXISTE: Los oficiales deben haber creído razonablemente que existía una amenaza inminente y grave a una persona (ya sea un civil, un oficial o el sospechoso) o a la propiedad. Los siguientes son ejemplos de preguntas que han satisfecho este requisito:
“¿PORTANDO UN ARMA?” Antes de registrar con palmaditas a un sospechoso detenido, un oficial le preguntó si portaba armas u objetos punzantes. 172
“¿ARMAS CERCANAS?” Después de detener o detener a un sospechoso que se creía razonablemente que estaba armado, un oficial le preguntó si tenía alguna otra arma cerca. 173
ARMA MORTAL EN UN LUGAR PÚBLICO: Los oficiales creían razonablemente que el sospechoso había desechado recientemente un arma mortal en un lugar público. 174
LOCALIZAR VÍCTIMA DESAPARTIDA: Agentes cuestionaron a un sospechoso de secuestro sobre el paradero 175
Sospechoso ingerido de drogas: Teniendo causa probable para creer que el sospechoso acababa de tragarse una o más rocas de cocaína, un diputado le preguntó si, de hecho, había ingerido drogas. 176
NEGOCIACIONES DE REHESES: Un negociador de la policía habló con un sospechoso atrincherado que tenía a un rehén. 177
P REUNIONES RAZONABILMENTE NECESARIAS: Como se ha señalado, la excepción de seguridad pública cubre únicamente aquellas cuestiones que fueron razonablemente necesarias para eliminar la 178 Como observó el Tribunal de Apelación, la indagación del agente “debe ser ajustada de manera estrecha para evitar posibles daños”. 179 Por ejemplo, si bien los oficiales podían preguntarle a un detenido si portaba un arma o si tenía algún objeto punzante en su poder, no podían preguntar “¿Qué tienes en el bolsillo?” o “¿Por qué llevas un arma?” 180
La excepción del agente encubierto
La tercera excepción Miranda, la excepción del “agente encubierto”, abarca situaciones en las que el sospechoso no sabe que la persona que está haciendo preguntas es un agente encubierto o un agente policial. 181 En estas situaciones, Miranda no aplica porque un sospechoso que desconoce que está hablando con un agente o agente encubierto no sentiría el tipo de coerción que Miranda fue diseñada para aliviar. 182 Obsérvese, sin embargo, que el interrogatorio por parte de un agente encubierto puede violar el derecho de abogado de la Sexta Enmienda si el sospechoso hubiera sido procesado por el delito en discusión. 183
Referencias
- People v. Mayfield (1997) 14 Cal.4th 668, 732.
- Ver Illinois v. Perkins (1990) 496 U.S. 292, 297 [“Es la premisa de Miranda que el peligro de coerción resulta de la interacción de la custodia y el interrogatorio oficial”.].
- People v. Mickey (1991) 54 Cal.3d 612, 648.
- Véase Nueva York v. Quarles (1984) 467 U.S. 649, 657 [un sospechoso mirandizado “bien podría ser disuadido de responder”].
- People v. Taylor (1986) 178 Cal.app.3d 217, 227. VER TAMBIÉN California v. Beheler (1983) 463 U.S. 1121, 1125.
- (1984) 468 U.S. 420, 434.
- Véase Arizona v. Roberson (1988) 486 U.S. 675, 684; Mathis v. Estados Unidos (1968) 391 U.S. 1, 4-5.
- En re Bonnie H. (1997) 56 Cal.app.4th 563, 583.
- Véase Berkemer v. McCarty (1984) 468 U.S. 420, 442; Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1189].
- California v. Beheler (1983) 463 U.S. 1121, 1125.
- People v. Taylor (1986) 178 Cal.app.3d 217, 228.
- Ver Yarborough v. Al v arado (2004) 541 U.S. 652, 662; People v. Stansbury (1995) 9 Cal.4th 824, 830.
- Berkemer v. McCarty (1984) 468 U.S. 420, 442.
- Ver J.D.B. v. Carolina del Norte (2011) U.S. [131 S.Ct. 2394, 2402] [“si un sospechoso está 'en custodia' es una indagación objetiva”]; Stansbury v. California (1994) 511 U.S. 318, 323 [“la determinación inicial de la custodia depende de las circunstancias objetivas del interrogatorio”].
- Ver Estados Unidos v. Drayton (2002) 536 U.S. 194, 202 [“La prueba de persona razonable es objetiva y presupone una persona inocente.”]; U.S. v. Luna-Encinas (11th Cir. 2010) 603 F.3d 876, 881, fn.1; U.S. v. Panak (6th Cir. 2009) 552 F.3d 462, 469.
- U.S. v. Jones (10th Cir. 2008) 523 F.3d 1235, 1239.
- Ver Stansbury v. California (1994) 511 U.S. 318, 326 [“[A] ny indagación sobre si los oficiales interrogadores han centrado sus sospechas en el individuo interrogado (suponiendo que esas sospechas permanezcan sin revelar) no es relevante para los fines de Miranda. ”]; People v. Stansbury (1995) 9 Cal.4th 824, 830.
- (1984) 468 U.S. 420.
- (1978) 80 Cal.app.3d 269.
- Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1189-90].
- (2006) 138 Cal.app.4to 1395, 1403, fn.1. VER TAMBIÉN U.S. v. Luna-Encinas (11th Cir. 2010) 603 F.3d 876, 881 [“'incautación' es un requisito previo necesario para Miranda”]; U.S. v. Newton (2nd Cir. 2004) 369 F.3d 659, 672 [“un tribunal debe preguntar si, además de no sentirse libre de irse, una persona razonable tendría entendió que su libertad de acción se había visto restringida en un grado asociado con la detención formal.”].
- (1972) 26 Cal.app.3d 825, 848. Editado.
- U.S. v. Newton (2nd Cir. 2004) 369 F.3d. 659, 672. VER TAMBIÉN Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1189 [“Al determinar si una persona está en custodia en este sentido, el paso inicial es determinar si, en a la luz de las circunstancias objetivas del interrogatorio, una persona razonable habría sentido que no estaba en libertad de dar por terminado el interrogatorio y marcharse”. Énfasis agregado.].
- Véase Florida v. Bostick (1991) 501 U.S. 429, 436; Brendlin v. California (2007) 551 U.S. 249, 254.
- (11 Cir. 2010) 603 F.3d 876, 881. VER TAMBIÉN U.S. v. Newton (2nd Cir. 2004) 369 F.3d 659, 672 [“no toda incautación constituye custodia para efectos de Miranda”].
- (2011) U.S. [131 S.Ct. 2394, 2406].
- Ver J.D.B. v. Carolina del Norte (2011) U.S. [131 S.Ct. 2394, 2406] [“Esto no quiere decir que la edad de un niño sea un factor determinante, o incluso significativo, en todos los casos.”].
- En 131 S.Ct. 2406.
- Ver Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1189; J.D.B. v. Carolina del Norte (2011) U.S. [131 S.Ct. 2394, 2402.
- Pueblo v. Aguilera (1996) 51 Cal.app.4th 1151, 1162.
- Oregon v. Mathiason (1977) 429 U.S. 492, 495 [“[Una] situación no privativa de libertad no se convierte en una en la que Miranda aplica simplemente porque... el interrogatorio tuvo lugar en un ambiente coercitivo. Toda entrevista policial de un individuo sospechoso de un delito tiene aspectos 'coercitivos' a la misma”.].
- VER TAMBIÉN Verde v. Tribunal Superior (1985) 40 Cal.3d 126, 135 [la Suprema Corte de Estados Unidos ha “rechazado la idea de que un 'ambiente coercitivo' es en sí suficiente para exigir advertencias Miranda”].
- People v. Stansbury (1995) 9 Cal.4th 824, 831-32. VER TAMBIÉN People v. Leonard (2007) 40 Cal.4th 1370, 1401.
- U.S. v. Bassignani (9th Cir. 2009) 575 F.3d 879, 884.
- California v. Beheler (1983) 463 U.S. 1121, 1122.
- Yarborough v. Al v arado (2004) 541 U.S. 652, 664.
- People v. Holloway (2004) 33 Cal.4th 96, 120.
- Verde v. Tribunal Superior (1985) 40 Cal.3d 126, 131.
- (7mo Cir. 2010) 620 F.3d 816.
- Ver Yarborough v. Al v arado (2004) 541 U.S. 652, 665; People v. Aguilera (1996) 51 Cal.app.4th 1151, 1162-64, fn.7; U.S. v. Redlightning (9th Cir. 2010) 624 F.3d 1090, 1105; Reinert v. Larkins (3d Cir. 2004) 379 F.3d 76, 86.
- Ver Oregon v. Mathiason (1977) 429 U.S. 492, 495; People v. Moore (2011) 51 Cal.4th 386, 402; U.S. v. Crawford (9th Cir. 2004) 372 F.3d 1048, 1060; U.S. v. Ambrose (7th Cir. 2012) 668 F.3d 943, 958.
- Ver California v. Beheler (1983) 463 U.S. 1121.
- U.S. v. Czichray (8th Cir. 2004) 378 F.3d 822, 826. VER TAMBIÉN U.S. v. Jones (10th Cir. 2008) 523 F.3d 1235, 1240.
- U.S. v. Colonna (4th Cir. 2007) 511 F.3d 431, 435. VER TAMBIÉN U.S. v. Craighead (9th Cir. 2008) 539 F.3d 1073, 1088.
- U.S. v. Newton (2nd Cir. 2004) 369 F.3d. 659, 676.
- People v. Esqueda (1993) 17 Cal.app.4th 1450, 1482; U.S. v. Craighead (9th Cir. 2008) 539 F.3d 1073, 1088.
- Pueblo v. Aguilera (1996) 51 Cal.app.4th 1151, 1166.
- People v. Boyer (1989) 48 Cal.3d 247, 271.
- Ver People v. Stansbury (1995) 9 Cal.4th 824, 834 [el acusado no estaba detenido simplemente porque “tuvo que pasar por una estructura de estacionamiento cerrada y una entrada cerrada a la cárcel para llegar a la sala de entrevistas”]; En re Kenneth S., (2005) 133 Cal.app.4th 54, 65; U.S. v. Ambrose (7th Cir. 2012) 668 F.3d 943, 957.
- U.S. v. Slaight (7th Cir. 2010) 620 F.3d 816, 819. VER TAMBIÉN People v. Bejasa (2012) 205 Cal.app.4th 26, 37 [una “persona razonable en posición del acusado sabría que la posesión de metanfetamina y parafernalia relacionada es una violación de libertad condicional y un delito, y esa detención probablemente seguiría”]; Reinert v. Larkins (3er Cir. 2004) 379 F.3d 76, 87 [sospechoso estaba bajo custodia tras admitir “lo maté”].
- (1996) 51 Cal.app.4th 1151, 1164, fn.7.
- Ver People v. Aguilera (1996) 51 Cal.app.4th 1151, 1164; U.S. v. Hughes (1st Cir. 2011) 640 F.3d 428, 437.
- U.S. v. Sanchez (8th Cir. 2012) 676 F.3d 627, 631.
- Gente v. Celaya (1987) 191 Cal.app.3d 665, 672.
- Miranda v. Arizona (1966) 384 U.S. 436, 445.
- Ver U.S. v. Boslau (8th Cir. 2011) 632 F.3d 422, 428 [“una pequeña sala de entrevistas sin ventanas”]; Green v. Tribunal Superior (1985) 40 Cal.3d 126, 131 [“[t] las habitaciones son de 7 por 12 pies, no tienen ventanas y requieren una llave para entrar o salir”]; U.S. v. D'Antoni (7th Cir. 1988) 856 F.2d 975, 981 [“[t] he room was unremarkable: alrededor de ocho pies por doce pies de tamaño, con una media pared que separa el área de entrevistas de un área de aseo”]; U.S. v. Slaight (7th Cir. 2010) 620 F.3d 816, 820 [una habitación “claustrofóbica”].
- (1966) 384 U.S. 436, 457.
- NOTA: Los tribunales suelen señalar cuando las entrevistas de las estaciones se realizaron en salas menos intimidantes; por ejemplo, “[los oficiales] utilizaron una sala de conferencias espaciosa” (U.S. v. Ambrose (7th Cir. 2012) 668 F.3d 943, 957); “[t] la entrevista se realizó en un amplio y abierto oficina en lugar de una sala de entrevistas” (People v. Fierro (1991) 1 Cal.4th 173, 217); las entrevistas “tuvieron lugar en lo que [un detective] describió como una sala de entrevistas 'suave' que tenía alfombra, papel tapiz y muebles cómodos”].
- (1985) 40 Cal.3d 126, 136.
- (2011) 51 Cal.4th 386, 398. VER TAMBIÉN In re Kenneth S. (2005) 133 Cal.app.4th 54, 65.
- Yarborough v. Al v arado (2004) 541 U.S. 652, 664. VER TAMBIÉN People v. Mosley (1999) 73 Cal.app.4th 1081, 1091 [“el interrogatorio no fue acusatorio ni amenazante”]; People v. Lopez (1985) 163 Cal.app.3d 602, 609 [el interrogatorio “fue investigativo más que acusatorio”]; U.S. v. Boslau (8th Cir. 2011) 632 F.3d 422, 428 [“en su mayoría preguntas informativas de manera no amenazante”]; U.S. v. Bassignani (9th Cir. 2009) 575 F.3d 879, 884 [“la entrevista “se realizó en un tono abierto, amistoso,”]; U.S. v. Sanchez (8th Cir. 2012) 676 F.3d. 627, 631 [el oficial “no utilizó tácticas de brazo fuerte ni estratagemas engañosas durante la entrevista; su voz levantada y sus aseveraciones de que Sánchez estaba mintiendo no eran métodos de entrevista coercitivos”]; U.S. v. Hughes (1st Cir. 2011) 640 F.3d 428, 437 [“el ambiente era relajado y no confrontativo”] .
- People v. Stansbury (1995) 9 Cal.4th 824, 832.
- People v. Moore (2011) 51 Cal.4th 386, 396.
- People v. Spears (1991) 228 Cal.app.3d 1, 25.
- People v. Pilster (2006) 138 Cal.app.4th 1395, 1404.
- Stansbury c. California (1994) 511 U.S. 318, 325.
- (2005) 133 Cal.app.4th 54, 65. VER TAMBIÉN Oregon v. Mathiason (1977) 429 U.S. 492, 495-96 [después de señalar que un oficial le dijo falsamente a un sospechoso de robo que sus huellas dactilares habían sido halladas en el lugar de los hechos, la Corte dijo: “Cualquiera que sea la relevancia que este hecho pueda tener para otros temas de este caso, no tiene nada que hacer con si el demandado estuvo detenido a efectos de la regla Miranda”]; People v. Moore (2011) 51 Cal.4th 386, 402 [“las expresiones policiales de sospecha, sin otra evidencia de una restricción a la libertad de circulación de la persona, no son necesariamente suficiente para convertir la presencia voluntaria en una entrevista en custodia”]; U.S. v. Ambrose (7th Cir. 2012) 668 F.3d. 943, 958 [el tenor de la conversación fue “empresarial”, con un agente “presentando las pruebas de Ambrosio” s implicación en lugar de cuestionar a Ambrose”].
- People v. Kenneth S. (2005) 133 Cal.app.4th 54, 65.
- Oregon v. Mathiason (1977) 429 U.S. 492, 495-96; Illinois v. Perkins (1990) 496 U.S. 292, 298.
- Bains v. Cambra (9º Cir. 2000) 204 F.3d 964, 973.
- (1989) 48 Cal.3d 247. VER TAMBIÉN Tankleff v. Senkowski (2nd Cir. 1998) 135 F.3d 235, 244; U.S. v. Re v els (10th Cir. 2007) 510 F.3d 1269, 1276 [los oficiales “la confrontaron con una bolsa de cocaína que había sido incautada durante la búsqueda”].
- (1996) 51 Cal.app.4º 1151.
- (2011) 51 Cal.4th 396, 402. VER TAMBIÉN Green v. Tribunal Superior (1985) 40 Cal.3d 126, 135 [entrevista de dos horas fue “cercana” por diversas circunstancias; e.g., sospechoso no le dijo que no estaba detenido]; People v. Spears (1991) 228 Cal.app.3d 1, 26 [75 minutos , no indebidamente prolongado]; U.S. v. Panak (6th Cir. 2009) 552 F.3d 462, 467 [entrevista 45-60 minutos y “se compara favorablemente con otros encuentros que hemos considerado no privativos de libertad”].
- (9º Cir. 2009) 575 F.3d 879, 886.
- Berkemer c. McCarty (1984) 468 U.S. 420, 440. VER TAMBIÉN People v. Manis (1969) 268 Cal.app.2d 653, 668.
- People v. Manis (1969) 268 Cal.app.2d 653, 667 [citando de “El día está hecho” de Longfellow]. VER TAMBIÉN P v. Tully (2012) C4 [2012 WL 3064338] [Miranda no aplica aunque el detenido no fuera libre de irse].
- Berkemer c. McCarty (1984) 468 U.S. 420, 440.
- People v. Manis (1969) 268 Cal.app.2d 653, 669.
- Berkemer c. McCarty (1984) 468 U.S. 420, 440.
- People v. Pilster (2006) 138 Cal.app.4th 1395, 1405. VER TAMBIÉN Dunaway v. New York (1979) 442 U.S. 200, 215 [esposar es una de las “trampas” de una detención]; People v. Taylor (1986) 178 Cal.app.3d 217, 228 [“Una circunstancia bien reconocida que tiende a mostrar custodia es el grado de restricción física utilizada por policías para detener a un ciudadano.”].
- U.S. v. Newton (2nd Cir. 2004) 369 F.3d 659, 675, 676.
- En re Joseph R. (1998) 65 Cal.app.4th 954, 960-61.
- People v. Pilster (2006) 138 Cal.app.4th 1395, 1404. VER TAMBIÉN U.S. v. Newton (2nd Cir. 2004) 369 F.3d 659, 675, 676.
- (9º Cir. 1993) 984 F.2d 1040, 1042. VER TAMBIÉN People v. Bejasa (2012) 205 Cal.app.4th 26, 39; People v. Pilster (2006) 138 Cal.app.4th 1395, 1403 [“Lo más importante, el acusado permaneció esposado cuando la investigadora oficial lo interrogó”.].
- Ver People v. Taylor (1986) 178 Cal.app.3d 217, 229.
- Ver People v. Stansbury (1995) 9 Cal.4th 824, 832 [“no hay pruebas de que el acusado pueda ver las armas”].
- Ver People v. Clair (1992) 2 Cal.4th 629, 679; People v. Holloway (2004) 33 Cal.4th 96, 121; People v. Taylor (1986) 178 Cal.ap.3d 217, 230; U.S. v. Luna-Encinas (11th Cir. 2010) 603 F.3d 876, 881; Cruz v. Miller (2nd Cir. 2001) 255 F.3d 77, 86.
- Véase U.S. v. Basher (9th Cir. 2011) 629 F.3d 1161, 1167.
- Véase Berkemer v. McCarty (1984) 468 U.S. 420, 437; People v. Pilster (2006) 138 Cal.app.4th 1395, 1404; People v. Vasquez (1993) 14 Cal.app.4th 1158, 1163; People v. Forster (1994) 29 Cal.app.4th 1746, 1753.
- Véase U.S. v. Johnson (7th Cir. 2012) F.3d [2012 WL 1871608].
- Ver People v. Taylor (1986) 178 Cal.app.3d 217, 229; U.S. v. Craighead (9th Cir. 2008) 539 F.3d 1073, 1085.
- People v. Bejasa (2012) 205 Cal.app.4th 26, 36. VER TAMBIÉN Berkemer v. McCarty (1984) 468 U.S. 420, 438; People v. Stansbury (1995) 9 Cal.4th 824, 833 [cuatro oficiales no constituyeron una “demostración de fuerza”].
- (1985) 163 Cal.app.3d 602, 609.
- U.S. v. Hughes (1er Cir. 2011) 640 F.3d 428, 436.
- U.S. v. Jones (10th Cir. 2008) 523 F.3d 1235, 1242.
- Ver People v. Lopez (1985) 163 Cal.app.3d 602, 609; People v. Vasquez (1993) 14 Cal.app.4th 1158, 1164; People v. Hubbard (1970) 9 Cal.app.3d 827, 836; People v. Hauland (1981) 115 Cal.app.3d 248, 256.
- Ver People v. Moore (2011) 51 Cal.4th 386, 396 [“la alternativa, la residencia del acusado, era fría y oscura”].
- Ver U.S. v. Guerrier (1st Cir. 2011) 669 F.3d 1, 6 [“Cierto, oficiales interrogaron a Guerrier en un auto sin marcar. Pero ese hecho no implica por sí mismo a Miranda”]; U.S. v. Salvo (6to Cir. 1998) 133 F.3d 943, 951 [aunque la entrevista se realizó en el auto del oficial, “esto por sí solo no es suficiente para convertir la entrevista en un interrogatorio de custodia”]; U.S. v. Jones (10th Cir. 2008) 523 F.3d 1235, 1242 [“Tampoco es el hecho de que la mayor parte de la conversación haya tenido lugar dentro del auto sin marcar de Bridge como dispositivo de la cuestión de la custodia”]; U.S. v. Boucher (8th Cir. 1990) 909 F.2d 1170, 1174.
- Ver U.S. v. Plumman (8th Cir. 2005) 409 F.3d 919, 924; U.S. v. Lamy (10th Cir. 2008) 521 F.3d 1257, 1264 [“su posición en el asiento del pasajero del vehículo sugiere una falta de arresto”]; U.S. v. Guerrier (1st Cir. 2011) F.3d [2011 WL 6415042].
- Véase Estados Unidos v. Henley (9th Cir. 1993) 984 F.2d 1040, 1042; People v. Thomas (2011) 51 Cal.4th 449, 477.
- Ver Michigan v. Summers (1981) 452 U.S. 692, 702, fn.15 [“[T] la incautación en este caso [en la casa del sospechoso] no es probable que tenga aspectos coercitivos que puedan inducir la autoincriminación.”]; People v. Morris (1991) 53 Cal.3d 152, 198 [“La indagatoria no tuvo lugar en la cárcel ni en locales de la policía, sino en la propia habitación de motel del acusado”]; People v. Valdivia (1986) 180 Cal.app.3d 657, 661; U.S. v. Craighead (9th Cir. 2008) 539 F.3d 1073, 1083 [” en general los tribunales han sido mucho menos propensos a encontrar que un interrogatorio en el domicilio del sospechoso era de carácter privativo”]; U.S. v. Panak (6th Cir. 2009) 552 F.3d 462, 465-66 [el hogar de una persona “es el único lugar donde los individuos se sentirán más desenfrenados”].
- (6to Cir. 2009) 552 F.3d 462, 465-66.
- U.S. v. Panak (6to Cir. 2009) 552 F.3d 462, 466.
- (1969) 394 U.S. 324. COMPARAR People v. Morris (1991) 53 Cal.3d 152, 198 [“el acusado no fue físicamente retenido ni dirigido a decir o hacer nada”]; People v. Breault (1990) 223 Cal.app.3d 125, 135 [“A Breault le dijeron explícitamente que no estaba bajo detención. No estaba esposado ni físicamente sujeto. El interrogatorio tuvo lugar en la propia casa de Breault.”]; In re Danny E. (1981) 121 Cal.app.3d 44, 50 [“[N] o indicios objetivos de arresto o detención eran aparentes, y el interrogatorio fue breve y no acusatorio”.]; U.S. v. Hughes (1st Cir. 2011) 640 F.3d 428, 437 [“El número de oficiales [en las instalaciones] fue impresionante pero no abrumador”, “ningún oficial hizo contacto físico con [el sospechoso]”, y los oficiales “fueron educados y nunca hectozaron al acusado ni alzaron la voz”, pero fue un caso “cerrado” principalmente porque los oficiales no le dijeron al sospechoso que era libre de irse]; U.S. v. Basher (9th Cir. 2011) 629 F.3d 1161, 1166 [“No parece que los movimientos de Basher se redujeran significativamente”].
- (1989) 208 Cal.app.3d 900.
- U.S. v. Slaight (7th Cir. 2010) 620 F.3d 816, 820. VER TAMBIÉN U.S. v. Reveles (10th Cir. 2007) 510 F.3d 1269, 1276.
- U.S. v. Craighead (9th Cir. 2008) 539 F.3d 1073, 1089.
- U.S. v. Colonna (4th Cir. 2007) 511 F.3d 431, 436.
- U.S. v. Hargrove (4th Cir. 2010) 625 F.3d 170, 182.
- U.S. v. Sutera (8th Cir. 1991) 933 F.2d 641, 647.
- U.S. v. Hinojosa (6to Cir. 2010) 606 F.3d 875, 883.
- Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1191].
- (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1190].
- Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1189-90]. VER TAMBIÉN People v. Fradiue (2000) 80 Cal.app.4th 15, 20; Garcia v. Singletary (11th Cir. 1994) 13 F.3d 1487, 1492.
- Cervantes contra Walker (9º Cir. 1978) 589 F.2d 424, 428.
- Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1193].
- Ver People v. Anthony (1986) 185 Cal.app.3d 1114, 1123 [“el recurrente no se vio obligado a hablar con la policía”]; People v. Ray (1996) 13 Cal.4th 313, 338 [“los funcionarios penitenciarios no ejercieron ninguna influencia sobre él para discutir o admitir los delitos”]; People v. Macklem (2007) 149 Cal.app.4th 674, 696 [“A Macklem se le dio la oportunidad de salir de la habitación si así lo solicitaba”]; People v. Fradiue (2000) 80 Cal.app.4th 15, 20-21 [un oficial se paró afuera de la celda del sospechoso y lo interrogó]; Georgison v. Donelli (2nd Cir. 2009) 588 F.3d 145, 157 [“En ningún momento Georgison fue retenido durante el interrogatorio, que tuvo lugar en una sala de visitas”]; U.S. v. Conley (4th Cir. 1985) 779 F.2d 970, 973-74 [“Aunque Conley llevaba esposas y, en algunos momentos, restricciones completas, las pruebas en el expediente indican que se trataba de un procedimiento estándar para trasladar a internos a la enfermería”]; U.S. v. Barner (11th Cir. 2009) 572 F.3d 1239, 1245 [“[Barner] no lo era obligado a someterse a la reunión con [el oficial].
- (7mo Cir. 1994) 29 F.3d 1223, 1232.
- Ver Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1191].
- 120 (2007) 149 Cal.app.4th 674, 696. VER TAMBIÉN Cer v antes v. Walker (9th Cir. 1978) 589 F.2d 424, 427-28.
- 121 Howes v. Fields (2012) U.S. [132 S.Ct. 1181, 1184]. VER TAMBIÉN People v. Macklem (2007) 149 Cal.app.4th 674, 691; Cer v antes v. Walker (9th Cir. 1978) 589 F.2d 424, 427-28; Garcia v Singletary (11th Cir. 1994) 13 F.3d 1487, 1489.
- Ver Berkemer v. McCarty (1984) 468 U.S. 420, 438; People v. Sanchez (1987) 195 Cal.app.3d 42, 47 [en una calle pública]; U.S. v. Washington (9th Cir. 2004) 387 F.3d 1060, 1068 [pasillo del sospechoso edificio de departamentos]; U.S. v. Yusuff (7th Cir. 1996) 96 F.3d 982, 986 [“ocupado, área pública del aeropuerto”]; U.S. v. Lockett (3rd Cir. 2005) 406 F.3d 207, 211 [estación Amtrak].
- Ver People v. Mosley (1999) 73 Cal.app.4th 1081; Reinert v. Larkins (3rd Cir. 2004) 379 F.3d 76, 86-87.
- Véase U.S. v. Jamison (4th Cir. 2007) 509 F.3d 623.
- Véase Minnesota v. Murphy (1984) 465 U.S. 420, 433; People v. Carpenter (1997) 15 Cal.4th 312, 384; In re Richard T. (1978) 79 Cal.app.3d 382; U.S. v. Anda v erde (9º Cir. 1995) 64 F.3d 1305, 1310-11.
- Ver U.S. v. Bassignani (9th Cir. 2009) 575 F.3d 879, 885 [“Aquí, Bassignani fue entrevistado en una sala de conferencias dentro de su lugar de trabajo, claramente un entorno familiar”.]. VER TAMBIÉN INS v. Delgado (1984) 466 U.S. 210, 218.
- U.S. v. Kilgroe (9th Cir. 1992) 959 F.2d 802, 804, 805. VER TAMBIÉN People v. Tarter (1972) 27 Cal.app.3d 935, 942.
- People v. Mayfield (1997) 14 Cal.4th 668, 733. VER TAMBIÉN People v. Webb (1993) 6 Cal.4th 494, 526
- Rhode Island c. Innis (1980) 446 U.S. 291, 300. VER TAMBIÉN U.S. v. Rambo (10th Cir. 2004) 365 F.3d 906, 909 [“Para que se apliquen las protecciones de Miranda, el interrogatorio custodial debe ser inminente o que ocurra actualmente”.].
- Rhode Island c. Innis (1980) 446 U.S. 291, 298-99.
- Rhode Island c. Innis (1980) 446 U.S. 291, 301.
- People v Wader (1993) 5 Cal.4th 610, 637. VER TAMBIÉN People v. Morris (1987) 192 Cal.app.3d 380, 389.
- Ver People v Wader (1993) 5 Cal.4th 610, 637 [“La relación de la pregunta formulada con el delito sospechoso es muy relevante”. Cotizando de U.S. v. Booth (9th Cir. 1981) 669 F.2d 1231, 1237].
- Ver Rhode Island v. Innis (1980) 446 U.S. 291, 301, fn.7 [“donde una práctica policial está diseñada para obtener una respuesta incriminatoria del acusado, es poco probable que la práctica no sea también una que la policía debería haber sabido era razonablemente probable que tuviera ese efecto.”]; Nelson v. Fulcomer (3rd Cir. 1990) 911 F.2d 928, 934 [“el hecho de que la policía pretendiera obtener información incriminatoria.. sugiere que deberían haber sabido que una estratagema en particular era razonablemente probable que tuviera éxito”].
- Ver In re Albert R. (1980) 112 Cal.app.,3d 783, 793 [una intención de obtener información incriminatoria “no se requiere para el concepto de interrogatorio custodial. Es la probabilidad razonable de que las palabras o conductas policiacas provoquen una respuesta incriminatoria que sea de importancia significativa”.].
- Véase Rhode Island v. Innis (1980) 446 U.S. 291, 301, fn.7; Miranda v. Arizona (1966) 384 U.S. 436, 452.
- Rhode Island v. Innis (1980) 446 U.S. 291, 302, fn.8. VER TAMBIÉN Pennsylvania v. Muniz (1990) 496 U.S. 582, 601; Brewer v. Williams (1977) 430 U.S. 398, 392 [“[el oficial] sabía que Williams era un ex paciente mental, y sabía también que era profundamente religioso”.].
- (1980) 112 Cal.app.3d 783, 792]. COMPARAR: En re Curt W. (1982) 131 Cal.app.3d 169, 180 [“[T] el comentario del oficial [“El auto no es tuyo”] difícilmente podría llamarse nada más que una declaración tentativa, y algo incierta, no razonablemente vista por él para invitar a una respuesta.”].
- (1965) 236 Cal.app.2d 27. VER TAMBIÉN Nelson v. Fulcomer (3rd Cir. 1990) 911 F.2d 928, 934 [“Enfrentar a un sospechoso con su supuesta pareja e informarle que su supuesta pareja ha confesado es muy probable que provoque una respuesta incriminatoria”].
- Ver People v. Gray (1982) 135 Cal.app.3d 859, 865 [la “recitación de los hechos fue precisa, desapasionada y no remotamente amenazante”.]; People v. Patterson (1979) 88 Cal.app.3d 742, 749 [“Tu cómplice ya hizo declaración”]; People v. Dominick (1986) 182 Cal.app.3d 1174, 1192 [la víctima te identificó]; U.S. v. Thierman (9th Cir. 1982) 678 F.2d 1331, 1334, fn.3 [” Miranda no impide que los oficiales, después de que un acusado haya invocado sus derechos Miranda, informarle de pruebas en su contra o de otras circunstancias que puedan contribuir a un ejercicio inteligente de su sentencia.”]; U.S. v. Washington (9th Cir. 2006) 462 F.3d 1124, 1134 [“incluso cuando un acusado haya invocado sus derechos Miranda, esto no impide que los oficiales informen al acusado sobre pruebas en su contra o sobre otra información que le pueda ayudar a tomar decisiones sobre cómo proceder con su caso”]; U.S. v. Moreno-Flores (9th Cir. 1994) 33 F.3d 1164, 1169 [oficial no interrogó a un sospechoso cuando “le dijo que los agentes habían incautado aproximadamente 600 libras de cocaína y que [él] estaba en serios problemas”]; U.S. v. Payne (4th Cir. 1992) 954 F.2d 199, 203 [“las declaraciones de los agentes del orden a un sospechoso respecto a la naturaleza de las pruebas contra el sospechoso [no] constituyen interrogatorio como cuestión de derecho”]; Easley v. Frey (7ª Cir. 2006) 433 F.3d 969, 974 [no interrogatorio para informar a un sospechoso que testigos lo habían identificado]; U.S. v. Vallar (7th Cir. 2011) 635 F.3d 271, 285 [“Simplemente informar a Vallar de las pruebas en su contra mediante la reproducción de cintas implicarlo en la conspiración no constituía interrogatorio”.].
- (9º Cir. 1988) 852 F.2d 407, 411.
- (1982) 135 Cal.app.3d 859, 865.
- (9º Cir. 1989) 885 F.2d 570, 573.
- (9º Cir. 1976) 527 F.2d 1110.
- U.S. v. Pheaster (9th Cir. 1976) 544 F.2d 353, 366.
- (1993) 5 Cal.4th 405, 444. VER TAMBIÉN U.S. v. Rambo (10th Cir. 2004) 365 F.3d 906, 910.
- (2005) 36 Cal.4th 510.
- Ver People v. Celestine (1992) 9 Cal.app.4th 1370, 1374; People v. Harris (1989) 211 Cal.app.3d 640, 647-48; U.S. v. McGlothen (8th Cir. 2009) 556 F.3d 698, 702.
- Ver People v. Huggins (2006) 38 Cal.4th 175, 198; U.S. v. Head (8th Cir. 2005) 407 F.3d 925, 929.
- Ver People v. Guerra (2006) 37 Cal.4th 1067, 1096; People v. Harris (1989) 211 Cal.app.3d 640, 647-48; People v. Hayes (1985) 169 Cal.app.3d 898, 908.
- Véase U.S. v. Johnson (7th Cir. 2012) F3 [2012 WL 1871608].
- U.S. v. Collins (6to Cir. 2012) F.3d [2012 WL 2094415].
- Ver People v. Ruster (1976) 16 Cal.3d 690, 700; People v. Shegog (1986) 184 Cal.app.3d 899, 905.
- Ver People v. Moore (2011) 51 Cal.4th 386, 395; People v. Wader (1993) 5 Cal.4th 610; People v. Ochoa (2001) 26 Cal.4th 398, 436-37; People v. Mosley (1999) 73 Cal.app.4th 1081, 1089. COMPARAR: People v. Roquemore (2005) 131 Cal.app.4th 11, 26 [las cuestiones relativas a la actividad de pandillas en general estaban suficientemente relacionadas con el delito imputado como para constituir interrogatorio].
- Ver Brewer v. Williams (1977) 430 U.S. 387; In re Johnny V. (1978) 85 Cal.app.3d 120, 134.
- Ver People v. Mickey (1991) 54 Cal.3d 612, 651; People v. Roldan (2005) 35 Cal.4th 646, 735-36; People v. Claxton (1982) 129 Cal.app.3d 638, 654; People v. Ashford (1968) 265 Cal.app.2d 673, 685; People v. Lewis (1990) 50 Cal.3d 262, 274; People v. Gamache (2010) 48 Cal.4th 347, 388; People v. Gurule (2002) 28 Cal.4th 557, 602. VER TAMBIÉN Clark v. Murphy (9th Cir. 2003) 331 F.3d 1062, 1073 [“No hay nada intrínsecamente malo en los esfuerzos por crear un clima favorable para la confesión”.].
- Ver People v. Clark (1993) 5 Cal.4th 950, 985; People v. Dement (2011) 53 Cal.4th 1, 27; People v. Roldan (2005) 35 Cal.4th 646, 735-36.
- Ver People v. Ray (1996) 13 Cal.4th 313, 338 [“En la medida en que [el investigador] interrumpió e hizo preguntas, se trataba meramente de indagaciones neutrales hechas con el propósito de esclarecer declaraciones o puntos que no entendía .”]; In re Frank C. (1982) 138 Cal.app.3d 708, 714 [“¿De qué querías hablarme?”] ; People v. Conrad (1973) 31 Cal.app.3d 308, 319 [sospechoso ingresó a una comisaría y dijo que quería entregarse; cuando se le preguntó por qué, dijo que era por asesinato; cuando se le preguntó cuándo ocurrió el asesinato, dijo que fue una semana antes]; U.S. v. Gonzales (5to Cir. 1997) 121 F.3d 928, 940 [“[W] cuando un sospechoso hace una declaración espontáneamente, los oficiales pueden solicitar aclaraciones de declaraciones ambiguas sin entrar en conflicto con la Quinta Enmienda.”]; Estados Unidos v. Mendoza-González (8th Cir. 2004) 363 F.3d 788, 795 [cuando el sospechoso le preguntó si podía hacer una llamada telefónica, el oficial le preguntó por qué quería hacer una llamada].
- Ver People v. Ray (1996) 13 Cal.4th 318, 338; People v. Matthews (1968) 264 Cal.app.2d 557, 567.
- Ver People v. Jones (1979) 96 Cal.app.3d 820, 827; U.S. v. Howard (8th Cir. 2008) 532 F.3d 755.
- (8vo Cir. 2010) 600 F.3d 971, 977. VER TAMBIÉN Nelson v. Fulcomer (3rd Cir. 1990) 911 F.2d 928, 934 [“no podemos decir que el simple hecho de colocar a un sospechoso en la misma habitación con su pareja en el delito, sin ningún estímulo adicional, es razonablemente probable que evoque una respuesta incriminatoria”].
- Véase Rhode Island c. Innis (1980) 446 U.S. 291, 301.
- Ver Pennsyl v ania v. Muniz (1990) 496 U.S. 582, 601; People v. Farnam (2002) 28 Cal.4th 107, 180; People v. Clair (1992) 2 Cal.4th 629, 679-80; People v. Powell (1986) 178 Cal.app.3d 36, 40; People v. Palmer (1978) 80 Cal.app.3d 239, 256; People v Valdi v ia ( 1986) 180 Cal.app.3d 657, 662; U.S. v. Arellano-Ochoa (9th Cir. 2006) 461 F.3d 1142, 1146; U.S. v. Pacheco-Lopez (6to Cir. 2008) 531 F.3d 420, 423; Rosa v. McCray (2do Cir. 2005) 396 F.3d 210, 211; Estados Unidos v. Washington (9º Cir. 2006) 462 F.3d 1124, 1133 [“[T] la pregunta sobre el nombre de pandilla de Washington era la recolección rutinaria de información de fondo”].
- Ver People v. Gomez (2011) 192 Cal.app.4th 609, 630; U.S. v. Booth (9th Cir. 1982) 669 F.2d 1231, 1238; U.S. v. Salgado (9th Cir. 2002) 292 F.3d 1169, 1172.
- Ver People v. Gomez (2011) 192 Cal.app.4th 609, 634 [“Es razonable tomar medidas para que los miembros de las bandas rivales no sean colocados juntos en celdas de la cárcel”.].
- 166 Ver People v. Roquemore (2005) 131 Cal.app.4th 11, 26.
- Ver U.S. v. Minkowitz (E.D.N.Y. 1995) 889 F.Supp. 624, 628 [“las cuestiones relativas a la posesión de tarjetas de crédito por parte de un demandado de un nombre diferente difícilmente pueden caracterizarse como 'rutinarias' o 'básicas'”].
- Ver U.S. v. Pacheco-Lopez (6th Cir. 2008) 531 F.3d 420, 424 [“Pero preguntarle a López de dónde era, cómo había llegado a la casa, y cuándo había llegado son [no preguntas rutinarias de reserva].”].
- Ver People v. Gomez (2011) 192 Cal.app.4th 609, 635. COMPARAR: U.S. v. Mata-Abundiz (9th Cir. 1983) 717 F.2d 1277, 1280 [“[T] el interrogatorio realizado por [el oficial] [diez días después de la detención] tenía poco, si acaso, parecido con la reserva de rutina”].
- Ver People v. Morris (1987) 192 Cal.app.3d 380, 389; U.S. v. Mata-Abundiz (9th Cir. 1983) 717 F.2d 1277, 1280.
- Véase Nueva York v. Quarles (1984) 467 U.S. 649, 656; People v. Mayfield (1997) 14 Cal.4th 668, 732; People v. Testamentos (1980) 104 Cal.app.3d 433, 446-47; People v. Panah (2005) 35 Cal.4th 395, 471; People v. Dean (1974) 39 Cal.App.3 d 875, 882; Allen v. Roe (9th Cir. 2002) 305 F.3d 1046, 1050. NOTA: Si bien no hemos encontrado casos en los que la aplicación de la excepción de seguridad pública se basara exclusivamente en la amenaza de destrucción de bienes, parece evidente que tal amenaza cae bien dentro de la excepción de seguridad pública. Al fin y al cabo, si una amenaza sustancial a la propiedad constituye una circunstancia apremiante para excusar el cumplimiento de las disposiciones de la Cuarta Enmienda, debería ser suficientemente importante excusar el cumplimiento de requisitos procesales que no son obligatorios por la Constitución. Ver People v Riddle (1978) 83 Cal.app.3d 563, 572 [“La aplicación del principio de circunstancias exigentes no se limita a situaciones en las que está en juego la vida humana”.].
- Ver People v. Cressy (1996) 47 Cal.app.4th 981, 987; U.S. v. Basher (9th Cir. 2011) 629 F.3d 1161, 1166.
- Ver People v. Simpson (1998) 65 Cal.app.4th 854, 862; Allen v. Roe (9th Cir. 2002) 305 F.3d 1046, 1051; U.S. v. Basher (9th Cir. 2011) 629 F.3d 1161, 1167; U.S. v. Are (7th Cir. 2009) 590 F.3d 499, 506.
- Ver Nueva York v. Quarles (1984) 467 U.S. 649; People v. Gilliard (1987) 189 Cal.app.3d 285; People v. Cole (1985) 165 Cal.app.3d 41, 51-52; Allen v. Roe (9th Cir. 2002) 305 F.3d 1046, 1050-51; U.S. v. Watters (8th Cir. 2009) 572 F.3d 479, 482.
- Ver People v. Davis (2009) 46 Cal.4th 539, 592; People v. Dean (1974) 39 Cal.app.3d 875, 883; People v. Coffman (2004) 34 Cal.4th 1, 57; People v. Riddle ( 1978) 83 Cal.app.3d 563, 577; People v. Panah (2005)) 35 Cal.4th 395, 471.
- Ver People v. Stevenson (1996) 51 Cal.app.4th 1234; People v. Jones (1979) 96 Cal.app.3d 820, 827-28.
- Ver People v. Mayfield (1997) 14 Cal.4th 668, 734.
- Ver Nueva York v. Quarles (1984) 467 U.S. 649, 658-59 VER TAMBIÉN U.S. v. Newton (2nd Cir. 2004) 369 F.3d 659, 678.
- People v. Cressy (1996) 47 Cal.app.4th 981, 989.
- Véase U.S. v. Johnson (7th Cir. 2012) F.3d [2012 WL 1871608].
- Véase Illinois v. Perkins (1990) 496 U.S. 292, 296; Arizona v. Mauro (1987) 481 U.S. 520, 526; People v. Gonzales (2011) 52 Cal.4th 254, 284; People v. Tate (2010) 49 Cal.4th 635, 686; People v. Miranda (1987) 44 Cal.3d 57, 86; People v. Davis (2005) 36 Cal.4th 510, 555; People v Thornton (2007) 41 Cal.4th 391, 433; People v. Guilmette (1991) 1 Cal.app.4th 1534 ; People v. Plyler (1993) 18 Cal.app.4th 535, 544-45; People v. Zepeda (2001) 87 Cal.app.4th 1183, 1194-95; People v. Leonard (2007) 40 Cal.4th 1370, 1402; U.S. v. Hernández-Mendoza (8th Cir. 2010) 600 F.3d 981, 977 [conversación grabada entre dos detenidos en patrulla]; Reinert v. Larkins (3d Cir. 2004) 379 F.3d 76, 87 [declaración a EMT].
- Véase Illinois v. Perkins (1990) 496 U.S. 292, 296.
- Ver Rothgery v. Condado de Gillespie (2008) 554 U.S. 191, 213.