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5.8: Interrelaciones de las familias, la escuela y las comunidades

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    La importancia de la conexión casa/escuela

    Antes del Covid-19, el hogar y la escuela para niños que pueden no haber sido educados en el hogar eran los dos mundos más importantes de un niño pequeño. Los niños y las familias tenían que tender puentes entre estos dos mundos todos los días. Es importante que el hogar y la escuela estén conectados de manera positiva y respetuosa en la que los niños se sientan seguros. Pero cuando los dos mundos están en desacuerdo por apatía, falta de comprensión o incapacidad para trabajar juntos, los niños sufren. Los maestros que realmente valoran el papel de la familia en la educación de un niño, y reconocen lo mucho que pueden lograr trabajando con las familias, pueden construir una verdadera asociación. Esta sección 5.8 te ayudará abordando los siguientes temas:

    • Conociendo a las familias
    • Hacer que las familias se sientan bienvenidos
    • Comunicarse con las familias
    • Asociarse con familias en el aprendizaje de los niños
    • Responder a situaciones desafiantes

    Así como conoces a cada niño y usas lo que aprendes para desarrollar una relación que ayude a cada niño a aprender, comienzas a construir una asociación con las familias conociendo y apreciando a cada familia. Cada familia es diferente. Los maestros deben variar las formas en que se comunican e involucrar a las familias para llegar a cada familia. Piensa en la estructura de tu familia ¿Vivías en una casa con múltiples generaciones? Las familias varían en cuanto a personalidades y temperamento con diferentes niveles de comodidad en relación con la escuela de sus hijos. Nuestras experiencias de vida, incluyendo el nivel de educación, estatus socioeconómico, estatus inmigrante, pueden afectar la forma en que las familias se involucran con la escuela y el maestro de sus hijos. También es importante reconocer que todos tenemos diferencias culturales y diferentes creencias, valores y prácticas. ¿Cuáles son tus experiencias personales con escuelas y profesores? ¿De qué maneras de entender tus experiencias puede ayudar a apreciar cómo las familias se involucran con la escuela de sus hijos? Conocer y apreciar lo que es único o diferente de cada familia te ayuda a construir relaciones y apoyar el aprendizaje y desarrollo de los niños.

    Pertenecer

    Los contactos iniciales con las familias de los niños son oportunidades para conocerlos mejor y comprender sus experiencias, valores y creencias. Algunos programas comienzan con la matrícula en la escuela, otros utilizan las visitas domiciliarias. Puedo recordar a la maestra de mi hija enviando postales a cada alumno dando la bienvenida a la familia en su conjunto al siguiente grado, esto me hizo sentir como si el maestro le importara y se tomara el tiempo para desarrollar una relación no solo con el alumno sino también con la familia. Las familias que se sienten bienvenidas en el aula tienen más probabilidades de regresar e involucrarse en el programa. Cuando los niños ingresan por primera vez a tu programa, es probable que sus padres estén especialmente interesados en saber qué va a aprender su hijo y cómo será cada día. Usted puede estar preparado para satisfacer este interés poniendo a su disposición el mayor número posible de los siguientes:

    • Lleve a familias y niños a un recorrido por el aula, presentando los ambientes dentro y fuera del aula. Esto también puede ser virtualmente o un video en el que tú y los profesores recorren no solo el aula sino también la escuela. Esto puede ser útil para disminuir la ansiedad y la aprensión sobre qué esperar y ayudar a las familias a hablar con sus hijos sobre su escuela y aula.
    • Realizar una jornada de puertas abiertas para permitir que las familias se reúnan y experimenten el ambiente del aula.
    • Crea una exhibición en la entrada de tu aula con imágenes y descripciones de la vida en tu aula basadas en los idiomas de tus hijos y familias así como de la comunidad. (Adaptado de la Guía Nacional de Familia de la PTA)

    Comunicación

    La comunicación con las familias es un medio para construir y mantener relaciones. ¿Cuál es la influencia de la cultura en los estilos de comunicación? Una cosa que aprendimos de vivir en una pandemia es el uso de la tecnología. Las escuelas proporcionaron tecnología a los niños a medida que giramos hacia un entorno de aprendizaje remoto y aún así podemos utilizar esto a medida que las escuelas están abriendo y cerrando temporalmente para el bienestar y la salud y seguridad de los maestros, el personal y los niños. Algunas escuelas podrían estar usando plataformas para mantener un diálogo abierto y comunicación con las familias. Es importante comunicarse de manera que satisfaga las necesidades y niveles de habilidad de los miembros de la familia, particularmente aquellos cuyo idioma principal no es el inglés.

    Comprender la historia

    Las escuelas y los sistemas y políticas que apoyan a las escuelas pueden prestar apoyo a la forma en que los educadores/maestros construyen relaciones con las familias y apoyan las necesidades de la comunidad en la que se encuentran. Por ejemplo, cuando comenzamos a mirar políticas y leyes que cambiaron las estructuras de las escuelas nos permite entender la diferencia entre igualdad y equidad. La igualdad es brindar la misma oportunidad a todos. La equidad es satisfacer las necesidades específicas del individuo para participar en la oportunidad que se brinda.

    cifras que ilustran la igualdad y la equidad
    Figura\(\PageIndex{1}\): Igualdad vs Equidad. (CC BY-NC 2.0; vía flickr)

    Políticas y Leyes

    Méndez contra Westminister (1947)

    Gráfico de la oficina de la senadora estadounidense Kamala Harris, que muestra una fotografía de Sylvia Méndez dando un discurso en un podio y las palabras “Sylvia Méndez: Una de las primeras alumnas de ascendencia mexicana en asistir a una escuela totalmente blanca en California”.
    Figura 5.8.2: Sylvia Méndez, de la Oficina de la Senadora Kamala Harris y del Departamento de Agricultura de Estados Unidos | Dominio público

    Justo después del final de la Segunda Guerra Mundial, Sylvia Méndez tenía ocho años y era estudiante de una escuela primaria segregada racialmente en Westminster, California. Ella quería asistir a una escuela cercana, pero estaba reservada para estudiantes solo blancos. Sus padres (junto con otras cuatro familias mexicoamericanas) demandaron al distrito escolar en nombre de los 5,000 estudiantes latinos y latinos de la comunidad. En 1946, los demandantes ganaron su caso en un tribunal federal, convirtiéndolo en la primera vez en la historia de Estados Unidos que a un distrito escolar se le dijo que tenía que desegregar.

    El caso Méndez tuvo enormes implicaciones para los derechos civiles en el país. Precedió a la decisión de desegregación escolar Brown v. Board of Education por ocho años. El futuro juez de la Corte Suprema, Thurgood Marshall, representó a Sylvia Méndez y luego a Linda Brown en el caso Brown v. Board of Education. Utilizó algunos de los mismos argumentos del caso Méndez para ganar la decisión Brown.

    En el caso Mendez v. Westminster, el juez escribió estas palabras desafiando la doctrina “separada pero igual” establecida en el caso Plessy v. Ferguson en 1898:

    “La protección igualitaria de las leyes pertenecientes al sistema escolar público en California no se brinda al proporcionar en escuelas separadas las mismas instalaciones técnicas, libros de texto y cursos de instrucción a niños de ascendencia mexicana que están disponibles para los demás niños de escuelas públicas independientemente de su ascendencia. Un requisito primordial en el sistema americano de educación pública es la igualdad social. Debe estar abierto a todos los niños por asociación escolar unificada independientemente del linaje”.

    Héroe nacional, Sylvia Méndez recibió una Medalla Presidencial de la Libertad 2010 y en 2018 fue galardonada con el Premio Nacional de Héroe Hispano. Ella sigue trabajando por la igualdad y la justicia para los latinos y todas las personas de color.

    El caso de la desegregación de Maestas

    Un caso de 1914, Francisco Maestas et al. v. George H. Shone, et al., es un precursor poco conocido de la lucha de Sylvia Méndez y su familia para poner fin a la segregación educativa de los niños mexicoamericanos. El caso involucró a un trabajador del ferrocarril, Francisco Maestas, quien no pudo inscribir a su hijo en la escuela pública Alamosa, Colorado, más cercana a su domicilio. Funcionarios escolares exigieron que el niño asistiera a una “escuela mexicana” con los otros hijos del distrito de ascendencia mexicana porque se suponía que los niños necesitaban aprender inglés, a pesar de que la mayoría de los niños de la escuela hablaban inglés. El juez de la corte de distrito falló a favor de la familia Maestas, afirmando que se debe permitir que todos los niños angloparlantes asistan a la escuela más cercana a sus hogares. Se están realizando esfuerzos para construir un memorial al caso como un hito para poner fin a la segregación de niños mexicanos basada en el idioma y la raza (“El caso de desegregación escolar más importante del que nunca has oído hablar”, Boletín Nacional de Política Educativa, 9 de julio de 2020).

    Brown vs Junta de Educación

    Las leyes de Jim Crow comenzaron alrededor de 1965 tras la ratificación de la 13ª Enmienda, que abolió la esclavitud en Estados Unidos. Jim Crow requirió alojamientos separados para blancos y negros. Y luego en 1896, con el fallo Plessy v. Ferguson, la ley “separada pero igual” se convirtió en constitucional. Dado que estas leyes se construyeron sobre la noción de supremacía blanca e inferioridad negra, “separadas pero iguales” es, en efecto, un nombre erróneo. En 1954, la decisión unánime Brown v. Junta de Educación anuló a Plessy y decidió que separar es inherentemente desigual. Pero no fue sino hasta 1968 cuando la Suprema Corte ordenó que se desmantelaran los sistemas escolares segregados.

    Ley de Educación de Discapacidad Individual (IDEA)

    Las discapacidades del desarrollo son un grupo de discapacidades, incluyendo TDAH, Trastorno del Espectro Autista, Parálisis Cerebral, Discapacidad Intelectual, Pérdida Auditiva, Discapacidad de Aprendizaje, Deficiencias de la Visión y retrasos Estos ocurren antes de los 21 años y se espera que duren a lo largo de la vida.

    Las discapacidades intelectuales son discapacidades que ocurren antes de los 21 años —durante la etapa de desarrollo de la vida de una persona— y que probablemente sean de por vida. Una persona con una discapacidad del desarrollo puede requerir apoyo en el aprendizaje (tanto académico como experiencial), juicio y razonamiento. Algunas personas con discapacidad intelectual pueden vivir de manera independiente, trabajar y tener familias, mientras que otras necesitan el máximo apoyo en todos los aspectos de la vida diaria.

    Las discapacidades comunes del desarrollo incluyen trastorno por déficit de atención/hiperactividad (TDAH), trastorno del espectro autista, parálisis cerebral, pérdida auditiva, discapacidad intelectual o cognitiva, discapacidad de aprendizaje, discapacidad visual o deficiencias neurológicas.

    Las discapacidades intelectuales o cognitivas requieren alguna asistencia especializada en el aprendizaje. Hay una amplia gama de personas que tienen este diagnóstico, por lo que no podemos asumir nada solo porque una persona tenga una etiqueta de discapacidad intelectual. La mayoría de las personas con discapacidad intelectual son capaces de adquirir información y habilidades para vivir de manera independiente y trabajar como adultos. Un pequeño porcentaje, sin embargo, necesita el máximo apoyo de por vida en actividades de la vida diaria como comer, ducharse y vestirse.

    Existen muchas causas de discapacidad intelectual, entre ellas trastornos genéticos, caídas, desnutrición, contaminación ambiental, traumatismos de nacimiento, infecciones, maltrato infantil y accidentes.

    Los Trastornos del Espectro Autista (TEA) son muy comunes —según los Centros para el Control de Enfermedades de 2017, 1 de cada 59 niños ha sido diagnosticado con TEA. Los criterios para el diagnóstico de TEA son complicados.

    Si bien el TEA a veces se caracteriza como un trastorno de la comunicación, cada vez más, algunas personas creen que el autismo es simplemente una forma diferente de ver el mundo, y los comportamientos que acompañan al autismo deben verse como una forma de diversidad y no como algo que necesita intervención profesional. Es importante recordar que toda persona con el diagnóstico de TEA es un individuo y no se puede asumir nada sobre ella o sus habilidades o necesidad de apoyo simplemente por el diagnóstico. No todas las personas autistas tienen todos los rasgos nombrados en los criterios diagnósticos, o experimentan la misma característica de la misma manera. Si bien hay un creciente movimiento de orgullo autista, cada persona autista experimenta autismo a su manera, y cada uno puede requerir diferentes tipos de apoyo para vivienda, educación, empleo, relaciones, comunicación, atención médica y actividades de la vida diaria.

    Las discapacidades de aprendizaje son muy comunes y pueden considerarse como un trastorno de procesamiento, donde la información se procesa de manera un poco diferente que con personas que no tienen esta discapacidad. Una forma de acomodar a niños y adultos con discapacidades de aprendizaje es proporcionar tiempo extra para procesar información o expresar ideas. La dislexia (dificultad en la lectura), la disgrafía (dificultad en la escritura) y la discalculia (dificultad con la aritmética) son problemas comunes de aprendizaje. Otra discapacidad de aprendizaje común es el trastorno por déficit de atención/hiperactividad (TDAH) que resulta en dificultad para mantener el enfoque.

    La parálisis cerebral es una discapacidad del desarrollo muy común que hace que las personas experimenten rigidez muscular o dificultades con la coordinación que provoca un movimiento desigual. En algunas personas provoca un movimiento contínuo de retorcimiento. Algunas personas con parálisis cerebral pueden caminar, mientras que otras necesitan usar una silla de ruedas para la movilidad. Un pequeño porcentaje de la parálisis cerebral se hereda, pero la mayoría de la parálisis cerebral es causada por un trauma de nacimiento u otro tipo de trauma, como un accidente.

    Algunas personas con parálisis cerebral tienen discapacidades cognitivas o de aprendizaje, mientras que muchas no. Entonces, como tener un diagnóstico de cualquier otra discapacidad, tener un diagnóstico de parálisis cerebral no implica nada sobre inteligencia, juicio o capacidad para trabajar.

    La epilepsia es un trastorno convulsivo, donde las neuronas en el cerebro pueden causar varios tipos diferentes de convulsiones. Algunas convulsiones son menores y el individuo que las experimenta pierde el contacto con el medio ambiente por un breve periodo de tiempo. Algunas convulsiones pueden hacer que una persona tenga movimientos repetitivos durante un minuto o más. Y algunas convulsiones están más involucradas y hacen que la persona que las experimenta pierda el control de los músculos por un periodo de tiempo.

    Las deficiencias neurológicas son una colección de afecciones resultantes de problemas con el sistema nervioso que pueden causar una variedad de síntomas. Algunas deficiencias neurológicas son discapacidades ocultas que resultan en la necesidad de alguna asistencia especializada. Algunas deficiencias neurológicas tienen un componente genético, mientras que otras no. Las deficiencias neurológicas incluyen narcolepsia, neurofibromatosis, esclerosis tuberosa, espina bífida, síndrome de Prader-Willi y síndrome de Tourette.

    Asuntos Legales, Derechos Legales y Discapacidad

    Los ciudadanos de Estados Unidos obtienen derechos de tres maneras diferentes: están enumerados en nuestra Constitución y Carta de Derechos; se promulgan a través de leyes (locales, estatales o federales) y se codifican en regulaciones que explican o interpretan más la legislación; o son resultado de decisiones judiciales que definan aún más nuestros derechos, cómo deben ser interpretados y entendidos comúnmente.

    Los ciudadanos con discapacidad tienen los mismos derechos que los ciudadanos que no tienen discapacidad, entre ellos el derecho a votar, a poseer bienes y disponer de ellos como deseen, el derecho a contraer matrimonio, el derecho a la intimidad, el derecho al culto, y la libertad de expresión, y el derecho al debido proceso.

    Después de la Segunda Guerra Mundial y los Juicios de Nuremberg, un concepto importante de consentimiento informado se convirtió en el estándar cuando se recomiendan intervenciones médicas o de otro tipo. Esto significa que una persona necesita dar su consentimiento para el tratamiento y necesita comprender tanto los beneficios del tratamiento como cualquier riesgo que pueda derivar del tratamiento. Si entramos para una cirugía, se nos pide firmar un formulario de consentimiento que detalle lo que nos podría suceder como resultado de la cirugía o de los medicamentos que se recetan. El consentimiento informado también se aplica a temas como las intervenciones de manejo de la conducta.

    Un tema que ha implicado el consentimiento informado y que es fuente de cierta tensión en este momento es el tema de la tutela. En el estado de Nueva York, la ley presume que cualquier persona mayor de 18 años puede tomar sus propias decisiones. Algunas personas con discapacidad intelectual pueden necesitar apoyo para tomar decisiones sobre la atención médica, ya sea tener hijos o no, u otras opciones de vida. Los padres pueden retener el poder de tomar estas decisiones para sus hijos adultos con discapacidades intelectuales o del desarrollo si acuden a los tribunales y solicitan seguir siendo el tutor de su hijo adulto. A veces se otorga a los padres una tutela limitada —pueden tomar algunas decisiones por su hijo adulto con discapacidad, pero no todas las decisiones. Recientemente está ganando terreno una nueva idea —apoyada en la toma de decisiones—. La idea es que la persona designe a alguien en quien confíe para que le ayude a tomar decisiones importantes sin renunciar a ella ni a sus derechos.

    Cuando una persona con discapacidad ingresa a la atención pública (o privada) suele renunciar a algunos derechos o partes de derechos para poder optar a la atención que recibe. Por ejemplo, si una persona se está mudando a un programa de vivienda o departamento grupal que es administrado por una agencia de servicios, él/ella podría estar renunciando a algunos derechos a la privacidad o a la autodeterminación para que la agencia de servicios brinde lo que se necesita. Por ejemplo, si la persona vive con seis personas y hay dos miembros del personal, y cinco de los residentes quieren ir a nadar los martes, la persona que prefiera quedarse en casa puede terminar yendo a nadar porque no hay nadie que se quede en casa con él o ella. O si la persona está acostumbrada a tener una habitación privada puede estar viviendo con un compañero de cuarto, al menos por un periodo de tiempo. Por lo general, estos temas se detallan para que queden claros antes de que la persona se mueva de un entorno a otro. Si bien el objetivo de estas organizaciones debería ser brindar la mayor cantidad de opciones posible, brindar servicios en el 'entorno menos restrictivo' posible, las cuestiones prácticas a veces significan que las opciones pueden ser limitadas.

    Existen cinco leyes y reglamentos básicos que afectan a niños y adultos discapacitados. Estos se explican a continuación:

    Ley de Rehabilitación de 1973: Artículos 504 y 508 (1973)

    La Ley de Rehabilitación de 1973 es muy importante porque su artículo 504 ordenó que cualquier entidad pública que recibiera fondos federales debía ser accesible a las personas con discapacidad. Dado que hospitales, tribunales federales, sistemas de transporte e instituciones educativas recibían fondos federales, lo que esto significó fue que por primera vez las personas que tenían problemas de movilidad o sensoriales podían aprovechar la educación superior o el sistema judicial, o tener acceso al transporte público. El artículo 508 disponía que los sistemas federales internos —por ejemplo, los sistemas de telecomunicaciones— tenían que ser accesibles. Esto abrió la puerta para que las personas con discapacidad fueran empleadas por el gobierno federal. Uno de los principios importantes incluidos en la Ley de Rehabilitación de 1973 fue la idea de 'alternativa menos restrictiva' o 'entorno menos restrictivo'. Lo que esto significa es que cuando se necesitan servicios —ya sean de rehabilitación o educativos— se les debe brindar en el entorno menos segregado posible, y que las personas con discapacidad sólo deben recibir servicios segregados cuando sea absolutamente necesario. Entonces, los servicios de rehabilitación deben prestarse en la comunidad, no en entornos segregados como hospitales o instituciones.

    PL 94-142 (1975), renombrada IDEA (2004), y Ley de éxito de todos los estudiantes (2015)

    La Ley Pública 94-142, la Ley de Educación de Todos los Niños con Discapacidad —modificada y renombrada en la Ley de Educación de Personas con Discapacidad (IDEA, por sus siglas en inglés) exigía una educación gratuita y adecuada a todos los niños, tengan o no alguna discapacidad. IDEA amplió esta idea, y las recientes reautorizaciones han hecho algunas mejoras. Importante para las modificaciones originales y posteriores es la idea que se incorporó en la Ley de Rehabilitación de 1973, la idea de 'entorno menos restrictivo'. Ampliar esta idea es el concepto de que el entorno educativo predeterminado debe ser aquel en el que se incluya o integre al niño con discapacidad, y solo se elimine de un aula inclusiva por una razón específica y documentada (terapia u otra razón documentada). También se incluye el mandato de un plan de educación individualizado (IEP) escrito que describa las necesidades del estudiante y los servicios a brindar para ayudar en la educación de ese niño, debido proceso y apelaciones, aportes formalizados de los padres y el estudiante, y revisión periódica. Los apoyos adicionales que necesita el estudiante se detallan en el IEP de cada estudiante.

    La Ley de Discapacidades del Desarrollo (1963)

    La Ley de Discapacidades del Desarrollo fue inicialmente autorizada en 1963 por el presidente Kennedy. Se administra bajo la Administración federal para la Vida Comunitaria (ACL). Se reautoriza periódicamente y se realizan cambios en función de las necesidades actuales. Por ejemplo, en 1975 se crearon los sistemas de Protección y Defensa del Estado para atender las violaciones a los derechos civiles. La Ley de 1978 preveía la creación de Consejos de Planeación de Discapacidades del Desarrollo en cada estado. A estos Consejos se les otorgan fondos federales y se encargan de financiar proyectos piloto que puedan ser ampliamente adoptados si resultan viables y útiles. La Ley DD también preveía la creación de Centros Universitarios de Excelencia en Discapacidades del Desarrollo (UCEDs) que se encargan de capacitar a médicos y demás personal para trabajar en la comunidad con personas con discapacidades del desarrollo. Los programas de Protección y Abogacía en cada estado pueden ayudar a entablar acciones legales en casos de violaciones de derechos individuales, pero con frecuencia traen acciones contra violaciones más sistémicas de derechos. Los programas de protección y defensa abordan los derechos legales de las personas con discapacidades del desarrollo, la tecnología de asistencia, la accesibilidad al voto y la lesión cerebral traumática.

    La Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990

    La Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 es la legislación más amplia para las personas con discapacidad en Estados Unidos. El ADA fue firmado por el presidente George H. W. Bush en julio de 1990, y entró en vigor dos años después. La ADA y sus enmiendas de 2008 prevén ajustes razonables en el empleo, la comunicación, el transporte y en el uso de recursos comunitarios, como los negocios locales. Si bien la ADA sienta las bases para forzar la accesibilidad, también pone la carga de la queja sobre los ciudadanos discapacitados. Si bien la Oficina de Derechos Civiles investigará y procesará las violaciones de la ADA, la confianza para identificar casos de violación recae en las personas con discapacidad.

    El presidente George H. W. Bush firma la Ley de Estadounidenses con Discapacidades
    Figura\(\PageIndex{3}\): Archivos de Obama. Presidente Bush firmando la ADA. Extremo derecho (en sombrero) está Justin Dart. . (CC BY-SA 2.0; Wikimedia)

    La Decisión Olmstead v L.C., de 1999

    La Decisión Olmstead v L.C., de 1999, fue una demanda interpuesta por dos mujeres que vivían en el Hospital Regional de Georgia. Cada una de las mujeres quería vivir en la comunidad y en cada caso los profesionales que trataban a las mujeres coincidieron en que podrían hacerlo. El Estado de Georgia no había colocado a las mujeres argumentando que su presupuesto era inadecuado para apoyarlas en la comunidad. El caso fue hasta la Suprema Corte, la cual determinó que “bajo el Título II de la ADA se requiere colocar a las personas con discapacidad mental en entornos comunitarios y no en instituciones cuando los profesionales del tratamiento del Estado hayan determinado que la colocación comunitaria es apropiada” y cuando se han cumplido otras condiciones. La decisión también reafirmó que las personas con discapacidad no deben ser excluidas de la vida en la comunidad sino que deben ser incluidas en la sociedad.

    Contribuciones y Atribuciones

    Esta página está bajo una licencia CC BY-NC-SA y fue escrita, remezclada y/o curada por Mariette Bates & Emily Brooks. El contenido de la página ha sido editado y actualizado para ajustarse al estilo y los estándares de la plataforma LibreTexts; un historial detallado de versiones de las ediciones al contenido fuente está disponible a pedido.


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