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13.6: Trata de Personas

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    La trata de personas, o trata de personas, sigue siendo difícil de abordar, sobre todo porque existe una superposición entre la trata y la inmigración ilegal (Capítulo 6). La práctica implica el acto de reclutar, transportar, trasladar, albergar o recibir a una persona mediante el uso de la fuerza, la coerción u otros medios, con el fin de explotarla. La inmigración ilegal o el tráfico ilícito de migrantes implica la entrada ilegal de una persona a un estado del que esa persona no es nacional o residente, facilitada por agentes para obtener ganancias económicas (ONU, 2000). Una persona puede buscar voluntariamente ser traficada a un país pero una vez allí resulta victimizada —retenida en contra de su voluntad mediante actos de coerción y obligada a trabajar o prestar servicios al traficante u otras personas. Por ejemplo, una persona puede verse obligada a trabajar en condiciones de servidumbre, trabajo forzoso, o convertirse en trabajadora sexual mediante amenazas de violencia, o al tener sus pasaportes en manos de sus empleadores. La explotación sexual representa alrededor del 79% de la trata de personas, mientras que el trabajo forzoso representa casi una de cada cinco víctimas (UNODC, 2009).

    Sin embargo, cabe señalar que el Protocolo contra la Trata (véase más adelante) considera que el consentimiento voluntario de una víctima de trata de personas es irrelevante para su explotación en la mayoría de las circunstancias. Estos incluyen la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, el trabajo o servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, la servidumbre, o la extracción de órganos. La trata de personas con fines de extracción de órganos se conoce como un comercio auxiliar donde grupos del crimen organizado trafican a víctimas a través de fronteras a través de falsas promesas o coerción para vender sus órganos, como los riñones. Si bien la trata de personas con fines de extracción de órganos es un acto delictivo en virtud del Protocolo contra la Trata de Personas, el Protocolo “no abarca únicamente la transferencia de órganos (con fines de lucro); el tráfico de órganos, conforme al Protocolo, sólo ocurre si un individuo es objeto de trata con fines de extracción de órganos” (ONU, 2008). Sólo en unos pocos casos las víctimas de la trata son efectivamente secuestradas o tomadas por la fuerza. Más habitual es que se ofrezcan como voluntarios para ser ingresados de contrabando a un nuevo país que ofrezca mejores oportunidades económicas, o un escape de las condiciones opresivas en su propio país, sólo para caer presa de traficantes que luego usan la coerción para explotarlos y atraparlos. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que hay al menos 67 millones de trabajadores domésticos mayores de 15 años en todo el mundo, de los cuales el 80% son mujeres. Casi una quinta parte (17%) de las trabajadoras domésticas son trabajadoras migrantes, y muchas tienen pocos derechos o se enfrentan a una explotación severa (OIT, 2017).

    No es sorprendente, por lo tanto, que la mayoría de las víctimas de la trata de personas provengan de países en desarrollo. En un análisis de la trata sexual hacia Europa, por ejemplo, se encontró que la mayoría de las víctimas provenían de países en desarrollo recién formados tras la ruptura de la ex Unión Soviética (UNODC, 2009). Otros países de origen incluyen los de Europa del Este, los Balcanes, Brasil, Colombia, Indonesia, Filipinas, México, Nigeria, Marruecos, Myanmar, Tailandia y Vietnam. Si las víctimas tienden a originarse en países en desarrollo, son los países desarrollados —incluidos los de la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá, Israel, Japón y Australia— los que son sus destinos finales. Arabia Saudita y Turquía también son países de destino, especialmente para los empleados domésticos y los trabajadores. China, India, Pakistán, Polonia, Tailandia y la República Checa pueden ser tanto países de origen como de destino. Sin embargo, ningún país del mundo es necesariamente inmune a la trata de personas, con personas de 127 países siendo explotadas en 137 naciones (UNODC, 2009). En algunos casos la persecución se ve entorpecida por el hecho, o la percepción, de que los trabajadores ilegales hacen una contribución considerable a la economía del país anfitrión. Debido a que los delitos transnacionales como la trata de personas y el contrabando de personas son clandestinos, no es posible realizar una evaluación precisa de la magnitud del problema; las estimaciones varían. Según la Organización Internacional del Trabajo, se estima que en 2016 había alrededor de 40.3 millones de personas en esclavitud moderna (trabajo forzoso, trabajo en servidumbre y prostitución forzada) en todo el mundo. Mujeres y niñas representan 71% (28.7 millones) del total, pero 99% de las víctimas de trabajo forzoso en la industria del sexo comercial y 58 por ciento en otros sectores (OIT, 2014).

    En 2007, la ONU estimó el valor total de mercado de la trata ilícita de personas en 32 mil millones de dólares, incluyendo alrededor de 22 mil millones de dólares de ganancias de las actividades de las víctimas (ONU, 2007). Un estudio más reciente de la OIT estima ahora que el total de ganancias ilegales obtenidas del uso del trabajo forzoso a nivel mundial asciende a 150.2 mil millones de dólares anuales. Se estima que dos tercios de las ganancias del trabajo forzoso fueron generadas por la explotación sexual forzada, que se estima en 99 mil millones de dólares anuales (OIT, 2017).


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