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15.7: Ensayos de muestra para estudiantes

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    Penny Grimes

    Prof. Polliard

    Inglés 101

    28 Abril 2016

    Baños para Todos

    El 26 de junio de 2016 la Suprema Corte falló a favor de la igualdad matrimonial, legalizando el matrimonio del mismo sexo en los 50 estados (Somander). Este fue un gran paso para la comunidad LGBTQ+, dando a los individuos el coraje de “salir”, muchos también se sintieron alentados a identificarse públicamente con una orientación sexual que no sea heterosexual o un género distinto al que se les asignó al nacer. Si bien la igualdad matrimonial ha abierto muchas puertas para el cambio y la capacidad de elevar la conciencia social y la conciencia, todavía hay muchos temas sin resolver.

    Una de las comunidades más pasadas por alto en el acrónimo LGBTQ+ es la comunidad transgénero. “Transgénero es un término paraguas para la persona cuya identidad de género, expresión o comportamiento de género no se ajusta a lo que normalmente se asocia con el sexo al que fueron asignados al nacer” (“Respuestas a tus preguntas”). Por encima de muchos temas y discriminaciones que enfrenta la comunidad transgénero, uno ha causado mucha polémica en los últimos años. ¿Se debería permitir a las personas transgénero usar el baño de su elección? Muchos argumentan que permitir que las personas transgénero elijan baños en función de su identificación personal de género podría ser una ventaja peligrosa para los depredadores y aunque es una preocupación razonable, las razones por las que se debe permitir a las personas transgénero usar el baño de su elección superan esto preocupación. Ayudarles con la transición, allanar el camino para acabar con la discriminación contra la comunidad transgénero y acabar con el estigma que rodea a las personas transgénero son solo algunas de las razones por las que deberíamos darles el derecho de elegir el baño del género con el que se identifican.

    Según Lambda Legal, para un individuo transgénero en transición, usar un baño público es una parte esencial de la transición.

    El aspecto más crítico de la transición de género, de acuerdo con el protocolo médico reconocido internacionalmente establecido por la Asociación Mundial de Profesionales para la Salud Transgénero, es garantizar que una persona transgénero sea capaz de vivir, ser vista y ser tratada por otros en un asunto consistente con el género de la persona identidad. Acostumbrarse a usar el baño apropiado es una parte importante de este proceso. Además, las personas transgénero deben dar este paso mucho antes de proceder, si acaso, a intervenciones médicas que involucren hormonas o cirugía. (“PREGUNTAS FRECUENTES”)

    Antes de que un individuo transgénero decida buscar intervención médica, es fundamental para ellos que la sociedad los vea como el género con el que se identifican. Al no permitirles elegir el baño en el que se sientan más cómodos, estamos sumando al daño psicológico que puede causar el mestizaje; es un recordatorio de que el mundo no los ve como el género en el que se sienten cómodos.

    Al darle a la comunidad transgénero el derecho a elegir, la sociedad estaría dando un gran paso adelante para allanar el camino para poner fin a la discriminación que la comunidad transgénero enfrenta a diario. Según una encuesta realizada en 2011 por el Centro Nacional para la Igualdad Transgénero y el Grupo de Trabajo Nacional de Gays y Lesbianas, se encontró que “al 26 por ciento de los estudiantes transgénero se les había negado el acceso a los baños en entornos educativos, y 22 por ciento de los empleados transgénero informaron que se les negó el baño acceso en el trabajo” (Stringer). Destacar y eliminar la discriminación que enfrenta la comunidad transgénero sería un paso enorme para crear una sociedad que acepte y acoja no solo a las personas transgénero, sino también a todas las demás comunidades que caigan en el acrónimo LGBTQ+.

    Además, al dar a las personas transgénero el derecho a elegir, estaríamos ayudando a destruir el estigma negativo que rodea a esta comunidad. Muchas personas a menudo temen cosas que no entienden, y cuando este miedo se deja correr desenfrenado, las acciones que llevan son en muchos casos severas. “En 2009, 17 por ciento de todos los delitos violentos de odio denunciados contra personas LGBTQ+ fueron dirigidos contra quienes se identificaron como transgénero, siendo la mayoría (11 por ciento de todos los delitos de odio) identificándose como mujeres transgénero. El resto se identificó como hombres transgénero, género queer, cuestionamiento de género o intersexuales” (“Respondiendo a las víctimas transgénero”). Es vital, para la seguridad y el bienestar general de las personas transgénero, que la sociedad actúe más temprano que tarde. Es hora de destruir esta caja en la que hemos colocado a la comunidad LGBTQ+ y avanzar hacia una sociedad más aceptora.

    Dieciocho estados, entre ellos California, Colorado y Oregón, tienen “leyes laborales que protegen explícitamente a los empleados sobre la base de la identidad de género” (“Preguntas frecuentes”). No obstante, no quiere decir que la pelea haya terminado. Todavía hay muchas preocupaciones por parte del público en general; algunos creen que dar a la comunidad transgénero el derecho a elegir dará una ventaja a los depredadores, y que las mujeres correrán un mayor riesgo de ser acosadas sexualmente, pero estos mitos pueden ser fácilmente desacreditados; “no hay evidencia de que se haya segregado por género los baños son 'más seguros' para las mujeres cisgénero que los baños unisex. Y además, hay leyes que protegen a las personas de conductas delictivas en los baños públicos” (FAQ). Estas preocupaciones de acoso que tiene el público en general sobre los baños neutrales de género son incidentes que enfrentan las personas transgénero todos los días de su vida; “53% de 6 mil 450 personas transgénero denunciaron haber sido acosadas o faltadas al respeto en un lugar de alojamiento público en una encuesta reciente realizada por la Nacional Centro de Igualdad Transgénero y el Grupo de Trabajo Nacional de Gays y Lesbianas” (FAQ). Aunque el miedo a lo desconocido y la intolerancia pueden ser difíciles de corregir, es hora de que la sociedad comience a hacer un mayor esfuerzo para mejorar la vida cotidiana de las personas transgénero.

    Al dar este monumental paso adelante, abriremos un millón y una oportunidades para llevar la conciencia social y la conciencia a las numerosas cantidades de fallas que tiene el sistema cuando se trata de miembros de la comunidad LGBTQ+. Ayudaremos a eliminar el estigma que rodea a la comunidad transgénero y allanaremos el camino para poner fin a la discriminación general de las personas transgénero. Este paso es esencial si queremos evolucionar como sociedad. La discriminación es perjudicial; la igualdad no lo es.

    Obras Citadas

    “Respuestas a sus preguntas sobre las personas transgénero, la identidad de género y la expresión de género”. Asociación Americana de Psicología, 2016. www.apa.org. Accedido el 2 de mayo de 2016.

    “Preguntas frecuentes: Respuestas a preguntas comunes sobre los derechos laborales de las personas transgénero”. Lambda Legal. www.lambdalegal.org. Accedido el 2 de mayo de 2016.

    “Respondiendo a las víctimas transgénero de agresión sexual”. Oficina de Víctimas del Delito. Programas de la Oficina de Justicia, junio 2015. www.ovc.gov. Accedido el 2 de mayo de 2016.

    Somanader, Tanya. “Actualizaciones en vivo sobre #LoveWins: La Suprema Corte dictamina que las parejas de gays y lesbianas pueden casarse”. La Casa Blanca, 26 de junio de 2015. www.whitehouse.gov. Accedido el 2 de mayo de 2016.

    Stringer, Scott. “Baños para todos: un plan para ampliar los baños neutrales de género en Nueva York”. Oficina de la Contraloría de la Ciudad de Nueva York, jun 2015. www.contralller.nyc.gov. Accedido el 2 de mayo de 2016.

    *Este ensayo estudiantil incluye fechas de acceso y URLs que MLA 8ª edición deja al escritor o instructor.

    Comentarios del Calificador:
    • Buen uso de una estrategia de introducción de dos párrafos
    • Tesis fuerte con oraciones temáticas correspondientes para dirigir el flujo de ideas.
    • Si bien existe una refutación, el escritor podría haberse expandido sobre ella.
    • Errores menores en las convenciones: comas, apóstrofos, representación de fechas/días (por ejemplo, cambiar “12” a 12)
    • Evite en primera persona (por ejemplo, “Nosotros”)

    Preguntas para Discusión y Análisis

    Responde las siguientes preguntas respecto al ensayo. Sea completo en sus explicaciones y cite ejemplos o citas en apoyo de su respuesta. Usa oraciones completas con gramática, ortografía y puntuación adecuadas.

    1. ¿Dónde está la declaración de tesis y se coloca efectivamente?
    2. ¿Qué puntos de vista opuestos se incluyen en el ensayo? ¿Cómo pudo el escritor haber contrarrestado esas preocupaciones de manera más efectiva?
    3. Evaluando el uso de fuentes por parte del escritor, ¿fueron los académicos y creíbles? ¿Por qué o por qué no?

    Paulina García

    Prof. Marianne Botos

    ENG101

    5 de mayo de 2016

    Justicia denegada para todos

    Un hombre de Wisconsin, Jeffrey Dahmer, “quitó [a sus víctimas] carne con ácido, blanqueó el esqueleto y lo guardó en su armario, también guardó los bíceps de las víctimas y los colocó en un congelador para su posterior consumo” (Blanco, “Jeffrey”). Otro hombre de Wisconsin, Edward Gein, decapitó a una mujer, luego la colgó boca abajo con cuerdas en sus muñecas en su cobertizo, solo para luego esconder su cabeza en un saco de arpillera en su casa junto con máscaras faciales humanas, cráneos en postes de cama, órganos en el refrigerador, y una pantalla hecha de la piel de un rostro humano (Blanco, “Eduardo”). Después, también está el caso de Robert Hansen, un hombre de Idaho que secuestró a una mujer y la liberó desnudos en el bosque de Alaska, sólo para cazarlos y matarlos (D'Oro). Los tres fueron casos en los que el demandado no recibió la pena capital. En cambio, a dos se les impuso cadena perpetua por las 38 vidas de víctimas conocidas que se llevaron, y el segundo hombre de Wisconsin fue declarado inocente por razón de locura. Esos casos y casos similares han causado una polémica masiva a lo largo de la historia estadounidense. ¿Fue apropiado el castigo? ¿Podrían haber sido disuadidos? ¿Se debe tomar en consideración su pasado? Es justo decir que no ha habido puntos en común respecto a casos tan extremos como los mencionados anteriormente.

    La pena capital significa inevitablemente quitarle la vida a otra persona y especular sobre lo que vale una vida y cuánto valor posee realmente. ¿La vida es realmente invaluable o está en el rango de $7 millones a $9 millones como afirma la Oficina de Administración y Presupuesto de Estados Unidos (Partnoy)? Teniendo en cuenta las 17 víctimas de Dahmer significaría que se llevó un equivalente de 119 millones de dólares a 153 millones de dólares en vida humana. En Arizona, eso lo habría hecho digno de la pena capital 43 veces ya que el costo del corredor de muerte según el Departamento de Correcciones de Arizona es de $3,523,012.85 (Rummell). A pesar de que la pena de muerte pone en tela de juicio los valores y la moral de una persona, los beneficios que produce y la conciencia que aporta a la vida de una persona son en última instancia más significativos.

    Quienes están en contra de permitir que se permita la pena capital la ven como un delito atroz, y en cierto modo lo es. Es robar a las personas su derecho a vivir una vida larga y significativa. Entonces, existe la posibilidad de rehabilitación, dando a los acusados una segunda oportunidad de vida y guiándolos en la dirección correcta. Ese sería el resultado ideal de cada situación, hacer que los delincuentes reevalúen sus estilos de vida y se conviertan en ciudadanos modelo dentro de su sociedad. El juez de la Suprema Corte Stephen G. Breyer ha sido vocal en su punto de vista, en el que argumenta que la pena de muerte es “viciada, cara, sujeta a manipulación, aplicada desproporcionadamente a las minorías, no es un disuasorio efectivo y, a fin de cuentas, irreversible” (Qtd en Sainz). No obstante, se han realizado estudios comprobados en Texas de la Universidad de Duke que afirman “de 1994 a 2005, cada ejecución... estuvo asociada con... una disminución de hasta 2.5 asesinatos” (Mulhausen).

    Siendo ese el caso, Edward Koch, quien se desempeñó como alcalde de la ciudad de Nueva York por tres mandatos, declaró: “Si el gobierno funcionara solo cuando no existiera la posibilidad de error, el gobierno no funcionaría en absoluto”. A pesar de que hay una pequeña posibilidad de que alguien sea condenado por error, no se sustenta en motivos suficientes para detener la pena de muerte todos juntos. Posteriormente, Koch realizó un estudio de 7 mil ejecuciones a lo largo de 78 años en este país, concluyendo que el registro no muestra un caso de ejecución de una persona inocente. Este tipo de castigos le da cierto valor al acusado de la vida de las víctimas y lo que pudo haber sido de ella. Por lo tanto, si no hay un ejemplo puesto en cuanto al valor que tienen los derechos de las personas o su valor vital, entonces un asesino podría no pensar dos veces en la decisión de matar, provocando así que las familias no reciban el cierre o la justicia que esperan y merecen. Koch destaca cuánto “La vida humana merece una protección especial, y una de las mejores formas de garantizar esa protección es asegurar que los asesinos convictos no vuelvan a matar”. En parte produce un mayor desenlace para la comunidad ya que disuade a los delincuentes de repetir crímenes atroces y causar daño a los demás.

    Luego están quienes usan la Octava Enmienda en contra del uso de la pena capital. La enmienda establece que “No se requerirá fianza excesiva, ni multas excesivas impuestas, ni castigos crueles e inusuales infligidos” (U.S. Const. Enmienda XIII). La inyección letal que se administra consiste en tres fármacos: “tiopental de sodio (un barbitúrico para inducir anestesia), bromuro de pancuronio (un relajante muscular que paraliza todos los músculos del cuerpo) y cloruro de potasio (una sal que acelera el corazón hasta que se detiene)” (Greenemeier). En un momento la Suprema Corte de Estados Unidos dictaminó que “la inyección letal no creaba un riesgo inaceptable de dolor intenso y no violaba la Octava Enmienda...” (Hudson). Posteriormente, el juez de la Suprema Corte Antonin Scalia señaló cómo “Si la pena de muerte no violó la Enmienda 8 cuando se adoptó la Enmienda 8, no la viola hoy” (Qtd en Sainz). Todos los condenados a muerte pasan por un juicio y son inculpados por un jurado de sus pares, es decir, se les otorgan los mismos derechos que cualquier otro acusado. Además, a los condenados a muerte se les suele dar la opción de su pena capital a menos que el estado en el que residen solo tenga una opción para la pena capital. Por ejemplo, Arizona brinda la opción de inyección letal o la cámara de gas. La inyección letal consiste en exactamente los mismos tres fármacos utilizados en la eutanasia (“Métodos”). La inyección letal es legal en cuatro estados y diversos países (“Dónde”). Por lo tanto, no debe considerarse un castigo cruel ni inusual.

    La pena de muerte no es algo ligero y sencillo para lo que cualquier caso deba ser elegible. Hay factores que deben cumplirse para poder optar a la pena de muerte. Primero, al menos en el estado de Arizona, debe haber un asesinato en primer grado, incluyendo el asesinato premeditado y el delito grave. Entonces, debe ir acompañada de al menos uno de los considerables factores agravantes (Kirchmeier). Algunos de los factores enumerados incluyen cometer el delito de manera especialmente atroz o cruel, la persona asesinada tenía quince años de edad o más de setenta años, hecho con la intención de promover bandas callejeras criminales, no había justificación moral ni jurídica, o se cometió para el pago de cualquier cosa de valor pecuniario (Kirchmeier). La lista continúa, y los factores mencionados no pintan el cuadro de un ciudadano modelo ni la posibilidad de convertirse en uno. Aun cuando comete un delito tan despreciable, la Constitución asegura que ninguna persona será privada de la vida sin el debido proceso (U.S.Const. Modifique V). Le da al acusado la oportunidad de defender sus acciones contra sus compañeros, pero no obstante, algunos delitos son demasiado bárbaros para merecer una segunda oportunidad cuando a la víctima no se le dio esa igualdad de oportunidades.

    Lo más importante es que las personas son castigadas por el delito o delitos que cometieron, no por la persona que dicen ser después del incidente. Por ejemplo, un delincuente puede pretender ser rehabilitado y cambiado de persona después de que se haya cometido el delito, pero eso no significa necesariamente que sea cierto. No elimina el hecho de que el delito se haya cometido, se haya quitado una vida, y no hay rehabilitación para traer de vuelta a una víctima a su familia, amigos, o vida. A los delincuentes se les debe dar un castigo proporcional a su delito y acciones. Robert Blecker, profesor de la Facultad de Derecho de Nueva York y defensor de la pena de muerte, reafirma constantemente en su documental, Robert Blecker Wants Me Dead, que el pasado cuenta y los acusados deben estar conectados con su delito, cumpliendo cualquier castigo que parezca proporcional al delito. Este documental retrata a un hombre de Tennessee, Daryl Holton, quien asesinó a sus tres hijos y a su media hermana. A lo largo de toda la película Holton es visitado por Robert Blecker y parece ignorar que lo que hizo estuvo mal. En la mente de Holton, sus acciones estaban justificadas porque preferiría que subieran al cielo que vivir en las horribles condiciones en las que se encontraban y posiblemente crecer para ser criminales. Holton era un firme creyente de que hacía lo correcto; nunca se movió en su punto de vista (Robert). Para un caso tan extremo como el de Holton, es claro que la rehabilitación no habría sido la mejor opción porque estaba ligada a sus valores y moral. La pena capital no está destinada a cualquier delincuente, sino que tampoco es la oportunidad de una segunda oportunidad.

    Si un delito es tan despreciable e inhumano que la pena capital sería proporcional entonces esa es la justicia que hay que atender. Es injusto para quienes tienen que vivir después del crimen, la familia y amigos de la víctima, ver al asesino de sus seres queridos dado más derechos que la persona que van a poner en un ataúd y bajar al suelo. Peor es el conocimiento de que después de veinticinco años, el asesino podría ser liberado a la sociedad y vivir la vida que su víctima no tuvo oportunidad de ni siquiera volver a traer atroz tragedia a los demás. Se trata de una injusta no sanción para los delincuentes cuyos delitos son tan atroces que los hace elegibles para la pena capital. Les da algo que su víctima no tiene ni él o ella jamás tendrá, una vida.

    Obras Citadas

    Blanco, Juan I. “Edward Theodore Gein: Arresto”. Asesinatopedia. http://murderpedia.org/male. G/g/gein-edward.htm.

    —-. “Jeffrey Lionel Dahmer: Víctimas conocidas”. Asesinatopedia. http://murderpedia.org/ Hombre.d/d/Dahmer-Jeffrey.htm.

    D'Oro, Rachel. “Robert Hansen, Asesino en serie condenado en Alaska, Muere a los 75 años”. The Washington Post, 22 ago. 2014. www.washingtonpost.com/natio... c1a_story.html.

    Greenemeier, Larry. “¿Cruel y Habitual? : ¿La pena capital por inyección letal es rápida e indolora?” Scientific American, 27 Oct. 2010. http://www.scientificamerican.com/ar...hal-injection/.

    Hudson, David L. “Corte Suprema de Estados Unidos activa en casos de pena de muerte, jueces profundamente divididos”. Insights on Law & Society, vol. 16, núm. 1, 2015. Búsqueda Académica Completa.

    Kirchmeier, Jeffrey. “Lanzar una red más amplia: otra década de expansión legislativa del Peanalty de la muerte en Estados Unidos”. Pepperdine Law Review, vol. 34, núm. 1, 2006. http://digitalcommons.pepperdine.edu...37&context=plr.

    Koch, Edward I. “La muerte y la justicia”. Nueva República, 1985. http://admin.faulkner.edu/admin/webs...rmack/koch.pdf.

    “Suicidio, aborto, eutanasia y temas de vida”. Life: a New Zealand Resource for Life Related Issues, 2010. www.life.org.nz/eutanasia/.

    Malhausen, David B. “Es hora de abolir la pena de muerte”. U.S.News & World Report, 29 de septiembre de 2014. www.usnews.com/opinion/articl... eterring-crime.

    Partnoy, Frank. “El costo de una vida humana, estadísticamente hablando”. El globalista, 21 de julio de 2012. http://www.theglobalist.com/the-cost...ally-speaking/.

    Robert Blecker me quiere muerto. Dir. Ted Shillinger. Perf. Robert Blecker, Daryl Holton, Atlas Media, 2009.

    Rummell, Cooper. “El costo real de la pena de muerte en Arizona”. Noticias KTAR, 30 de septiembre de 2014. http://ktar.com/story/92517/the-real...ty-in-arizona/.

    Sainz, Adrián. “El juez Antonin Scalia 'no se sorprendería' si Corte Suprema pone fin a la pena de muerte”. Los Angeles Times, 25 de septiembre de 2015. http://www.latimes.com/ opinion/opinion-la/laol-scalia-death-penalty-pope-francis-xi-jinpeng-trump-boehner-20150925-story.html.

    Constitución de Estados Unidos. Enmendar. V.

    Constitución de Estados Unidos. Enmendar. XIII.

    “¿Dónde es legal la eutanasia?” Nueva Guía de Salud, 2014. http://www.newhealthguide.org/ Where-Is-Euthanasia-Legal.html.

    Comentarios del Calificador:
    • Buen uso de preguntas de sondeo
    • Excelente variedad de fuentes
    • Uso inteligente de ejemplos específicos y gráficos para llamar la atención de los lectores
    • Cuando existe un error en la fuente original, MLA requiere que el escritor acuse de recibo el error insertando “[sic]” después del error

    Preguntas para Discusión y Análisis

    Responde las siguientes preguntas respecto al ensayo. Sea completo en sus explicaciones y cite ejemplos o citas en apoyo de su respuesta. Usa oraciones completas con gramática, ortografía y puntuación adecuadas.

    1. Según el ensayo, ¿cuál es la definición de la pena capital?
    2. ¿Cuáles son las cuatro razones que argumenta el alumno en apoyo de la tesis?
    3. Enumerar tres tipos diferentes de expertos utilizados y citados en el ensayo.
    4. Después de considerar el argumento, ¿cuál es su posición sobre el castigo capitolio? Explique, aportando sus propias razones.

    Estudiante Ima

    Profesor Bueno

    Inglés 101

    18 de junio de 2016

    Estrellas y rayas para siempre y la libertad de encenderla

    Una artista pega una bandera estadounidense en una taza del inodoro y le da derecho a su obra “El sueño americano que se llevó a la olla”. Otro artista cubre una bandera en el piso y hace la pregunta “¿Cuál es la manera adecuada de exhibir la bandera de Estados Unidos?” al tiempo que alienta a los espectadores a elegir si pisar la bandera que se extiende en el piso. En 1969, un hombre protesta por el tiroteo contra el activista de derechos civiles James Meredeth, quemando públicamente una bandera mientras declaraba: “Si le hicieron eso a Meredeth, no necesitamos una bandera estadounidense” (qtd. en Ponessa, “Bandera” 1510). Al Congreso le molesta la falta de respeto al mayor símbolo de esta nación, y ahora quiere aprobar una enmienda que prohíba la quema de banderas o la profanación. Propone una reforma constitucional que otorgaría al Congreso y a los estados la facultad de aprobar leyes que prohíban la profanación de abanderamiento (Ponessa, “Casa” 1646). A pesar del apoyo popular aparentemente abrumador, la medida aún tiene muchos críticos vocales que dicen que infringirá el derecho a la libertad de expresión de la Primera Enmienda. “Vamos al corazón y al alma del derecho a la libertad de expresión tal como está protegido en la Constitución”, dijo el ranking demócrata John Conyers Jr. de Michigan. “Es difícil concebir una propuesta más mal redactada” (qtd. en Ponessa, “Casa” 1646). Barney Frank, D-Mass., quien ha dicho que la Constitución no debe ser modificada frívolamente, agregó: “Creo que estamos cometiendo un error bien intencionado” (qtd. en Ponessa, “Casa” 1646).

    Justo, ¿de qué se trata este error bien intencionado? Se trata de la bandera estadounidense: una pieza de material pero más que una vívida chatarra de material; es un icono de libertad, libertad y justicia para todos. La bandera americana es un trozo de tela con trece franjas rojas y blancas y cincuenta estrellas blancas sobre un cuadrado azul, un trozo de tela que ha pasado por dos guerras mundiales y otras numerosas batallas; un trozo de tela que incluso fue volado a la luna. La bandera representa todo lo que es América. Es tan estadounidense como el propio América. Las Estrellas y Rayas saludan tanto para los ciudadanos respetuosos como irrespetuosos de este país. Significa libertad y justicia para todos, por la libertad de expresión, la libertad de expresión, tal vez hasta la libertad de quemar y profanar este amado símbolo. Si bien la bandera estadounidense es digna de gran estima, el gobierno no puede quitarle el derecho a profanar la bandera sin quitarle todo lo que representa —la libertad.

    Los opositores a la enmienda ven desfigurar físicamente la bandera como un acto despreciable, y de hecho lo es. Trae deshonor a la memoria de quienes han dado su vida para defender sus ideales. La bandera representa todo lo que ha pasado el estadounidense: sus esperanzas y sus sueños. Se trata de un símbolo de unidad, o al menos del deseo declarado de estar unidos. “La humanidad vive de símbolos, y vale la pena respetar la bandera. Representa nuestra experiencia compartida, nuestra conexión con el pasado y el futuro de Estados Unidos y nuestra responsabilidad mutua, independientemente de su clase, edad o raza” (Leo 17). No obstante, la profanación de banderas es una forma de expresión, y el gobierno no puede despojar el derecho a expresarse, simplemente porque el acto es vulgar. Como señaló la Suprema Corte en 1989, “Si hay un principio fundamental que subyace a la Primera Enmienda, es que el gobierno no puede prohibir la expresión de una idea simplemente porque la sociedad encuentra la idea misma ofensiva o desagradable” (Apel).

    Por lo tanto, la sociedad debe esforzarse por ver que la quema de banderas y la profanación no puedan demoler la verdadera gloria de la bandera. Los intentos de burlarse de la bandera a través de crudas obras de arte y descarados actos de profanación no pueden destruir el verdadero poder que se encuentra detrás de este símbolo estadounidense. La definición de profanación del Diccionario Webster es quitar lo sagrado de, tratar como no sagrado; profano. Prender fuego a “Old Glory”, o meterla en una taza del inodoro y llamarla “arte” son actos de profanación. No obstante, como observa la República de Arizona, “Se necesitan más que palabras duras y desagradables artes gráficas para diluir el poder [de la bandera]. Es claramente uno de los símbolos más fuertes jamás creados” (“Old Glory”).

    Además, la gente quema la bandera cada vez con menos frecuencia. Se habla de prohibir la profanación de banderas parece estar sucediendo más que las quemaduras reales de banderas. Así, sería más fácil simplemente ignorar las ocasionales quemaduras de bandera, en lugar de escribir una prohibición en su contra en la constitución. Por ejemplo, sólo hay 45 ocurrencias de este tipo registradas desde 1969... y desde que la Suprema Corte en 1989 anuló un veredicto contra un quemador de bandera en Texas v. Johnson, no se han registrado más de ocho ocurrencias al año (Buckley 75). William F. Buckley, Jr. se quebró sarcásticamente, “¿Por qué ir a la Constitución para prohibir algo que sucede tan raramente como un eclipse de sol?” (75). El número de personas ansiosas por quemar una bandera para llamar la atención sobre una causa o hacia ellos mismos es muy pequeño. Por una cuenta, solo se sabe que se han producido tres quemaduras de bandera desde 1993 (Leo 17). Como señala John Leo, reportando para U.S. News & World Report, “Es políticamente mucho más inteligente ignorar el ocasional quemador de banderas. Sin un arresto y una gran reacción emocional, el ardor no llega a nada” (17). “Tenemos que estar explicando a la gente que enmendar la Constitución es una solución radical a un problema muy pequeño”, dijo Paul McMasters, ombudsman de la Primera Enmienda del Freedom Forum (qtd. en Hernández 13).

    Más allá de ser meramente una solución radical, la enmienda propuesta para prohibir la quema de banderas y la profanación sofocaría la libertad de expresión. Este derecho está garantizado a cualquier persona en suelo estadounidense (incluidos los inmigrantes ilegales). “... la enmienda anti-bandera viola el derecho a la libre expresión garantizado por la Primera Enmienda (Hernández 13). El Tribunal Supremo considera que quemar la Bandera Americana es una ley que está amparada por el derecho a la libertad de expresión de la Primera Enmienda. La única manera en que el Congreso podría hacer que tales leyes contra la profanación de la bandera aprueben reunión constitucional es enmendando el mismo documento que protege estos derechos (Apel). El senador Ted Kennedy declaró: “Las palabras de la primera enmienda son simples y majestuosas: 'El Congreso no hará ninguna ley que limite la libertad de expresión. ' La modificación constitucional propuesta socavaría esa libertad fundamental” (Apel). “Se [la enmienda propuesta] devaluaría la Carta de Derechos que desde hace dos siglos ha fomentado la tolerancia de todos los puntos de vista y la libertad de decir lo que uno piensa sin temor a ir a la cárcel”, afirma Bill Ketter, editor del Qunicy, Mass., Patriot Ledger (qtd. en Hernández 13).

    El argumento más importante para no prohibir la profanación de abanderamiento es que no se puede legislar el respeto a la bandera. Tiene que crecer a partir de la vida de sus ciudadanos (Leo 17). Por ejemplo, no todos en Estados Unidos aman, respetan y honran a su país, pero eso es lo que hace que esta nación sea tan dinámica. La gente puede ser quien quiere ser y pensar lo que quiere pensar. La esencia misma de América es que la gente no está sofocada o atada por cadenas para amarla. Las personas tienen libertades. Y el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de expresión es una de esas libertades. El Senador Bob Kerrey, D-Neb. Observa que “... aunque la quema de banderas es un acto despreciable, respetar el derecho de los individuos a expresarse es parte del patriotismo” (qtd. en Ponessa, “Bandera” 1510). La enmienda propuesta no cambiaría la forma de pensar de nadie sobre la bandera, pues las reglas no cambian de opinión —las reglas simplemente establecen nuevos estándares. Los que quieran profanar la bandera seguirán haciéndolo, y los que respeten la bandera seguirán haciéndolo. “... los críticos no reconocen que Estados Unidos nació de la disidencia. Nuestro país es grande, a diferencia de otras naciones, porque hemos permitido que nuestro gobierno sea criticado y salvaguardamos la libertad de expresión para todos” (“Old Glory” B6). La ironía detrás de decir que la gente no puede desfigurar la bandera es que el gobierno tiene que idear una regla, una prohibición, una ley —mientras que toda la filosofía detrás de la bandera es la libertad y la justicia para todos.

    Ver a alguien blasfemamente “rasgar” la bandera en pedazos puede ser impactante y bastante triste, pero al aprobar una enmienda para prohibir la quema de banderas, el gobierno desentraña todo lo que representa la bandera. Una enmienda sólo castigaría a quienes profanan la bandera, no les cambiaría el corazón ni los influiría para ver la bandera de una manera más respetuosa. Es sólo una “Gran Bandera Vieja' siempre y cuando ondea por los libres y valientes, y tanto los ciudadanos respetuosos e irrespetuosos de esta nación. Se trata de estrellas y rayas para siempre y cuando esas estrellas y franjas representen la verdadera libertad.

    Obras Citadas

    Apel, Warren S. “Una breve historia de la quema de banderas”. Registros del Congreso, 15 de octubre de 1997.

    Buckley Jr., William F. “¿Quemar la bandera? Bueno, no”. Revisión Nacional, 10 de julio de 1995, p. 75.

    “Profanación”. Diccionario del Nuevo Mundo Webster. The World Publishing Company, 1951.

    Hernández, Debra Gersh. “Esquivando una bala”. Editor y Editor, 23 de diciembre de 1995, p. 13-31.

    Leo, Juan. “Oh, digamos, ¿puedes ver... el punto?” U.S. News and World Report, julio de 1995, p. 17.

    “'Vieja Glory' Pinta Tu Propio Lienzo”. Arizona Republic, 14 de julio de 1996, B6.

    Ponessa, Jeanne. “Protección de banderas vs. libertad de expresión”. Informe Semanal Trimestral del Congreso, 1995, p. 1510.

    —. “Panel de la Cámara aprueba medida para prohibir la quema de abanderados”. Informe Semanal Trimestral del Congreso, 1995, p. 1646-1648.

    Comentarios del Calificador:
    • Apertura fuerte con buena captura de atención
    • Tesis clara con fuerte aseveración de posición
    • Progresión bien organizada de cuatro razones
    • Tono respetuoso a lo largo del ensayo con patetismo alimentario, logos y ethos
    • La conclusión podría ser más fuerte

    Preguntas para Discusión y Análisis

    Responde las siguientes preguntas respecto al ensayo. Sea completo en sus explicaciones y cite ejemplos o citas en apoyo de su respuesta. Usa oraciones completas con gramática, ortografía y puntuación adecuadas.

    1. ¿Cuál es la tesis del ensayo?
    2. Busca y escribe la definición de “profanar”. ¿Cuál es su opinión sobre si un individuo o grupo tiene o no derecho a profanar la bandera estadounidense?
    3. De las razones presentadas, ¿cuál es la más fuerte? ¿El más débil? Explique por qué.

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