10.3.3: Restricciones en el espacio aéreo
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El uso del espacio aéreo por las rutas ATS se limita a algunas áreas de uso especial debido a operaciones militares, políticas ambientales, o simplemente razones de seguridad. Por lo tanto, diferentes espacios aéreos de uso especial se definen y designan como:
- Prohibido (P).
- Restringido (R).
- Peligroso (D).
Las zonas prohibidas contienen un volumen definido de espacio aéreo sobre un estado soberano en el que se prohíba el vuelo de cualquier aeronave, con excepción de aquellas aeronaves que estén autorizadas por la Secretaría de la Defensa. Estas áreas se establecen por razones de seguridad nacional y se publican en las cartas de navegación. Las zonas restringidas contienen un volumen definido de espacio aéreo sobre un estado soberano en el que se restringe el vuelo de cualquier aeronave. Para ingresar a dichas zonas, la aeronave deberá ser autorizada por ATC. Las zonas peligrosas contienen un volumen definido de espacio aéreo sobre un Estado soberano en el que puedan existir operaciones o actividades consideradas de riesgo para otras aeronaves.