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19.3: Rendimiento por el Comprador

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    Objetivos de aprendizaje

    1. Entender cuáles son los deberes generales del comprador.
    2. Reconocer qué derechos tiene el comprador si el vendedor ofrece una entrega no conforme.

    Deberes Generales del Comprador

    El deber general del comprador es el siguiente: inspección, aceptación y pago.Código Uniforme de Comercio, Secciones 2-301 y 2-513. Pero el deber del comprador no surge a menos que el vendedor licita la entrega.

    Inspección

    En virtud de las Secciones 2-513 (1) y (2) del Código Uniforme de Comercio (UCC), el comprador tiene derecho calificado a inspeccionar bienes. Eso significa que se debe dar al comprador la oportunidad de revisar los bienes para determinar si se ajustan al contrato. Si no lo hacen, podrá rechazar debidamente la mercancía y negarse a pagar. El derecho de inspección está sujeto a tres excepciones:

    1. El comprador renuncia al derecho. Si las partes acuerdan que el pago debe hacerse antes de la inspección, entonces el comprador deberá pagar (a menos que la inconformidad sea obvia sin inspección). El pago en estas circunstancias no constituye aceptación, y el comprador no pierde el derecho de inspeccionar y rechazar posteriormente.
    2. La entrega se realizará C.O.D. (contrareembolso).
    3. El pago se efectuará contra documentos de titularidad.

    Si el comprador no inspecciona, o no descubre un defecto que una inspección habría revelado, no podrá posteriormente revocar su aceptación, con algunas excepciones.

    Aceptación

    La aceptación es lo suficientemente clara: significa que el comprador se lleva la mercancía. Pero las opciones del comprador sobre la entrega incorrecta deben ser examinadas, porque esa suele ser un área problemática.

    El comprador puede aceptar bienes por palabras, silencio o acción. El artículo 2-606 (1) de la UCC define la aceptación como que ocurre en cualquiera de tres circunstancias:

    1. Palabras. El comprador, después de una oportunidad razonable de inspeccionar, le dice al vendedor o bien que los bienes se ajustan o que los conservará a pesar de cualquier inconformidad.
    2. Silencio. El comprador no rechaza, después de una oportunidad razonable de inspeccionar.
    3. Acción. El comprador hace cualquier cosa que sea inconsistente con la propiedad del vendedor, como usar los bienes (con algunas excepciones) o vender los bienes a otra persona.

    Una vez que el comprador acepta, está obligada a pagar a la tasa del contrato y pierde el derecho a rechazar las mercancías.Código Uniforme de Comercio, Sección 2-607. Ella está atrapada, sujeta a algunas excepciones.

    Pago

    Las partes podrán precisar en su contrato qué significa el pago y cuándo se va a realizar. Si no lo hacen, la UCC controla la transacción.Código Uniforme de Comercio, Secciones 2-511 y 2-512.

    El derecho de un comprador sobre una entrega no conforme

    Obviamente si la entrega es defectuosa, el comprador decepcionado no tiene que aceptar la mercancía: el comprador puede (a) rechazar el conjunto, (b) aceptar el conjunto, o (c) aceptar cualquier unidad comercial y rechazar el resto (2-601, 2A-509), o (d) —en dos situaciones— revocar una aceptación ya realizada.

    Rechazo y deberes del comprador después del rechazo

    Bajo UCC, Sección 2-601 (a), se permite el rechazo si el vendedor no logra hacer una oferta perfecta. El rechazo debe hacerse dentro de un plazo razonable después de la entrega o licitación. Una vez realizada, el comprador no podrá actuar como propietario de la mercancía. Si ha tomado posesión de los bienes antes de rechazarlos, deberá retenerlos con un cuidado razonable para permitir que el vendedor los retire. Si el comprador es un comerciante, entonces el comprador tiene el deber especial de seguir instrucciones razonables del vendedor para enajenar los bienes rechazados; si no se dan instrucciones y los bienes son perecederos, entonces debe tratar de vender los bienes por cuenta del vendedor y tiene derecho a una comisión por su esfuerzos. Sea o no comerciante, un comprador puede almacenar los bienes, reenviarlos al vendedor o revenderlos, y cobrar al vendedor por sus servicios, si el vendedor no envía instrucciones sobre la disposición de los bienes. Dicho almacenamiento, reenvío y reventa no son aceptación o conversión por parte del comprador.

    Aceptación de una entrega no conforme

    El comprador no necesita rechazar una entrega no conforme. Ella podrá aceptarlo con o sin consideración por la inconformidad.

    Aceptación de parte de una entrega no conforme

    El comprador podrá aceptar cualquier unidad comercial y rechazar el resto si así lo desea. Por unidad comercial se entiende “tal unidad de bienes como por uso comercial es un todo único para fines de venta y división del cual menoscabe materialmente su carácter o valor en el mercado o en uso. Una unidad comercial puede ser un solo artículo (como una máquina), un conjunto de artículos (como un conjunto de muebles o un surtido de tamaños), una cantidad (como fardo, bruto o carload), o cualquier otra unidad tratada en uso o en el mercado de referencia como un solo todo.” Código Uniforme de Comercio, Secciones 2-105 y 2A103 (1).

    Ventas a Plazos

    Un contrato para una venta a plazos complica la respuesta a la pregunta: “¿Qué derecho tiene el comprador a aceptar o rechazar cuando el vendedor no entrega correctamente?” (Un contrato a plazos es aquel que pide la entrega de mercancías en lotes separados con aceptación separada para cada entrega). La respuesta general se encuentra en el UCC en la Sección 2-612, que permite al comprador rechazar cualquier cuota no conforme si la inconformidad no puede ser subsanada si perjudica sustancialmente el valor de esa cuota en particular. No obstante, el vendedor podrá evitar el rechazo dando al comprador las garantías adecuadas de que solucionará el defecto, a menos que el defecto particular perjudique sustancialmente el valor de todo el contrato.

    Supongamos que la Gasolinera Corner se contrata para comprar 12,000 galones de gasolina regular al Vendedor de Gasolina, entregable en doce cuotas mensuales de 1,000 galones el primero de cada mes, con un precio establecido pagadero tres días después de la entrega. En el tercer mes, el Vendedor es corto y puede entregar solo 500 galones inmediatamente y no tendrá los segundos 500 galones hasta mediados de mes. ¿Puede Corner Gas rechazar esta licitación? La respuesta depende de las circunstancias. La inconformidad claramente no se puede curar, ya que el contrato exige el 1,000 completo en un día determinado. Pero el hecho de no realizar la entrega completa no necesariamente perjudica el valor de esa entrega; por ejemplo, Corner Gas puede saber que no va a agotar los 500 galones hasta mediados de mes. No obstante, si la falla dejará a Corner Gas corto antes de mediados de mes e incapaz de comprar a otro proveedor a menos que acuerde tomar 1,000 completos (más de lo que podría retener a la vez si también tomó los 500 galones del Vendedor), entonces Corner Gas tiene derecho a rechazar la licitación del Vendedor.

    ¿Corner Gas tiene derecho a rechazar todo el contrato con el argumento de que la falta de entrega perjudica el valor del contrato en su conjunto? Nuevamente, la respuesta depende de si el deterioro fue sustancial. Supongamos que otros proveedores están dispuestos a vender solo si Corner Gas acepta comprar por un año. Si Corner Gas necesitara la gasolina extra de inmediato, el contrato se habría incumplido en su totalidad, y Corner Gas estaría justificado al rechazar todos los intentos de entrega adicionales del Vendedor. De igual manera, si el precio spot de la gasolina estuviera subiendo de manera que las compras de mes a mes a otros proveedores le pudieran costar más que el precio original acordado con el Vendedor, Corner Gas estaría justificado al rechazar más entregas del Vendedor y fijar sus costos con un contrato de suministro de otra persona. Por supuesto, Corner Gas tendría un reclamo contra el Vendedor por la diferencia entre el precio del contrato original y lo que tuvo que pagar a otro proveedor en un mercado en alza (como verá más adelante en este capítulo).

    Revocación

    Una revocación de aceptación significa que aunque el comprador haya aceptado y ejercido la propiedad de los bienes, puede devolverlos y recuperar su dinero. Existen dos circunstancias en las que el comprador puede revocar una aceptación si la inconformidad “perjudica sustancialmente su valor para él” :Código Uniforme de Comercio, Sección 2-608.

    1. si el comprador pensó razonablemente que la inconformidad se curaría y no se encuentra dentro de un tiempo razonable; o
    2. si la aceptación se debió a un defecto latente que no pudo razonablemente haber sido descubierto antes de la aceptación.

    Consideremos dos ejemplos ilustrados en el siguiente párrafo. El primero trata con el punto a (el comprador pensó que la inconformidad se curaría y no estaba dentro de un tiempo razonable), y el segundo llega al punto b (defecto latente).

    En agosto de 1983, los Borsages compraron una casa móvil amueblada bajo la afirmación del vendedor de que era “el Cadillac de las casas móviles”. Pero cuando se mudaron, los Borsages descubrieron defectos: fugas de agua, molduras sueltas, una puerta deformada del lavavajillas, una puerta de baño deformada, agujeros en las paredes, sistemas defectuosos de calefacción y refrigeración, gabinetes con astillas y agujeros, muebles que se desmoronaron, moho y hongos en algunas habitaciones, un clóset que goteaba agua de lluvia, y puertas y ventanas defectuosas. No habían visto estos defectos al momento de la compra porque miraban la casa móvil por la noche y no había luces encendidas en ella. Los Borsages inmediatamente se quejaron. Los reparadores pasaron pero se fueron, solo prometiendo volver de nuevo. Otros hicieron un trabajo de reparación inadecuado al cortar un agujero en el fondo de la casa y tapar el agujero con cinta adhesiva que pronto falló, provocando que la parte inferior de la vivienda se saliera. Sin embargo, pasaron más reparadores pero empeoraron las cosas al hacer un agujero inadvertidamente en la línea séptica y no poder arreglarla, resultando en un hedor permanente. Pasaron más reparadores, pero simplemente dejaron una nueva puerta de lavaplatos y encimera en la casa, diciendo que no tuvieron tiempo de hacer las reparaciones. En junio de 1984, los Borsages proporcionaron al vendedor una larga lista de problemas no corregidos; en octubre dejaron de hacer pagos. No pasó nada. En marzo de 1986 —treinta y un meses después de comprar la casa móvil— le dijeron al vendedor que recogiera la casa móvil: revocaron su aceptación y demandaron por el precio de compra. El vendedor demandado argumentó que el hecho de que los Borsages no se mudaran de la casa durante tanto tiempo constituía aceptación. Pero en repetidas ocasiones se les aseguró que los problemas se arreglarían, y además no tenían otro lugar donde vivir, y ninguna propiedad para poner otra casa móvil si abandonaban la que tenían. El tribunal no tuvo ningún problema para validar la revocación de aceptación de los Borsages, según la sección señalada anteriormente, si alguna vez la habían aceptado. Sin embargo, el vendedor podría tener derecho a algún valor de alquiler. North River Homes, Inc., v. Borsage, Mississippi (1992).

    En abril de 1976, Clarence Miller ordenó una nueva camioneta Dodge Royal Monaco de 1976 a la demandante Colonial Dodge. El auto incluía un paquete de remolque de servicio pesado con llantas anchas. La tarde del día en que los Millers recogieron el auto nuevo, la señora Miller se dio cuenta de que no había llanta de repuesto. A la mañana siguiente, el demandado notificó al demandante que insistió en una llanta de repuesto, pero cuando le dijeron que no había llantas de repuesto disponibles (debido a una huelga laboral), el señor Miller le dijo al vendedor de la actora que detendría el pago del cheque que les había dado y que el auto podría ser recogido frente a su casa. La estacionó ahí, donde permaneció hasta que expiró la pegatina del registro temporal y fue remolcada por la policía a un patio de incautación. Demandante demandó por el precio de compra, afirmando que la llanta de repuesto faltante no “afectó sustancialmente el valor de la mercancía para el comprador”. En apelación ante la Suprema Corte de Michigan, el demandante perdió. “En este caso la preocupación del demandado por la seguridad se evidencia por el hecho de que ordenó el paquete especial que incluía llantas de repuesto. La ocupación del acusado exigió que viajara extensamente, a veces más de 150 millas por día en las autopistas de Detroit, a menudo en las primeras horas de la mañana. ... Tenía miedo de que una llanta se desinflara... a las 3 de la mañana sin repuesto, estaría indefenso hasta el horario laboral matutino. Los peligros que conlleva un automovilista varado son de conocimiento común, y los temores del señor Miller no son irrazonables”. El tribunal observó que aunque había aceptado el automóvil antes de descubrir la inconformidad, eso no impidió la revocación: la sobra estaba bajo un panel abrochado, oculto a la vista. Colonial Dodge v. Miller, 362 N.W.2d 704 (Mich. 1984).

    Llave para llevar

    El deber del comprador en un contrato de compraventa es inspeccionar, aceptar y pagar. El no descubrir un defecto que una inspección habría revelado es una renuncia al derecho a quejarse. Normalmente los bienes son conformes y el comprador los acepta, pero al descubrir un defecto el comprador puede rechazar toda la entrega no conforme, parte de ella (el comprador tiene algunos derechos si tiene posesión de los bienes rechazados), o en algunos casos rechazar una entrega de una venta a plazos o, si alguna la entrega defectuosa es lo suficientemente grave como para viciar todo el contrato, el comprador podrá considerar rescindido el contrato. Si los bienes han sido aceptados porque el vendedor se comprometió a reparar defectos o porque los defectos estaban latentes, entonces el comprador podrá revocar la aceptación donde la inconformidad perjudique sustancialmente el valor del contrato al comprador.

    Ejercicios

    1. Si un comprador toma posesión de bienes y poco después descubre que no son conformes, ¿qué deber tiene el comprador no mercantil con respecto a los bienes? ¿Qué deber tiene el comprador comerciante con respecto a la mercancía?
    2. ¿Cuál es la diferencia entre rechazo y revocación?
    3. ¿En qué circunstancias una cuota defectuosa permitirá al comprador rechazar esa cuota? ¿En qué circunstancias una cuota defectuosa permitiría al comprador rescindir el contrato?

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