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18.5: Leyes de Paz - Derechos Humanos

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    El bloque de construcción del sistema internacional y del derecho internacional moderno es el Estado soberano. Tradicionalmente, las relaciones internacionales y las leyes que produjo se ocupaban de la regulación del comportamiento externo del Estado, o de la política exterior. A partir del siglo XX, sin embargo, la creciente atención se centró en el comportamiento doméstico de los estados. Si bien se lograron algunos avances bajo el disfraz de la Sociedad de Naciones después de la Primera Guerra Mundial, no fue hasta después de la Segunda Guerra Mundial que los derechos humanos se convirtieron en objeto de esfuerzos regulatorios internacionales. El resultado fue un cambio dramático en las relaciones internacionales que transformó al individuo de un mero objeto de derecho internacional a uno de sus sujetos.

    Hasta el surgimiento de los derechos humanos internacionales, los individuos gozaban de libertades y protecciones personales sólo en la medida en que sus gobiernos les otorgaban. En algunos países, a los ciudadanos se les otorgaron generosas libertades civiles mientras que en otros los ciudadanos permanecieron en gran medida impotentes y desprotegidos. El proceso encaminado a garantizar libertades básicas y condiciones de decencia humana comenzó con el enmarcado de la Carta de las Naciones Unidas (Donnelly, 2006). El preámbulo de la Carta señala el compromiso de la organización de establecer los derechos individuales mediante la afirmación de la fe en los derechos humanos fundamentales; el artículo 55 proporciona un compromiso más claro con las libertades individuales al afirmar:

    Con miras a la creación de condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones basadas en el respeto al principio de igualdad de derechos y autodeterminación de los pueblos, las Naciones Unidas promoverán... el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y libertades fundamentales para todos sin distinción de raza, sexo, idioma o religión.

    Las amplias declaraciones contenidas en la Carta de las Naciones Unidas iniciaron un proceso de concreción de derechos individuales que se compartían universalmente. En 1948, la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) fue aprobada por la Asamblea General de la ONU, reconociendo la dignidad inherente y los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana como fundamento de la libertad, la justicia y la paz en el mundo. Los treinta artículos de la DUDH proporcionan una sólida base sobre la cual se han redactado numerosos tratados de derechos humanos. Entre los principales documentos de derechos humanos figuran la Convención para la Prevención y la Sanción del Genocidio (1951), la Convención para Poner Fin a la Discriminación Racial (1965), el Pacto de Derechos Civiles y Políticos (1966), el Pacto de Derechos Económicos, Culturales y Sociales (1966), la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), Convención contra la Tortura (1984) y Convención sobre los Derechos del Niño (1989). Cientos de otros tratados y documentos llevan el régimen jurídico de derechos humanos a su forma actual.

    Para que los derechos humanos impacten de manera significativa las relaciones internacionales, se requiere más que la redacción de tratados. En un mundo perfecto, los estados internalizarían las protecciones de los derechos humanos y se vigilarían a sí mismos para garantizar que se respeten las libertades y derechos individuales. En un mundo de Estados-nación soberanos e independientes, la comunidad internacional debe garantizar colectivamente que los Estados actúen de conformidad con los documentos internacionales vigentes en materia de derechos humanos. Las sanciones económicas son la presión que más comúnmente se aplica a los estados que violan los derechos humanos. Rhodesia (actual Zimbabwe) fue objeto de la primera política integral de sanciones autorizada por el Consejo de Seguridad de la ONU. A lo largo de la era posterior a la Segunda Guerra Mundial, el Consejo de Seguridad ha implementado regímenes de sanciones a otros estados que violan los derechos humanos, entre ellos Sudáfrica, Irak, Liberia, la República Democrática del Congo, Costa de Marfil, Sudán y, más recientemente, Libia.


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