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2.2: Recursos de intervención de AAC

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    En el cuadro 2.2.1 se destaca una selección de recursos importantes de Internet para AAC.

    Cuadro 2.2.1: Recursos web de intervención AAC
    Recurso Descripción Enlace
    AAC Niños El sitio web proporciona pautas paso a paso para la intervención temprana específicamente diseñadas para niños con necesidades complejas de comunicación. aackids.psu.edu
    AAC PRAActical Top blog en AAC proporciona recursos prácticos para la intervención. praacticalaac.org
    Enseñar a alumnos con múltiples necesidades especiales Recursos e ideas para profesores de alumnos con necesidades especiales severas, profundas, intensivas, significativas, complejas o múltiples. enseñaraprendizajesconmultipleneeds.blogspot.com

    Prácticas de comunicación desde los módulos de Internet del autismo

    Los Módulos de Internet para Autismo tienen algunas descripciones excelentes de los enfoques populares para la intervención de comunicación para individuos con necesidades complejas de comunicación.

    1. Sistema de comunicación de intercambio de imágenes (PECS)
    2. Entrenamiento de Respuesta Pivotal
    3. Intervención Naturalista
    4. Entrenamiento de Comunicación Funcional
    5. Dispositivos de generación de voz

    Estos módulos concisos resumen los elementos esenciales de una práctica o concepto junto con la revisión de los hallazgos clave de la investigación y proporcionan listas de verificación para su implementación.

    El Comité Nacional Conjunto, Una Carta de Derechos de Comunicación (NJC, 1992) es un documento importante que describe los derechos humanos y civiles de las personas con necesidades complejas de comunicación. Este documento establece conexiones con los conceptos de inclusión, autodeterminación, diseño universal para el aprendizaje, la suposición menos peligrosa y valoración de la dignidad humana de todas las personas. Algunos de estos derechos son más directos, como “8. El derecho a tener acceso en todo momento a cualquier dispositivo de comunicación aumentativo y alternativo necesario y a otros dispositivos de asistencia, y a tener esos dispositivos en buen estado de funcionamiento”. Sin embargo, otros son mucho más matizados “, 7. El derecho a que se reconozcan y respondan los actos de comunicación, aun cuando la intención de estos actos no pueda ser cumplida por el respondedor”. Tomados en conjunto, sirven como un mensaje importante para los maestros de pre-servicio.

    Cuadro 2.2.2: Comité Nacional Conjunto, Una Carta de Derechos de Comunicación

    Comité Nacional Conjunto, Una Carta de Derechos de Comunicación (NJC, 1992)

    Todas las personas, independientemente de la extensión o gravedad de su discapacidad, tienen derecho básico a afectar, a través de la comunicación, las condiciones de su propia existencia. Más allá de este derecho general, se deben garantizar una serie de derechos específicos de comunicación en todas las interacciones e intervenciones diarias que involucren a personas con discapacidades graves. Estos derechos básicos de comunicación son los siguientes:

    1. El derecho a solicitar objetos, acciones, eventos y personas deseados, y a expresar preferencias personales, o sentimientos.
    2. El derecho a que se le ofrezcan opciones terminan alternativas.
    3. El derecho a rechazar o rechazar objetos, eventos o acciones no deseados, incluido el derecho a rechazar o rechazar todas las opciones ofrecidas.
    4. El derecho a solicitar, y ser dado, atención e interacción con otra persona.
    5. El derecho a solicitar comentarios o información sobre el estado, un objeto, una persona o un evento de interés.
    6. El derecho a un tratamiento activo y esfuerzos de intervención para que las personas con discapacidad grave puedan comunicar mensajes en cualquier modalidad y de la manera más efectiva y eficiente que sus capacidades específicas permitan.
    7. El derecho a que se reconozcan y respondan los actos de comunicación, aun cuando la intención de estos actos no pueda ser cumplida por el respondedor.
    8. El derecho a tener acceso en todo momento a los dispositivos de comunicación aumentativos y alternativos necesarios y a otros dispositivos de asistencia, y a tener esos dispositivos en buen estado de funcionamiento.
    9. El derecho a contextos ambientales, interacciones y oportunidades que esperan y alientan a las personas con discapacidad a participar como socios de comunicación plena con otras personas, incluidos sus compañeros.
    10. El derecho a estar informado sobre las personas, las cosas y los eventos en el entorno inmediato.
    11. El derecho a ser comunicado de manera que reconozca y reconozca la dignidad inherente de la persona a la que se dirige, incluido el derecho a formar parte de los intercambios de comunicación sobre individuos que se realicen en su presencia.
    12. El derecho a ser comunicado de manera significativa, comprensible y cultural y lingüísticamente apropiada.