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LibreTexts Español

5.5: Resumen del Capítulo

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    Este capítulo introduce el concepto de juicio evaluativo hecho desde dentro de una tradición en cuanto a la calidad de la práctica religiosa. El punto es obtener un sentido de la base sobre la cual los internos discriminan entre virtud y vicio en la práctica religiosa, entre la práctica que es digna de estima y respeto, por una parte, y la práctica que no es digna y merece crítica o condena, por otra. Algunos juicios de esta naturaleza se basan en criterios que son específicos de una tradición (siendo especificados de manera única por sus fuentes autorizadas) o del criterio general de fidelidad a esas fuentes autorizadas. Otros se basan en criterios de sentido común que pueden o no ser especificados por la tradición pero que en principio pueden ser compartidos por miembros de otras tradiciones. Curiosamente, estos últimos criterios varían dependiendo de la forma de ser religioso que se esté considerando. Es decir, por cada forma genérica de ser religioso, parece haber virtudes genéricas de sentido común y vicios genéricos que son reconocibles dentro de cualquier tradición en la que se pueda encontrar esa manera (aunque de hecho no puedan ser reconocidos por ninguna persona determinada).

    Las consideraciones de sentido común respecto a las virtudes y vicios en la práctica de cada forma de ser religioso en diferentes tradiciones no son solo una mezcolanza de máximas y reglas generales. Muchos pueden agruparse en torno a tres parámetros básicos de evaluación (escalas deslizantes de variación cualitativa): competencia/incompetencia; equilibrio de aspectos infinitos, intangibles, de otro mundo de la práctica con aspectos finitos, tangibles, este-mundanos; y desinteresamiento/egoísmo. Se podría decir que cada uno de los tres constituye un espectro genérico de virtudad/vicio. Lo que cada uno de estos parámetros implica de una manera más concreta se hace evidente sólo cuando se aplican a cada manera diferente de ser religiosos.

    La segunda sección del capítulo ofrece justificación para el aparente desplazamiento de la descripción fenomenológica al juicio evaluativo en este capítulo. En primer lugar, la suspensión del juicio implicada en un enfoque fenomenológico del estudio de la religión no es absoluta; no es incompatible con el juicio evaluativo. Es sólo un medio para adquirir entendimientos que serán más justos porque son empáticos. Segundo, la objetividad, bien entendida, no prohíbe el juicio; de hecho puede llamarlo. Tercero, los criterios para los juicios normativos aquí propuestos no se basan en datos meramente fácticos, “objetivos”, sino de tradiciones de práctica religiosa exploradas de manera empática y dialógica que busca un encuentro de mentes más allá de los límites de la tradición.

    En la tercera sección, las tablas listan cualidades específicas que caracterizan la virtud y el vicio a lo largo de cada uno de los tres parámetros para cada forma genérica de ser religioso. Una creciente familiaridad con estas cualidades y cómo difieren de una forma de ser religiosa a la siguiente, hará mucho para completar la comprensión en desarrollo de cada una de las formas. El punto es desarrollar un sentido de la capacidad de discriminar la calidad de la práctica en cada una de estas formas.


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